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Proyecto de ley 204.

Por la cual se aprueba el convenio de cooperación entre los Estados miembros de la Conferencia de Ministros de Justicia de los países iberoamericanos en materia de equipos conjuntos de investigación, firmado en viña del mar, Chile, el día 5 de abril de 2013

Ministerio de Relaciones Exteriores

Fundamento de la iniciativa

Exposición de motivos

Lectura del expediente; coteja las dudas con el documento original.

El presente Tratado, cuya ratificación fue solicitada por el Procurador General Encargado de la Nación, tiene como objetivo promover la cooperación eficaz y ágil en la lucha, contra la delincuencia organizada transnacional, así como la celeridad en los procedimientos penales, mediante el establecimiento de un régimen jurídico aplicable a la creación y funcionamiento de los Equipos Conjuntos de investigación entre los Estados miembros de COMJIB. De conformidad con lo establecido en este Tratado, las Partes cooperarán integrando Equipos Conjuntos de Investigación (ECI), a ser constituidos por medio de un Instrumento de Cooperación Técnica específico, que será acordado entre las Autoridades Competentes de dos o más Partes, para llevar a cabo investigaciones penales en sus territorios por un tiempo definido y fin determinado, con el propósito de incorporación de pruebas a un proceso. Este instrumento de Cooperación Técnica será el documento suscrito entre las Autoridades Competentes de las Partes por el que se constituye un ECI, y que deberá incorporar los requisitos establecidos en el presente Convenio. Cabe destacar que las Autoridades Competentes de una o varias Partes que estén a cargo de una investigación criminal, podrán solicitar la creación de un ECI a las Autoridades Competentes de otro u otros Estados Parte, cuando esa investigación tenga por objeto conductas delictivas que por sus características requieran la actuación coordinada de más de una Parte, siempre actuando de conformidad con la legislación interna de los Estados Parte. Asimismo, Panamá, reconociendo la importancia de emplear técnicas especiales de investigación que permitan enfrentar de forma ágil las distintas modalidades contemporáneas de delincuencia organizada trasnacional, y aprovechando, asimismo, los nuevos mecanismos y las modernas tecnologías; en el entendimiento que una persecución coordinada de la criminalidad por los distintos países requiere una aproximación y armonización de las legislaciones nacionales, con el fin de hacer eficaz cualquier medida de cooperación judicial o policial, considera altamente conveniente la ratificación de este Tratado. La ratificación de este Tratado permitirá una cooperación eficaz en la lucha contra la delincuencia organizada transnacional, y la introducción de pruebas al proceso que agilizará los plazos, garantizando la eficiencia y efectividad de la cooperación jurídica.