REPÚBLICA DE PANAMÁ RESUELTO No. 31 l ~ -AL
MINISTERIO DE EDUCACIÓN PanamáJ9. deNDvt'embrecJe 2022
(.,
LA MINISTRA DE EDUCACIÓN en uso de sus facultades legales,
.',,, ...
:~'
'. ~! ,,.,,
'.
\.'""•••
'.;·/,~"
{,.,.:.
¡
~°i\',q, ,~: '.- ~- . I ~r· ·~'.·-~fiJr ~l
(")
f!,..,;:~"¡~
. ::..
CONSIDERANDO:
\
,
.~ ·/
.
. ·~ ~'t/'11· Que el artículo 121 del Texto Único de la Ley 47 de 1946, Orgánica de Educación ~~~6'lece-~~(. ,.-:
'i:~;·; ..~
'
l) . , .....
que la organización y funcionamiento de los centros educativos particulares debenSer '· autorizados, sin excepción por el Ministerio de Educación, el cual tendrá la supervisión directa de ellos, en cuanto a su proyecto educativo, sus planes de estudio, programas de enseñanza y la ejecución de estos; Que la señora Lariza Antonia Coronado Chavarría, con cédula de identidad personal No. 8172-452, en calidad de propietaria del centro educativo particular denominado Colegio Divino Niño, ubicado en la provincia de Panamá, distrito de Panamá, corregimiento de Pacora, urbanización Pacora Centro, casa 2076, solicitó a este Ministerio, autorización de funcionamiento para impartir Primer Nivel 4~ ..Enseñanza o Educación Básica General (Preescolar, Primaria y Premedia); .,,........... ··· . ., . . ··· -·., ' ·- ,_ .... • ••
! .. ... ...
· - ..
•
9e·E~~ca:Cí9.J;I :4~iP.~nrutii dent~;~n cu-~plitp.iento
Que la Dirección Regional del artículo 1 del Decreto Ejeq~tivo N?: ·90 de::{B ~)!layo tféT998·~ poi~!:~ua~. s~~~u1a,el trámite para la aprobación de los R~~;I~entq~. :. Internos ·de ·:.:ia:s fnstiru,~io~es· Educativas Oficiales y Particulares, mediante Ia ..n.oú¡ ·:DíIBPC/ALl.l}OR·d~ 27-.4e....tiiayd· ·de:~f9, c~rtifica que el centro educativo p~icur.~ . ()[email protected]:.:9i~gi~::0,ivjllu.' -'N~~;.-cumP,í~·' coQ ios requisitos exigidos por Ley e.d~qá;~t~;· : ·,: ·
.. :, :.:~:.-~'\: '.:;:~'.~·:-.-:· . ;.-?. ; ~-_: ·;~~-:~~;.~~~.:.
··. ': . .··~ .~·:~~<- ' '· \
Que la Dirección Na~i)).\1(!l'<le Ingen,iería;y A~qqi~~~t~_~;:a:T~~V ~~·4e1 Dep~~~~t~·fie Diseño y Desarrollo, certifi~a::i:nediante Memcitan~iQlNIADDD; lG'9.207-22 ere 3(Pde s~ptiembre de 2022, que el Colegió ..Qivino Niño, ~ump~·tOTI tan1Qntj.il$ establecid~S:wr el Ministerio de Educación en cuaiit~.·a ·~~s estructuf.ás; :Jt~;~~:(:;~~:-:\s:: ·~~:·:~-~ -:
•
•.
'
'
•
••
• ..
H~
'
•
"
..
••
;-'.·
:
...
,.
•
·
Que la Dirección': Nátt~a{»~e C~~í~~ld: )tm~cn'Q:~~~a: ijdÚ¿ativa~ :~;: . t~~~és de la nota DNCYTE-131/537 de ,4-'<\f;.juhio de·7oi~, av?.la·~a o~erla.~ducativa.p~&..bhPrimer Nivel de Enseñanza o Educación~ Basica ·. Gerieral "'(Pre~(l~~u:,. ..Pri9:iaria ·y Preiñetlja) del centro Colegio DiYfüo' Nífio; ··· , educativo particular denominado . ....
.
...
., ,.
Que mediante los ProtocdlQS de SupervisÍÓ·~ p~ra la Apertura d~.···Centros Educativos Regulares, Nivel de Educació~ Bá~jca General {Pre.escolar, Prim~á; Premedia), nos indica que el centro educativo particular dehomj~~do c'ólegio J?jv.inó Niño, reúne las condiciones necesarias para obtener el resuelto de funcicinamiei:ifo; ·' · Que la Dirección Nacional de Educación Particular, mediante Informe Ejecutivo de 4 de octubre de 2022, hace constar en su recomendación dar favorabilidad para la autorización de funcionamiento del centro educativo particular denominado Colegio Divino Niño, por cumplir con las normas exigidas por el Ministerio de Educación; Que la solicitud presentada cumple con todas las formalidades y requisitos exigidos por el Texto Único de la Ley 47 de 1946, Orgánica de Educación y el artículo 6 del Decreto Ejecutivo No. 466 de 14 de agosto de 2018, para la autorización de funcionamiento del centro educativo particular denominado Colegio Divino Niño; por lo tanto,
RESUELVE: Artículo l. Autorizar el funcionamiento al centro educativo particular denominado Colegio Divino Niño, ubicado en la provincia de Panamá, distrito de Panamá, corregimiento de Pacora, urbanización Pacora Centro, casa 2076, para impartir educación en el Primer Nivel de Enseñanza o Educación Básica General (Preescolar, Primaria y Premedia) en la modalidad
/,"" /_~,~
presencial, cuya propietaria es la señora Lariza Antonia Coronado Chavarría, con cédula de identidad personal No. 8-172-452.
**Artículo 2.** La autorización que se establece en el artículo anterior tendrá vigencia mientras la institución educativa cumpla con las disposiciones relativas a la educación particular, establecidas en el Título III, Capítulo 111, del Texto Único de la Ley 47 de 1'946, Orgánica de Educación y su reglamentación contenida en el Decreto Ejecutivo No. 466 de 14 de agosto de 2018. Articulo 3. La propietaria del centro educativo particular denominado Colegio Divino Niñ.o, queda obligada a notificarle previamente al Ministerio de Educación cualquier cambio de los diseños curriculares, implementación de nuevas ofertas académicas y el traslado de las instalaciones del centro educativo a un lugar distinto al señalado en este Resuelto. Para su debido registro, el nuevo local deberá cumplir con las normas de seguridad y demás requisitos exigidos en la ley y su reglamentación. De no cumplir con lo anterior, la Dirección Regional de Educación correspondiente no firmará los certificados ni diplomas expedidos por dicho centro de enseñanza. remítiiá-
**Artículo 4.** En caso de cierre, la propietarfa eLre.gistro de los alumnos y toda la documentación relacionada cen· "el funcionamíeñto d~Lpentro. educativo a la Dirección Regional de Educación respéct~:v.íC:~- . _' _.;2;'' · ; i.. . :-_ - ·/;:.-·:~: . -.. .
**Artículo 5.** Es.te Re~u~Í~o. e~~~Éi"~-- ~~~i;:·~:~ir·;~~~~~~i""~·_ .'.; FUNDAMENTQ.: ~E·-i)·F;~~·~;~:JJ.f~~~)p.;,'.t#pi~f?'}J;~~··t~i~.¿~i~o <Je la Ley 47 de 1946, Orgánica de Edi'íc_a.~ión y el-Deérekl-$je~J.i;tjyo·-'NO"; "466:.de 14 .dt:rág0'sto·.de 2018. . . ~ ·- :" ' -, .,:-.: :·· : .•.:::.:.~ ..: •' ·:·.:.:~.: ~·'--::·· ~: .-.-~ ~-;,.~:-; :t . ~ ~ ....• .• COMUNÍQUESE-~.CÚMPLÁSE:- · :_... ::_-:: .':. ~ ·:-::~:·_..:"'.'.' ... ··" ._· .' ~~·.:f..\._. "· .. ,. . ~ •' " ~~ " >~- <:\::}~}\.RUJÁ"G ·_. ·~A.Y n~·,:VJiLALO,OS .. .~.·:::_·~~ .._ e;,:.:..- · · iiiístrl\ de;Edri.,,éión i ¡ ,· ,..../ : \ · . ·) .·:." :· /" ----r----:-----. ~ ,.- ..... Vi eministro Académico - ~~.-- -· ,:·'<··~· . :~: . ···-·· ···•·· .. .. ........ CERTIFICA ·-:-·-··-. \ n ;._ ,;- _. :.".' -;;,_-x., ·".. ·'<:->,' EL SUSCRITO SECRETARIO GENERAL Qec;_ MINISTERIO DE EDUCACIÓN '\ '\ ( \· QUE ESTE DOCUMENTO ES COP!AAUT!:NTL\?\/(.} QUE REPOSA EN El FXPFnlf'~•TE ORIGlrA(/~ Jf L. L b - ~// ~--- :.~ / \ ' \ ·>. ;:;.·> '«;, i: -;._: ,_~ :: r:,. ~ ._ 1 ~;;.-..:,· ..... f r-¡· 1 PJr ...,! M"" "_/ J ~-1\ ~<~ /:f / ~ . ' ',-l: ------:-,·, . "-"'_ /.-" \;·"~ -=------ FIRMA: _ __::::______ _ _ qiA-f:;'. I vt::S1; / . ' ••" • • •.... · ..,¡ .. ~. ..... . " ' '·•