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Proyecto de ley 167.

Que modifica el artículo 61 del Texto Único de la Ley 49 de 1984, que adopta el Reglamento Orgánico del Régimen Interno de la Asamblea Nacional

Alexandra Brenes

Cuadro comparativo SeguirEnviado a subcomisión para analisis

Fundamento de la iniciativa

Exposición de motivos

Lectura del expediente; coteja las dudas con el documento original.

En los últimos años, Panamá ha enfrentado cuestionamientos crecientes sobre la calidad de las designaciones diplomáticas realizadas por el Órgano Ejecutivo. Estas designaciones son de vital importancia, ya que los embajadores y cónsules representan al país en el ámbito internacional y desempeñan un papel crucial en la promoción de los intereses nacionales, el fortalecimiento de las relaciones bilaterales y multilaterales, y la defensa de nuestra soberanía. Sin embargo, se ha evidenciado que algunos designados carecen de los estándares mínimos de idoneidad, experiencia o preparación necesarios para desempeñar estas funciones de manera efectiva. El proceso actual presenta un vacío en la evaluación de los perfiles profesionales y los planes de trabajo de los designados. Esta falta de evaluación rigurosa ha permitido la designación de personas con escasa o nula experiencia diplomática, así como la ausencia de estrategias claras que articulen los intereses de Panamá en el escenario internacional. Como consecuencia, el país ha enfrentado críticas internas y repercusiones negativas en su imagen exterior. Ante esta situación, resulta imprescindible y urgente modificar el Artículo 61 de la Ley 49 de 1984, que regula las funciones de la Comisión de Relaciones Exteriores de la Asamblea Nacional. La reforma propuesta tiene como objetivo fortalecer la institucionalidad, garantizar la transparencia y elevar la calidad de las representaciones diplomáticas de Panamá. Ante esta problemática, se considera imprescindible y urgente modificar el Artículo 61 de la Ley 49 de 1984, que regula las funciones de la Comisión de Relaciones Exteriores de la~

Asamblea Nacional. La reforma propuesta busca fortalecer la institucionalidad y garantizar que las designaciones diplomáticas cumplan con los estándares más altos de idoneidad, experiencia y alineación con las prioridades de la política exterior panameña. En este sentido, se asigna a la Comisión un papel activo en el análisis y emisión de conceptos técnicos sobre los perfiles profesionales y planes de trabajo de los designados por el Órgano Ejecutivo. Se establece la responsabilidad de la Comisión de analizar los perfiles profesionales y los planes de trabajo de los embajadores, embajadoras y cónsules designados, con el fin de emitir un concepto que evalúe su idoneidad, experiencia y alineación con las prioridades estratégicas de la política exterior panameña. Este análisis se fundamentará en criterios objetivos, técnicos y transparentes, que permitan valorar la preparación de los designados en relación con las funciones a desempeñar. Asimismo, se faculta a la Comisión para emitir un concepto fundamentado, de carácter no vinculante, dirigido al Órgano Ejecutivo. Dicho concepto podrá incluir observaciones y recomendaciones orientadas a ajustes que contribuyan al fortalecimiento del desempeño de los designados en sus funciones. De esta manera, se promueve la mejora continua en la representación diplomática, sin transgredir las atribuciones exclusivas del Órgano Ejecutivo. El propósito de esta reforma es fortalecer la transparencia, la rendición de cuentas y la profesionalización de las designaciones diplomáticas, asegurando que quienes representan a Panamá en el exterior lo hagan con la preparación, experiencia y visión necesarias para promover los intereses nacionales y fortalecer la imagen del país. Asimismo, se busca dotar al proceso de designación de un insumo técnico valioso que facilite la toma de decisiones fundamentadas y orientadas al interés público. Finalmente, es importante subrayar que esta reforma respeta plenamente las atribuciones constitucionales del Órgano Ejecutivo, ya que el análisis y los conceptos emitidos por la Comisión de Relaciones Exteriores no tienen carácter vinculante. En cambio, ofrecen una herramienta adicional que contribuye a elevar los estándares de calidad y efectividad en la política exterior panameña. Con esta iniciativa, reafirmamos nuestro compromiso con el fortalecimiento institucional y con la representación diplomática que el país merece en el escenario global~ .