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**ARTÍCULO 1.** Reconocer como Organismo Capacitador (OCA) a la entidad denominada C & C TECNOLOGÍAS INTELIGENTES, S.A., ubicada en calle G, El Coto, Urbanización Caride, casa 3778, corregimiento de Chitré (Cabecera), distrito de Chitré, provir:icia de Herrera, cuyo Representante Legal es el señor Alexis Darinel Camargo Corrales, portador de la cédula de identidad personal 6-72-813.
Leer en el texto corrido, con su cita, su vigencia y sus comentarios →Artículo 2**ARTÍCULO 2.** Inscribir en el Registro de Organismos Capacitadores de laLeer +
**ARTÍCULO 2.** Inscribir en el Registro de Organismos Capacitadores de la Dirección Nacional de Formación y Perfeccionamiento Profesional a la entidad denominada C & C TECNOLOGÍAS INTELIGENTES, S.A. y expedir la certificación correspondiente. La Dirección N~cional de Formación y Perfeccionamiento Profesional evaluará a los organismos capacitadores cada dos (2) años, con el propósito de verificar si su desempeño es acorde con los requerimientos de la Capacitación Docente y si reúne los requisitos que fundamentaron el reconocimiento que ostenta, conforme los criterios previamente establecidos para dicha evaluación. Los resultados de la evaluación serán incorporados al registro del Organismo Capacitador y aquellos que aprueben la evaluación, continuarán impartiendo las capacitaciones que se les asignen, según los requerimientos de la entidad.
Leer en el texto corrido, con su cita, su vigencia y sus comentarios →Artículo 3**ARTÍCULO 3.** Este Resuelto comenzará a regir a partir de s~ promulgación.Leer +
**ARTÍCULO 3.** Este Resuelto comenzará a regir a partir de s~ promulgación. FUNDAMENTO DE DERECHO: Ley47 de ·1946, Orgánica de,·Educación, Decreto Ejecutivo 238 de 11 de junio de 2003 y Resuelto 1343 de .15 de marzo de 2017, modificado por el Resuelto 1199 de 22 de marzo de 201 ~.
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