Proyecto de ley 234.
Que establece medidas en la señalización vial en obras públicas en la República de Panamá
Ariana Coba
Fundamento de la iniciativa
Exposición de motivos
Lectura del expediente; coteja las dudas con el documento original.
El presente proyecto de Ley tiene como objetivo principal garantizar la seguridad vial, la fluidez del tránsito y la protección de los usuarios de las vías públicas, mediante la regulación y estandarización de la señalización en obras públicas y la responsabilidad de las autoridades competentes en la materia.
En Panamá, el crecimiento urbano y la ejecución de obras públicas han generado un aumento significativo en la movilidad vehicular y peatonal. Sin embargo, la falta de señalización adecuada en las vías, especialmente en zonas donde se realizan estas obras públicas, ha provocado un incremento en los accidentes de tránsito, congestiones vehiculares y dificultades para la circulación segura de los ciudadanos. Esta situación no solo afecta la calidad de vida de la población, sino que también representa un riesgo para la integridad fisica de las personas y un obstáculo para el desarrollo económico del país.
El Decreto Ejecutivo No. 640 del 27 de diciembre del 2006, en sus artículos 162 a 170 establece la responsabilidad de la Autoridad de Tránsito y Transporte Terrestre (A.T.T.T.) de fijar las señales viales y marcas del pavimento en toda la República de Panamá y el Manual de Organización de la institución la delega al Departamento de Señalización Vial. Esta dirección es la encargada de confeccionar, instalar y mantener el señalamiento vial así como dar seguimiento, evaluar y contratar los proyectos de señalización horizontal y vertical a nivel nacional.
Sin embargo, esta normativa no es clara al definir la fijación de las señalizaciones viales en un plazo determinado luego de iniciada la construcción de una obra pública o posterior a su inauguración. Asimismo, se observa que muchas empresas ejecutan obras sin la debida coordinación con la A.T.T.T., lo que genera desorden en la circulación y afecta la seguridad vial. Por otro lado, es común que los gobiernos locales lleven a cabo obras en vías públicas sin tomar las previsiones necesarias en cuanto al impacto de la circulación vial, lo que dificulta la regulación de los flujos vehiculares y aumenta el riesgo de accidentes. Además, en muchos casos, no se dispone de reguladores de tráfico durante la ejecución de obras que generan congestiones, lo que agrava el problema.
El presente proyecto de Ley busca crear el Programa Nacional de Señalización Vial en Obras Públicas en la República de Panamá, cuya autoridad competente será la A.T.T.T. Esta iniciativa establece la obligación de fijar señalizaciones de tránsito en todas las obras públicas que se encuentren en desarrollo, y fijar en un plazo máximo de un mes posterior a la inauguración de la obra para la señalización definitiva. Asimismo, se propone regular la ejecución de obras públicas por parte de los gobiernos locales, exigiendo una autorización de A.T.T.T. para garantizar la fluidez del tránsito y evitar congestiones. Asimismo, se consigna el deber de la A.T.T.T. a disponer de reguladores de tráfico durante la ejecución de obras que generen congestiones y asegurar que, en el caso de que no tengan la capacidad de proveerlos, garantizar que la empresa encargada de la obra los ofrezca.
La implementación de esta Ley traerá consigo beneficios significativos, como la mejora de la seguridad vial, al reducir los accidentes de tránsito y proteger a los usuarios de las vías. También se garantizará la fluidez del tránsito, evitando congestiones y mejorando la movilidad en las ciudades. Además, se fortalecerá la coordinación interinstitucional entre las autoridades de tránsito y las entidades ejecutoras de obras públicas, garantizando un enfoque integral en la gestión del tránsito.
Por lo anterior, sometemos a consideración de esta honorable Asamblea Nacional el presente proyecto de Ley, confiados en que su aprobación será un paso significativo hacia la construcción de un Panamá más seguro y ordenado.
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H.D. OR E ALBERTO GONZÁLEZ LOPEZ Diputado de la República de Panamá Circuito 8-5
Exposición de motivos
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