EL MINISTRO DE ECONOMÍA Y FINANZAS, en uso de sus facultades legales,
**CONSIDERANDO:**
Que de conformidad a lo establecido en el artículo 2 de la Ley 97 de 21 de diciembre de 1998, corresponde al Ministerio de Economía y Finanzas ejercer la administración y el manejo del gasto público, así como dirigir la administración financiera del Estado. Que adicionalmente, en el numeral 6, literal C del artículo precitado de la Ley 97 de 1998, se señala como función del Ministerio de Economía y Finanzas, llevar la contabilidad gubernamental integrada y preparar los estados financieros consolidados del sector público, los cuales una vez auditados por la Contraloría General de la República, constituirán la fuente oficial sobre la situación financiera del sector público. Que en el artículo 3 del Decreto Ejecutivo 356 de 4 de agosto de 2015, se señala que la Dirección de Financiamiento Público del Ministerio de Economía y Finanzas estará constituida con el objeto de asegurar una eficiente propagación, obtención, utilización, registro y control de los recursos de financiamiento y cooperación que se obtenga mediante operaciones de crédito público y fuentes de cooperación técnica externa provenientes de otros países, organismos internacionales y organizaciones no gubernamentales de cooperación. Que el Ministerio de Economía y Finanzas y la Contraloría General de la República, suscribieron un Acuerdo Interinstitucional para la implementación de la interfaz SIGADE-ITSMO el 21 de febrero de 2016. Que entre los objetivos de la creación del SIGADE y su interface con la plataforma ISTMO se encuentran el pago, registro contable, fiscalización y auditoría electrónica de la deuda pública de la República de Panamá, cuyo enfoque es la agilización y sistematización de los procesos administrativos utilizados en su ejecución. Que mediante Nota MEF-2018-83417 de 6 de noviembre de 2018,se le comunica a la Contraloría General de la República que como parte del proceso de mecanismos y procedimientos del pago de la deuda, se ha incorporado dentro de los procesos sistematizados, un formulario de pago, el cual permitirá sustituir las notas de instrucción de transferencias al Banco Nacional de Panamá, eliminando por completo el proceso manual de elaboración de notas de pago, toda vez que la información se alimenta automáticamente en la Interfaz SIGADE-ISTMO. Que mediante Nota 7852-18 DMySC/DP de 15 de noviembre de 2018, se le notifica al Ministerio de Economía y Finanzas, que el formulario de pago se convertiría en un documento de trámite y de afectación de fondos del Tesoro Nacional, por lo tanto, el mismo debe cumplir con ciertos requisitos de seguridad. Una vez cumplidos los requisitos, y previa puesta en producción, el formulario de pago debe ser oficializado mediante su promulgación en la Gaceta Oficial. Que, en vista de lo expuesto, el Ministerio de Economía y Finanzas emitió la Resolución MEF-RES-2019-569 de 15 de marzo de 2019, publicada en Gaceta Oficial 28849-A de 29 de agosto de 2019, por la cual se autorizó la implementación del formulario electrónico de pago de servicio de la deuda pública dentro de los procesos sistematizados de la interfaz de integración y soluciones tecnológicas del modelo de gestión operativa (SIGADE-ISTMO). Que el principal objetivo de la Resolución en referencia, es autorizar las instrucciones de transferencias dirigidas al Banco Nacional de Panamá, para el pago de la deuda pública dentro de los procesos de la interfaz SIGADE-ISTMO. Que no obstante la implementación del formulario de pago electrónico de la deuda pública, se estimó conveniente mantener la posibilidad de emitir instrucciones de pago del servicio de la deuda, a través de notas manuales, de manera que, cualquier imprevisto, no se interrumpa dicho procedimiento y se cumplan con los compromisos suscritos con entidades financieras nacionales e internacionales. Que además de los pagos relacionados directamente con la contratación de la deuda pública interna y externa por parte del Ministerio de Economía y Finanzas, de ello se derivan otros pagos correspondientes a su administración y manejo, los cuales se efectúan por medio de instrucciones de transferencia manuales al Banco Nacional de Panamá, debido a que requieren ser incluidos dentro de un proceso de automatización que permita realizar los mismos de forma análoga al pago del servicio de la deuda pública. Que, para tales efectos, se hace necesario derogar la Resolución Ministerial MEF-RES-2019-569 de 15 de marzo de 2019, y emitir una nueva Resolución que permita realizar a través de notas manuales las instrucciones de pagos de la deuda pública ante cualquier imprevisto y de otros pagos que se deriven de la misma.
**RESUELVE:**
Resolución MEF-RES-2020-1245 de 2020
**Artículo 1.** Autorizar la implementación del formulario de pago de la deuda pública dentro de los procesos sistematizados de la Interfaz de Integración y Soluciones Tecnológicas del Modelo de Gestión Operativa (SIGADE-ISTMO).
**Artículo 2.** Autorizar la emisión de notas manuales para las instrucciones de pagos de la deuda pública ante cualquier evento que interrumpa dicho procedimiento y la realización de otros pagos que deriven de la misma.
**Artículo 3.** Se deroga la Resolución MEF-RES-2019-569 de 15 de marzo de 2019.
**Artículo 4.** Esta Resolución Ministerial comenzará a regir a partir de su promulgación. FUNDAMENTO LEGAL: Ley 97 de 21 de diciembre de 1998 y sus modificaciones, Decreto Ejecutivo 356 de 4 de agosto de 2015. COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.