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Proyecto de ley 75.

Que modifica y adiciona la Ley 1 de 11 de enero de 1965 (conforme ha sido reformada), por medio de la cual se crea el Instituto para la formación y aprovechamiento de recursos humanos, que modifica el Consejo Nacional un director general y un subdirector general y crea una comisión técnico de evaluación, en el otorgamiento de becas, préstamos, auxilios y otras prestaciones económicas de la República de Panamá

Alexandra Brenes

Fundamento de la iniciativa

Exposición de motivos

Lectura del expediente; coteja las dudas con el documento original.

Que, en 1965, se crea el Instituto para la Formación y Aprovechamiento de Recursos Humanos. Que en el considerando de la ley supra citada se establece que es: "conveniente desarrollar un programa que asegure al mercadó nacional un adecuado equilibrio entre la oferta y la demanda de profesionales de distint'as . . '. í1~doles de acuerdo con el plan de desarrollo económico y social que el Estado ponga en vigencia". '

Que la Ley N° 1 del 11 de enero de 1965 establecía, en su artículo 4, en los incisos f, g Y h la participación en el Consejo Nac:;iopa,l de representantes de profesores, padres de familia y estudiantes. La conformación del Consejo Nacional así establecida, es más representativa de los actores interesados e involucrados en el proceso de formación del capital humano panameño; debido que promueve la transparencia en la gestión de los procesos de otorgamiento de becas, préstamos y cualquier otro tipo de auxilio o prestación económica. Que esta reforma es crucial para asegurar una administración eficiente, transparente y equitativa en la distribución de becas, préstamos y otras ayudas económicas, adaptándose a las demandas actuales del entorno educativo y laboral, asegurando que las decisiones estén alineadas con las necesidades y expectativas de todos los involucrados en el sistema educativo; La inclusión de estos miembros no solo enriquece el debate, sino que también fortalece la capacidad del consejo para tomar decisi'ones informadas y equilibradas que respondan a las necesidades actuales del país. Que incorpora una Comisión Técnica de Evaluación para el otorgamiento de becas, préstamos, auxilios u otras prestaciones económicas, que significa un avance hacia la profesionalización de los procesos de selección y distribución de recursos. Que esta comisión técnica promueve . la gestión efectiva y especializada de recursos humanos y financieros destinados a ofrecer equiparación de oportunidades.' Que esta comisión tiene el potencial de establecer criterios objetivos y transparentes para evaluar a los solicitantes, garantizando así que las ayudas lleguen a aquellos beneficiarios que realmente las necesitan y que cumplen con los requisitos académicos y socioeconómicos establecidos en la Constitución Nacional, en su artículo 102: "El Estado establecerá sistemas que proporcionen los recursos adecuados para otorgar becas, auxilios u otras prestaciones económicas a los estudiantes que lo merezcan o lo Voto~ necesiten. En igualdad de circunstancias se preferirá a los económicamente más necesitados. " La Ley N°6 del 22 de enero de 2002 "Que dicta normas para la transparencia en la gestión pública, establece la acción de Habeas Data y otras disposiciones" define la palabra transparencia como el "Deber de la administración pública de exponer y someter al escrutinio de la ciudadanía la información relativa a la gestión pública, al manejo de los recursos que la sociedad le confía, a los criterios que sustentan sus decisiones y a la conducta de los servidores públicos". La norma constitucional establece un claro parámetro de referencia estableciendo una prelación técnica para el otorgamiento de becas, auxilios u otras prestaciones económicas, al indicar que se deberá preferir a los económicamente más necesitados, de haber igualdad de condiciones. A fin de dar cumplimiento a esta preferencia marcado por la Constitución es necesario que se tenga acceso a información, conforme norma la ley y, asimismo, contar con el personal técnico idóneo que sustente de manera objetiva, transparente e imparcial quiénes cumplen con este principio constitucional. La discrecionalidad de los funcionarios, en la asignación de becas, préstamos y otras prestaciones económicas; ha dado como resultado claros y serios cuestionamientos sobre el criterio utilizado para la elección de quienes son beneficiados, hace necesario que la información sobre los aplicantes a becas, auxilios u otras prestaciones económicas, sea de dominio público así como los criterios utilizados para su asignación, aunado a que se elimine el criterio político-subjetivo en la asignación de estos recursos. Entre julio de 2019 y mayo de 2023, el Instituto para la Formación y Aprovechamiento de Recursos Humanos (IFARHU) distribuyó B/. 141.6 millones entre 2,144 beneficiarios del programa de auxilios económica. Existe una generalizada percepción de la ciudadanía que hay opacidad en el manejo de los fondos asignados por el IFARHU, al punto de tenerse la percepción que la vinculación partidista es la única forma de acceder a las oportunidades educativas a las que tiene derecho, ocasionándole en una pérdida de confianza en esta loable institución. Además, en el Presupuesto General del Estado se aprueban transferencias en las que se autoriza el renglón detallado como Becas de Estudio a favor de diversas entidades del Gobierno Central, que también necesitan cumplir con criterios más abiertos de transparencia y rendición de cuentas. Para el periodo 2024, el IFARHU tiene un presupuesto de B/. 545.8 millones versus en el 2023 que era de B/. 442.2 millones. Se trata de B/. 103 millones más de lo que se le asignó a esta institución. La pérdida de oportunidades educativas se traduce en la pérdida de potencial de capital humano, reproduciéndose el ciclo de la pobreza, la mediocridad y afectando, incluso, la competitividad del país, teniendo en cuenta que el recurso más importante que puede tener una nación es el humano. Este anteproyecto de leyes necesario, pertinente y altamente beneficioso para Panamá. Ayudará a traer mayor transparencia en el manejo de las becas y de los créditos educativos, ofreciendo igualdad de oportunidades para todos los estudiantes de nuestro país. Se hace preciso la apertura para todos nuestros estudiantes que deseen hacer uso de estos programas, democratizando así la educación, erradicando todo criterio que no sea técnico y apegado a la ley en el otorgamiento de becas, auxilios u otras prestaciones económicas. Por todas las consideraciones antes expuestas, presento a la honorable Asamblea Nacional este Anteproyecto de Ley a fin de que se le é el trá . correspondiente.

Jo ge Bloi e Diputado de la República

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