Anteproyecto de ley 19.
Que modifica el artículo 488 del Código Procesal Penal, que busca eliminar la llamada prueba idónea dentro de las investigaciones contra los señores diputados.
Ernesto Cedeño
Fundamento de la iniciativa
Exposición de motivos
Lectura del expediente; coteja las dudas con el documento original.
La prueba idónea para admitir una acción en procesos especiales consagra un verdadero privilegio, que impide muchas veces el inicio de unas investigaciones para llegar al conocimiento de la verdad procesal.
El artículo 19 de la Constitución establece que "no habrá fueros ni privilegios ni discriminación por razón de raza, nacimiento, discapacidad, clase social, sexo, religión o ideas políticas, luego entonces no debería considerarse como potable la existencia del comentado privilegio funcional, en el caso de los señores diputados.
La prueba idónea para la admisión de la querella o denuncia contra los diputados, no debería existir en Panamá, porque es harto complicado que un particular pudiera tener acceso a un material probatorio extremadamente formalista.
Huelga añadir que todas las personas en Panamá, deberían ostentar un trato igualitario dentro de una investigación criminal.
Exposición de motivos
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