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Proyecto de ley 178.

Que establece el marco regulatorio general para patronatos, comisiones, programas y otras entidades similares creadas para el sector agropecuario donde participa el estado y establece medidas para la transparencia y la rendición de cuentas en los patronatos de ferias y dicta otras disposiciones.

Betserai Richards

Fundamento de la iniciativa

Exposición de motivos

Lectura del expediente; coteja las dudas con el documento original.

l.

Antecedentes, objeto y finalidad.

Las Ferias han sido parte de la historia de Panamá, desde la época colonial con las ferias de Nombre de Dios (1544-1596) y las de Portobelo (1597-1739), las que permitieron el comercio entre España y sus otros territorios en el Virreinato del Perú. Esas ferias de antaño duraban de 40 a 50 días, eran anuales, en estas se producía intercambio de productos importados y exportados, que atraían a mercaderes, comerciantes, artesanos, esclavos y aventureros de todas partes del mundo; hasta su declive por causas de los ataques de piratas y corsarios que afectaron la estabilidad y seguridad de la Región, dando fin a dicha actividad. 1

En la época contemporánea, las ferias resurgen en nuestro país desde la "Exposición Nacional de Panamá" en 1916, que resaltaba la importancia Global de Panamá, tras la culminación del Canal,2 o con la "Exposición de Arte e Industria Nacionales" organizados por la Sociedad Minerva de la Ciudad de David, Chiriquí, entre 1926 a 1932. 3 La Primera Feria Agropecuaria e industrial se realizó en Penonomé en el año 1928 siendo Presidente de 1 Ver en internet: https: /Ielca pitalfinanciero.com/panama-500-anos-de-intercambio-comerciall

Título

"Panamá, 500 años de intercambio comercial" El Capital Financiero, 13 de agosto de 2019. 2Ver en internet: El barrio la Exposición y el ensanche de nuestra ciudad (Iaestrella.com.pa) Título 1m El barrio la Exposición y el ensanche de nuestra ciudad" Rodrigo Guardia, la Estrella de Panamá 03 de julio de 2021. 3 Ver en internet: https: //www.metrolibre.com / opinion/ feria-de-san- jose-de-david-GJML197089 Título

"Feria de San José de David" Metro Libre-Redacción, 22 de marzo de 2021.

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ASAMBLEA NACIONAl SltIETARIA!úLá lM )" Presentacl·0n ~

Panamá, 6 de enero de 2025.

I

Sl4lJ

Hora _

A Debate - - - A VotaciOn- - - -

Honorable Diputada DANA CASTAÑEDA Presidente Asamblea Nacional.

AProbadi:1.a_ _ Votoa Rechazada- Votoa Abstención _Votos

Honorable Señora Presidenta: Haciendo uso de la iniciativa legislativa que me confiere el artículo 108 del Reglamento Orgánico del Régimen Interno de la Asamblea Nacional y actuando en mi condición de Diputada de la República, presento al pleno de esta Asamblea Nacional el presente Anteproyecto de Ley "QUE ESTABLECE EL MARCO REGULATORIO GENERAL PARA PATRONATOS, COMISIONES, PROGRAMAS Y OTRAS ENTIDADES SIMILARES

CREADAS

PARA EL SECTOR

AGROPECUARIO

DONDE

PARTICIPA EL ESTADO Y ESTABLECE MEDIDAS PARA LA TRANSPARENCIA Y LA RENDICIÓN DE CUENTAS EN LOS PATRONATOS DE FERIAS Y DICTA OTRAS DISPOSICIONES", el cual merece la siguiente exposición de motivos:

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

l.

Antecedentes, objeto y finalidad.

Las Ferias han sido parte de la historia de Panamá, desde la época colonial con las ferias de Nombre de Dios (1544-1596) y las de Portobelo (1597-1739), las que permitieron el comercio entre España y sus otros territorios en el Virreinato del Perú. Esas ferias de antaño duraban de 40 a 50 días, eran anuales, en estas se producía intercambio de productos importados y exportados, que atraían a mercaderes, comerciantes, artesanos, esclavos y aventureros de todas partes del mundo; hasta su declive por causas de los ataques de piratas y corsarios que afectaron la estabilidad y seguridad de la Región, dando fin a dicha actividad. l

En la época contemporánea, las ferias resurgen en nuestro país desde la "Exposición Nacional de Panamá" en 1916, que resaltaba la importancia Global de Panamá, tras la culminación del Canal,2 o con la "Exposición de Arte e Industria Nacionales" organizados por la Sociedad Minerva de la Ciudad de David, Chiriquí, entre 1926 a 1932. 3 La Primera Feria Agropecuaria e industrial se realizó en Penonomé en el año 1928 siendo Presidente de 1 Ver en internet: https:U elca pitalfinanciero.com/panama-500-anos-de-intercambio-comerciall Título

"Panamá, 500 años de intercambio comercial" El Capital Financiero, 13 de agosto de 2019. 2Ver en internet: El barrio La Exposición y el ensanche de nuestra ciudad (Iaestrella.com.pal Título '111 El barrio La Exposición y el ensanche de nuestra ciudad" Rodrigo Guardia, La Estrella de Panamá 03 de julio de 2021. 3 Ver en internet: https://www.metrolibre.com / opinion/ feria-de-san- jose-de-david-GJML197089 Título

"Feria de San José de David" Metro Libre-Redacción, 22 de marzo de 2021.

1/5 la Republica Don Rodolfo Chiari y Secretario de Agricultura el Doctor Alejandro Tapia Escobar. 4 En la década de 1950, cuando el Ministerio de Desarrollo Agropecuario creó los "Departamentos de Extensión Agrícola" y cuyo objetivo era enseñar a los agricultores técnicas avanzadas para el desarrollo de su profesión. Surgen los clubes 4-S (Sentimiento, Saber, Servicio y Salud), que educaban a los niños en escuelas y comunidades sobre conceptos básicos de agricultura mediante la creación de huertos. También existían los Clubes de Amas de Casa, que enseñaban a las mujeres habilidades culinarias, confección de muebles con materiales comunitarios y otras destrezas. En una evolución de la necesidad de presentar los avances alcanzados por estos programas se organiza un "Día de Logros" en donde presentaban el producto de las actividades agropecuarias, artesanales y culinarias. 5

En todas partes de nuestra geografia nacional, se empiezan a exhibir, las muestras de la actividad agropecuaria, artesanal comercial e industrial en Panamá, como una importante actividad de desarrollo tanto local, como nacional con impacto internacional, producto de la actividad de los productores particulares que en más de una ocasión estaba incentivada y asistida por el Estado, siendo su entidad organizadora o comité encargado de la planificación, coordinación y ejecución del evento, al que hemos denominado usualmente como PATRONATO.

El Diccionario Enciclopédico de Derecho Usual de Guillermo Cabanellas, define el concepto de Patronato de la siguiente forma:

"Administrativamente se da el nombre de patronatos a numerosas juntas, comisiones y otros organismos encargados de intervenir o fiscalizar aspectos diversos de la vida pública, ya con carácter oficial o privado" (Editorial Heliasta, Argentina, 1998, pág. 160).

A su vez, el Diccionario de la Lengua Española define el Patronato como:

"Consejo formado por varias personas que ejercen funciones rectoras, asesoras o de vigilancia en una fundación, en un instituto benéfico o docente, etc., para que cumpla debidamente sus fines" (Real Academia Española, Vigésima Primera Edición, Editorial Espasa-Calpe, Madrid, 1992, pág. 1550).6

Resumidamente el Patronato es responsable de asegurar que la feria se lleve a cabo de manera exitosa y cumpla con sus objetivos. 4 Ver en internet: https:llfiaazuero.com/ historia/

Título "Nuestra historia ... " Claudio Escalona, 2022, https:llwww.laestrella.com. pa/ vida-y-cultura/ cultura / feria-chorrera-cronicas-tradicionhistorica-KLLE4643851 Título "La feria de La Chorrera, crónicas de una tradición histórica" Bernabé Yangüez, La Estrella de Panamá. 06 de febrero de 2022.

5 Ver en internet:

6 Defmición encontrada en la página de la Procuraduría de la Administración en mención expresa de la Sentencia de 20 de marzo de 2002. Caso: Instituto Nacional de Cultura el Ministerio de Gobierno y Justicia. Ver e internet https:l/jurisis.procuraduria-admon.gob.pa/9962/

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Sus funciones incluyen la organización general de las actividades, la selección de los expositores y su contratación respectiva, la programación de sus actividades como organización y como gestor de la actividad ferial y el cumplimiento de las normas inherentes a sus actividades en general.

Las ferias agropecuarias, artesanales e industriales generan un impacto significativo en la economía local y regional ya que atraen a visitantes, promueven el comercio y fomento de la inversión. Pueden generar aportes a la economía nacional de 100 a 150 millones de balboas. 7

En resumen, el Patronato es un actor clave en la realización exitosa de una feria, asegurando que todos los aspectos estén coordinados y que el evento beneficie tanto a los expositores como a la comunidad.

Los antecedentes normativos de esta actividad son el Decreto No. 5 de 24 de febrero de 1976 "Por el cual se crea la Comisión Nacional de Ferias y se le señalan sus funciones" (G.O. No.18,049) que rigió por 20 años hasta que fue derogada por el Decreto Ejecutivo No.84 de 5 de diciembre de 1997 "por el cual se reorganiza la comisión nacional de ferias y se le señalan sus funciones" (G.O. No.23,435) que fue modificada por el Decreto Ejecutivo 21 de 5 de marzo de 1998 "Por el cual se adiciona el artículo décimo quinto al Decreto Ejecutivo No.84 de 5 de diciembre de 1997 que reorganiza la comisión de ferias" (G.O. No.23,498), normas emitidas por el Órgano Ejecutivo a través del Ministerio de Desarrollo Agropecuario, que hasta la fecha regulan la actividad ferial y los patronatos. Esta norma básicamente tiene más de veintiséis años desde su última modificación, 48 años desde la primera que las instrumental izan, por lo que no se adecuan a las necesidades y exigencias que demandan la ciudadanía y las normas de transparencia y publicidad de los actos donde se encuentran involucrados bienes del Estado y los Gobiernos Locales, que por extensión merecen una mejora cualitativa en su tratamiento y responsabilidades de quienes están llamados a ejercer el cuidado de un padre de familia de bienes dados en uso, usufructo y administración para cumplir los fines de las Ferias mediante los Patronatos. Estas normas son conformes con los artículos 282 y 283 número 1 de la Constitución Política de la República de Panamá. El objeto y finalidad de este proyecto de Leyes fortalecer la Gobernanza de la actividad ferial, establecer criterios objetivos de la gestión y administración de los Patronatos y sentar las bases de la rendición de cuentas de las actividades relacionadas con ambas figuras, que 7 Ver en internet: https: //www.tvn-2.com / nacionales/ desarrollo-ferias-nacionales-generar-150-millones- dolares 1 2100010.html Titulo "Desarrollo de ferias nacionales podría aportar unos $150 millones a la economía del país" Redacción 1VN-2 Noticias.

3/5 tienen un impacto económico en la sociedad panameña a lo largo y ancho del territorio nacional.

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Situación o Circunstancias que se pretenden atender y contribución a la solución del Problema. Recientemente, por razón de la facultad fiscalizadora que tengo como diputada de esta Asamblea Nacional, me he dado a la tarea de verificar la situación muy particular de la Feria de La Chorrera, descubriendo que tanto la norma vigente en esta actividad como su aplicación adolecía de reglamentaciones subsidiarias que, garantizan los fines y objetivos de estas actividades y permitan la rendición de cuentas, como la transparencia de la información, tanto de las actividades de la Ferias, como de los Patronatos en su calidad de administradores. Donde participan entidades del Estado y privadas, que regentadas por el Ministerio de Desarrollo Agropecuario, MIDA, con aportes económicos como promotor de las capacidades que tiene nuestro sector productivo a nivel nacional, dando un espacio a las actividades comerciales y de esparcimiento cultural a varias comunidades alrededor del País. 111.

Resumen del contenido del Proyecto de Ley.

El proyecto de Ley esta estructurado en cuarenta y cinco (45) artículos divididos en diez (10) capítulos, que comprenden los siguientes temas Capítulo l. Objeto, ámbito de Aplicación y Definiciones. Artículo 1. Objeto. Artículo 2. Definiciones. Artículo 3. Principios Rectores. Capítulo 11. De las Ferias. Artículo 4. Objeto, Artículo 5. Tipos de Ferias. Capítulo 111. De la Comisión Nacional de Ferias. Artículo 6. Entidad Rectora. Artículo 7. La Comisión. Artículo 8. Objetivo. Artículo 9. Funciones. Artículo 10. Conformación. Artículo 11. Junta Directiva del CONAFER. Artículo 12. Asesores Técnicos. Artículo 13. Gastos de los Comisionados. Artículo 14. Financiación e incentivos. Artículo 15. La Dirección Nacional de Ferias. Capítulo IV. De los patronatos. Artículo 16. Objeto del Patronato. Artículo 17. Funciones Generales. Artículo 18. Alcance. Artículo 19. Representantes. Artículo 20. Prohibición. Artículo 21. Conformación. Artículo 22. Junta Directiva. Artículo 23. Impedimentos. Artículo 24. Adecuación. Artículo 25. Prohibiciones a los Patronos. Artículo

26. Cese de funciones . Artículo 27. Reuniones del patronato. Artículo 28. Quórum y toma de decisiones. Capítulo V. De los Informes de las Actividades feriales. Artículo 29. Alcance. Artículo 30. Informes de actividades. Artículo 31. Informes Financieros. Artículo 32. Informes de Administración del Patronato. Artículo 33. Presentación y excepCIOnes.

Capítulo VI. Publicidad y transparencia. Artículo 34. Publicación. Capítulo VII. Reclamos, suspensión, intervención, disolución y denuncias. Artículo 35. De los Reclamos. Artículo 36. De la Suspensión, Intervención y administración provisional.

Capítulo VIII. Medidas correctivas, restrictivas y extensivas. Artículo 37. Medidas correctivas. Artículo 38. Medidas restrictivas. Artículo 39. Medidas extensivas. Artículo 40. De la disolución del Patronato. Artículo 41. De la Denuncias ante la Fiscalía de Cuentas.

Capítulo IX. Disposiciones transitorias y finales. Artículo 42. Vacatio Legis. Artículo 43. Complementariedad. Artículo 44. Derogatoria. Artículo 45. Vigencia.

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El proyecto separa el concepto de Feria del concepto de Patronato, la primera como actividad la segunda como forma de administración, y siguiendo esta separación ofrece una rendición de cuentas separada de las actividades propias de la feria de aquellas de administración de los patronatos, introduce calendario para la entrega de los informes, señala la forma de conformación tanto de la Comisión Nacional de Ferias, hasta la forma de conformación de los Patronatos, los tipos de actividades feriales, el papel rector del Mida y de la Comisión Nacional de Ferias, tanto en la protección de los bienes dados en uso y administración como, las responsabilidades derivadas de las mismas, dando medidas de cumplimiento y gestión de las situaciones que requieran medidas innovadoras dirigidas a la corrección mejora y ampliación de las actividades, para salvaguardar la actividad ferial. Finalmente establece como medida las auditorias por Contraloría General de la República y la presentación a la Fiscalía de Cuentas las denuncias correspondientes a la recuperación de activos en caso de detectarse lesiones patrimoniales o desviaciones de destino en términos patrimoniales. En ciernes se trata de un cuerpo normativo muy novedoso y altamente replicable en la administración pública para otros programas comisiones o actividades de gestión similares, permitiendo su uso como norma de referencia para consolidar la entelequia jurídica, evitar que se aduzcan los mal llamados "vacíos en la Ley". Por lo anteriormente expuesto, confiando en que su implementación redundará en beneficios significativos para el desarrollo agropecuario y el bienestar público de la población de Panamá, con el mayor de los respetos presentamos a consideración de este Honorable Pleno esta iniciativa legislativa esperando contar con sus aportes y respaldo, y luego de surtido el trámite legislativo aprobado en tres debates, se convierta en Ley de la República.

PATSY LEE RENTERÍA DE HUANG Diputada de la República Circuito 13-4

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