Proyecto de ley 219.
Que modifica la Ley 276 de 30 de diciembre de 2021, que regula la gestión integral de residuos sólidos en la República de Panamá, y dicta otras disposiciones
Alexandra Brenes
1Artículo 1disposiciónEl artículo 4 de la Ley 276 de 30 de diciembre de 2021, queda así:Leer +
Artículo 1.
El artículo 4 de la Ley 276 de 30 de diciembre de 2021, queda así:
Artículo 4. Para los efectos de esta Ley, sin perjuicio de 10 que termine cualquiera otra ley aplicable, los residuos se clasificarán de la siguiente manera:
1. Según sus características:
a. Peligrosos.
b. N o peligrosos.
c. Especiales.
2. Según su origen:
a. Domésticos.
b. De actividad económica.
3. De manejo especial:
a. Animales muertos.
b. Llantas.
c. Textiles.
d. Chatarras y/o vehículos terrestres, aéreo o acuáticos descartados.
e. Residuos líquidos envasados.
f. Residuos voluminosos.
r
g. Enseres domésticos.
h. Residuos eléctricos y electrónicos descartados.
i. Residuos de construcción y demolición.
J. Lodos (lodo o fango diferido) 75% seco.
k. Residuos de mobiliario de oficinas descartados.
1. Residuos de obras o piezas de artes descartados.
2Artículo 2adicionaSe adiciona el Capítulo I-A, denominado Plan de Término Previo a la GestiónLeer +
Artículo 2.
Se adiciona el Capítulo I-A, denominado Plan de Término Previo a la Gestión Integral de Residuos, en el Título 111 denominado Gestión Integral de Residuos de la Ley 276 de 30 de diciembre de 2021, que contendrá los artículos 21-A y 21-B.
3Artículo 3disposiciónEl artículo 21-A de la Ley 276 de 30 de diciembre de 2021, queda así:Leer +
Artículo 3.
El artículo 21-A de la Ley 276 de 30 de diciembre de 2021, queda así:
Artículo 21-A. Todas las entidades del Estado, tanto públicas, mixta, descentralizadas, autónomas, y/o semiautónomas deberán acatar el Plan de Término Previo a la Gestión Integral de Residuos, a fin que, de manera más expedita puedan realizar la limpieza y recolección de los residuos sólidos de manejo especial que posean tanto en sus espacios cerrados como abiertos y ponerlos a disposición a la Autoridad de Aseo Urbano y Domiciliario, en el menor tiempo posible, para su eliminación final. Dicho plan contempla 10 siguiente:
1. Realizar la clasificación de desuso y/o deteriorados sobre todos los residuos sólidos de manejo especial tales como: chatarra y/o vehículos terrestres, aéreo y acuático descartados, residuos de mobiliario de oficina, residuos de obras o piezas de artes, residuos eléctricos y electrónicos descartados, mínimo dos (2) veces al año.
2. Los residuos sólidos de manejo especial, clasificados como deteriorados deberán ser arreglados en un término no mayor a tres (
3) meses.
3. Realizar el descarte de los residuos sólidos de manejo especial que posean en su administración, mínimo dos (
2) veces al año.
4. Realizar la limpieza y recolección de dichos residuos sólidos de manejo especial que hayan sido descartados mínimo una (
1) vez al año, dentro del periodo fiscal.
5. Asegurar el traslado y la eliminación por completo de residuos sólidos de manejo especial de sus recintos, tales como: chatarra y/o vehículos terrestres, aéreo y acuático descartados, residuos de mobiliario de oficina, residuos de obras o piezas de artes, residuos eléctricos y electrónicos que hayan sido descartados por parte de la Autoridad de Aseo Urbano y Domiciliario, mínimo una (
1) una vez al año, dentro del periodo fiscal.
4Artículo 4disposiciónEl artículo 21-B de la Ley 276 de 30 de diciembre de 2021, queda así:Leer +
Artículo 4.
El artículo 21-B de la Ley 276 de 30 de diciembre de 2021, queda así:
Artículo 21-B. Le corresponde al Ministerio de Economía y Finanzas coordinar con la Autoridad de Aseo Urbano y Domiciliario y garantizar que todas las instituciones estatales cumplan eficazmente con el plan establecido en el Artículo 21-A y en los términos fijados.
5Artículo 5disposiciónEl artículo 80 de la Ley 276 de 30 de diciembre de 2021 quede así:Leer +
Artículo 5.
El artículo 80 de la Ley 276 de 30 de diciembre de 2021 quede así:
Artículo 80. El Estado garantizará la eficiente ejecución de la presente Ley, para 10 cual el Ministerio de Economía y Finanzas incorporará los recursos necesarios en el Presupuesto general del Estado de cada periodo fiscal, para los proyectos y Plan de la Gestión Integral de Residuos, así como del Plan de Término Previo a la Gestión Integral de Residuos, ambos a nivel nacional.
6Artículo 6disposiciónEl artículo 82 de la Ley 276 de 30 de diciembre de 2021, queda así:Leer +
Artículo 6.
El artículo 82 de la Ley 276 de 30 de diciembre de 2021, queda así:
Artículo 82. El Órgano Ejecutivo reglamentará la presente Ley, en los próximos 90 días.
7Artículo 7modifica · adicionaLa presente Ley modifica los literales d y h, adiciona los literales k y 1 al artículoLeer +
Artículo 7.
La presente Ley modifica los literales d y h, adiciona los literales k y 1 al artículo 4, adiciona los artículos 21-A y 21-B dentro del adicionado Capítulo I-A denominado Plan de Términos Previo a la Gestión Integral de Residuos del Título 111 sobre Gestión Integral de Residuos y modifica los artículos 80 y 82, todos de la Ley 276 de 30 de diciembre de 2021, que regula la gestión integral de residuos sólidos.
8Artículo 8disposiciónEsta Ley empezará a regir a partir de su promulgación.Leer +
Artículo 8.
Esta Ley empezará a regir a partir de su promulgación.