Proyecto de ley 411.
Que modifica y adiciona artículos al Texto Único de la Ley 14 de 2007 que consagra el Código Penal de la República de Panamá en materia de disparos aleatorios al aire o en cualquier dirección
Janine Prado
Fundamento de la iniciativa
Exposición de motivos
Lectura del expediente; coteja las dudas con el documento original.
El presente anteproyecto de ley tiene como finalidad modificar el Código Penal panameño (Ley 14 de 2007) para sancionar con mayor rigor los disparos al aire o en cualquier dirección con armas de fuego, aun cuando el portador cuente con permiso legal. Esta iniciativa surge de la imperiosa necesidad de frenar una práctica peligrosa que ha cobrado vidas inocentes y genera inquietud y preocupación en la población.
Disparar un arma de fuego sin causa justificada no es un acto inofensivo ni trivial: pone en grave riesgo la vida y la integridad de terceros, ya que "todo lo que sube tiene que bajar". Las balas disparadas al aire ascienden cientos de metros y descienden a velocidades letales, entre 90 y 200 mis, según estudios balísticos, capaces de penetrar un cráneo humano. Cuando esos proyectiles regresan a tierra, no podemos saber dónde caerán, pudiendo costar la vida a personas inocentes aun a kilómetros de distancia del lugar de disparo.
El Estado panameño tiene el deber indeclinable de proteger la vida y la seguridad ciudadana, conforme a nuestro marco constitucional y legal. Permitir lagunas o debilidades en la legislación frente a conductas tan temerarias sería faltar a ese deber. Los disparos al aire -a menudo realizados de forma "alegre" o imprudente durante celebracionesconstituyen una forma de violencia armada que amenaza la paz pública.
Pese a ello, nuestra legislación vigente no ha logrado erradicar esta práctica, ya sea por insuficiencia de las penas previstas o por vacíos legales que dificultan su sanción efectiva.
La presente iniciativa propone subsanar dichas deficiencias mediante tipificaciones penales más estrictas y sanciones ejemplares, de modo que nadie confunda la tenencia legal de un arma con una licencia para poner en peligro a la sociedad.
Panamá no ha sido ajena a las trágicas consecuencias de las "balas perdidas". En los últimos años, diversos incidentes han evidenciado el riesgo mortal que implican los disparos al aire. A modo de ejemplo, en las celebraciones de Año Nuevo de 2019 se reportaron varias personas heridas por balas perdidas: una niña de tres (3) años alcanzada por un proyectil en el tobillo mientras miraba fuegos artificiales en su barrio, un bebé de 4 meses rozados en la frente por una bala caída dentro de su propia casa, y una joven de 25 años gravemente herida de un tiro en el cuello mientras viajaba en taxi.
Otro caso concreto y reciente que evidencia el peligro real de los disparos al aire y las balas perdidas. Por ejemplo, en marzo de 2025 una niña de nueve (9) años falleció en San Miguelito tras recibir un impacto de bala perdida en la cabeza cuando regresaba de la escuela y quedó en medio de un tiroteo entre bandas rivales.
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Este último incidente ocurrió pese a las campañas preventivas, demostrando que la costumbre de "tirar balas al aire" persiste como amenaza latente. Las autoridades panameñas han indicado que, a pesar de algunos avances, todavía cada año se reportan heridos por balas perdidas durante festividades, lo que refuerza la necesidad de abordar penal mente esta conducta peligrosa.
La reiteración de estos eventos en Panamá subraya la urgencia de contar con herramientas legales claras para sancionar y disuadir los disparos al aire, incluso cuando no haya lesión inmediata, pues el riesgo creado es enorme y contraviene el derecho fundamental a la seguridad ciudadana.
Si bien no todos derivan en muertes, muchos provocan lesiones de gravedad e incluso discapacidad permanente. En Panamá, lamentablemente, no existe un registro oficial consolidado de cuántos heridos o fallecidos producen estos actos cada año -lo que en sí mismo evidencia la subestimación histórica del problema-, pero los reportes de prensa después de fiestas de fin de año y carnavales suelen dar cuenta de víctimas por balas perdidas.
A modo de referencia, en un solo año a inicios de la década de 2000 esta práctica causó al menos una persona muerta y cuatro heridas en nuestro país, lo que motivó campañas preventivas bajo el lema "No más balas al aire" por parte de las autoridades de seguridad. Pese a las campañas de concienciación, los disparos imprudentes continúan sucediendo.
Actualmente, el Código Penal Panameño contempla sanciones para el porte ilícito de armas de fuego y castiga el uso del arma en la comisión de delitos graves. Sin embargo, disparar un arma sin justificación (fuera de legítima defensa) no ha recibido un tratamiento punitivo acorde con el peligro concreto que conlleva. Cuando el autor posee legalmente el arma, muchas veces su accionar temerario queda relegado a faltas administrativas o imputaciones menores, lo que envía un mensaje de impunidad.
Ejemplos en Otros Países de América Latina y su Relevancia
La problemática de los disparos al aire trasciende nuestras fronteras; numerosos países latinoamericanos han sufrido tragedias por esta práctica, reforzando el llamado a una regulación penal en Panamá. En Honduras, por ejemplo, un niño de 11 años murió en 2019 tras ser alcanzado en la cabeza por una bala perdida mientras caminaba por su barrio en Cortés.
En Guatemala, a finales de 2019, una niña de 8 años, Nahomy Chalí, perdió la vida cuando jugaba afuera de su casa durante la noche de Año Nuevo y fue impactada por una bala caída del cielo.
Son casos que conmocionaron a sus comunidades y generaron indignación pública, revelando que "la persona que dispara al aire debe considerarse un asesino en potencia", en palabras de analistas guatemaltecos, dada la potencialletalidad de esta conducta.
Otro ejemplo elocuente proviene de Puerto Rico, jurisdicción que por años enfrentó esta peligrosa "tradición" en fiestas navideñas. Solo entre 1999 y 2011 más de sesenta personas resultaron heridas y cinco fallecieron en Puerto Rico como consecuencia directa de disparos al aire durante las celebraciones de fin de año.
Organizaciones civiles como la aplicación Fuego Cruzado documentaron esas cifras, y la ONG Río de paz reveló que en la última década unos 44 menores murieron en Río por balas perdidas, 12 de ellos en el lapso de un año reciente.
Muchos de estos incidentes están ligados a tiroteos del crimen organizado, pero también a disparos al aire "alegres" durante celebraciones, evidenciando la delgada línea entre una supuesta "festividad" irresponsable y la tragedia. En México -país ya mencionado en esta materia- se vivió una situación similar en Año Nuevo 2025, con reportes de al menos siete personas heridas o muertas en distintos estados debido a balas al aire durante los festejos.
Incluso en zonas urbanas se hallaron proyectiles caídos en domicilios, confirmando que ninguna comunidad está exenta del peligro mientras esta costumbre siga impune.
Cabe destacar también el caso de Colombia, donde el fenómeno de las balas perdidas ha sido ampliamente estudiado. Un informe del Centro de Recursos para el Análisis de Conflictos (CERAC) reportó que unas 1.000 personas murieron por balas perdidas en Colombia en la última década (promediando aproximadamente 100 por año).
De hecho, alrededor de las celebraciones de fin de año 2010-2011 en Colombia se produjeron múltiples incidentes fatales: varios menores de edad fueron heridos y al menos dos niños (de 7 y 5 años) fallecieron por balas perdidas durante las fiestas de Año Nuevo.
Estas estadísticas y ejemplos internacionales sirven como precedente comparado y refuerzo a la necesidad de tipificar y sancionar penalmente en Panamá los disparos al aire, antes de que cobren más vidas inocentes en nuestro territorio.
Derecho Comparado: Experiencias en Latinoamérica
Esta iniciativa no es aislada, sino que se alinea con una tendencia regional de endurecer las penas por uso irresponsable de armas de fuego en espacios públicos. A continuación, se exponen brevemente las legislaciones o propuestas en tres países latinoamericanos cuyos enfoques sirven de referencia y contraste a la realidad panameña:
Colombia
Colombia constituye un ejemplo pionero en la región al tipificar directamente los disparos al aire en su Código Penal. Mediante la Ley 1453 de 2011 (conocida como Ley de Seguridad Ciudadana) se adicionó el artículo 356A, que establece pena de 1 a 5 años de prisión para quien "teniendo permiso para el porte o tenencia de armas de fuego, la dispare sin necesidad de defender un derecho contra agresión inminente". Adicionalmente, dicha norma ordena la cancelación inmediata del permiso de armas y prohíbe obtener uno nuevo por 20 años al infractor.
Es importante destacar que Colombia no hace distinción entre disparos al aire o en otra dirección injustificada: cualquier uso no defensivo del arma cae bajo esta figura, asegurando así que incluso los portadores legales sean castigados. La legislación colombiana también prevé consecuencias graves si ocurre un daño irreparable. El Código Penal Colombiano dispone que, si producto de un disparo injustificado fallece una persona, se imputará homicidio con dolo eventual, imponiendo penas que pueden oscilar entre 25 y 40 años de prisión cuando el arma era ilegal.
En la práctica, esto equipara la conducta a un homicidio intencional agravado, reflejando la enorme gravedad de matar a alguien por una bala perdida. No obstante, estos avances, Colombia aprendió que la sola tipificación no resuelve el problema por completo. En los años subsiguientes a la Ley 1453, los titulares de prensa tras cada fin de año continuaron reportando niñas y niños víctimas de balas perdidas, evidenciando que la pena de 1 a 5 años quizás resultaba demasiado benigna en contraste con las consecuencias trágicas de la conducta.
México
En México la preocupación por los disparos celebratorios también ha llevado a iniciativas legislativas de alto perfil Si bien al día de hoy el Código Penal Federal mexicano no contenía originalmente una figura explícita para "disparos al aire", en 2019 la Cámara de Diputados analizó una reforma integral para tipificar esta conducta como delito a nivel federal.
La propuesta, impulsada por la Diputada Verónica Juárez (PRD) , planteó sancionar con penas de 3 meses a 3 años de prisión, o multas equivalentes, a quien "sin causa justificada, realice disparos al aire". Además, en caso de provocar la muerte de alguna persona por ese acto, la pena escalaría drásticamente de 12 a 24 años de prisión, equivalente a la de un homicidio calificado.
Se propuso también adicionar esta práctica como causal de cancelación de licencias de portación de armas en la Ley Federal de Armas de Fuego.
La exposición de motivos mexicana subrayó puntos muy relevantes que nuestra iniciativa panameña comparte. Por un lado, señalaba que la proliferación inmoderada de armas de fuego, aun legales, pone en grave riesgo la vida tanto de sus poseedores como de terceros.
También se aportaron datos fisicos, coincidentes con lo ya mencionado: una bala en caída libre alcanza velocidades de 220 a 330 km/h, suficiente para herir gravemente o matar a una persona.
Con tales argumentos, la propuesta mexicana buscaba concientizar y reformar simultáneamente, es decir, lanzar un mensaje claro de cero tolerancias a estos actos y dotar de herramientas legales para castigar efectivamente a los infractores.
Argentina
El caso de Argentina ofrece un contraste instructivo, pues allí no existe una figura penal específica para los disparos al aire, lo que ha generado vacíos legales. El Código Penal argentino tipifica el "abuso de armas" (art. 104) castigando con 1 a 3 años de prisión a quien dispara un arma de fuego contra una persona, sin llegar a herirla.
Sin embargo, esa redacción -que data de hace décadas- deja fuera las situaciones en que el disparo no se dirige contra persona alguna en particular, sino, por ejemplo, hacia el aire o al suelo. De hecho, la jurisprudencia argentina ha determinado que los disparos al aire o hacia un lugar donde no hay personas son atípicos, es decir, no configuran delito bajo el Código Penal vigente.
Opiniones Especializadas y Llamados de Organismos Internacionales
Organismos internacionales se han hecho eco de esta postura. El Centro Regional de las Naciones Unidas para la Paz, el Desarme y el Desarrollo (UNLIREC) publicó en 2016 un extenso estudio sobre casos de balas perdidas en América Latina, recomendando a los Estados, medidas concretas para frenar el fenómeno. Entre dichas recomendaciones se incluyó "establecer leyes y políticas claras y aplicables relativas a la posesión y uso de armas de fuego", enfatizando la necesidad de contar con marcos legales robustos que castiguen las conductas irresponsables con armas.
La Red Internacional de Acción contra las Armas Pequeñas (lANSA) ha lanzado campañas globales para poner fin a los disparos celebratorios, bajo el lema "Guns are not needed to
Celebrate!" ("no se necesitan armas para celebrar").
Instituciones como la Organización Panamericana de la Salud (OPS) han categorizado la violencia por armas como una prioridad de salud pública en la región, abogando por una aproximación integral que incluye la educación, pero también la regulación estricta. En ese sentido, la Organización de las Naciones Unidas a través de distintas agenCiaS (como UNODC y PNUD) ha apoyado reformas legales para el control de armas y ha financiado campañas de sensibilización sobre los riesgos de las balas al aire, evidenciando que es un problema reconocido a nivel internacional y no mera cuestión local.
Importancia de la Reforma y Consideraciones Finales
La propuesta de ley que aquí se expone tiene un fuerte sustento técnico-jurídico y social. Técnicamente, se llena un vacío normativo al crear un tipo penal claro para los disparos injustificados con armas de fuego, dotando de seguridad jurídica la actuación de fiscales y jueces en estos casos.
Socialmente, responde a un clamor ciudadano por mayor seguridad y prevención de la violencia armada. No se trata de criminalizar por criminal izar, sino de enviar un inequívoco mensaje de tolerancia cero hacia conductas que ponen en peligro La vida de todos.
Cada bala perdida que hiere o mata a un inocente representa, en cierto modo, una falla colectiva de nuestras políticas de seguridad y de nuestra legislación. Como Estado y como sociedad, no podemos resignamos a considerar tales eventos como "accidentes inevitables" o simple mala suerte. Muy por el contrario, son hechos prevenibles si actuamos con firmeza.
Parte de las razones que me motivan a presentar esta iniciativa es que creo firmemente en que disparar al aire no debería ser una opción jamás. Tenemos que cuidar a la población.
Al proteger a la población de estos actos irresponsables, la Nación reafirma uno de sus propósitos esenciales: garantizar la paz y el orden público, sin sacrificar vidas inocentes en el proceso.
Legislar en este sentido es un acto de responsabilidad y de amor por la vida, que honrará el deber constitucional de proteger a nuestros ciudadanos de la violencia y promover una cultura de paz. En memoria de quienes ya sufrieron por una bala perdida y, sobre todo, en protección de las generaciones venideras, instamos a apoyar esta iniciativa que hará de Panamá un país más seguro y consciente del inmenso valor de cada vida humana. Con base en los hechos y consideraciones anteriormente expuestas y con el objetivo de regular la precitada materia, presentamos a consideración de la Asamblea Nacional de Panamá, el presente Anteproyecto de Ley.
Exposición de motivos
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