Resolución General SBP-RG-0010-2020
Artículo 1Ordenar la suspensión de los términos procesales y administrativos a partir de las ocho de la mañana (8:00 a.m.) del día lunes 4 de enero hasta el viernes 15 de enero de 2021, inclusive, y sin que ello implique el cierre de las Oficinas de la Superintendencia de Bancos, ni la suspensión de labores. El curso de los expedientes activos continuará su trámite interno.Leer +
**Artículo 1.** Ordenar la suspensión de los términos procesales y administrativos a partir de las ocho de la mañana (8:00 a.m.) del día lunes 4 de enero hasta el viernes 15 de enero de 2021, inclusive, y sin que ello implique el cierre de las Oficinas de la Superintendencia de Bancos, ni la suspensión de labores. El curso de los expedientes activos continuará su trámite interno.
Leer en el texto corrido, con su cita, su vigencia y sus comentarios →Artículo 2Las personas previamente legitimadas y que requieran conocer el estado de los procesos administrativos en trámite, serán atendidos vía telefónica, a los números telefónicos: 506-7954, 506-7800, 506-7897 y 800-7897 para el caso de Reclamos (Servicios de Atención al Cliente - SAC). Para el caso de los procesos de oficio y por Denuncias Administrativas puede dirigir su consulta a la Gerencia de Trámites Procesales y Administrativos al correo electrónico: [email protected] o a través de las líneas telefónicas 506-7854 y 506-7902. Esta Superintendencia se reserva el derecho de suministrar información que sea considerada de carácter confidencial dentro del expediente.Leer +
**Artículo 2.** Las personas previamente legitimadas y que requieran conocer el estado de los procesos administrativos en trámite, serán atendidos vía telefónica, a los números telefónicos: 506-7954, 506-7800, 506-7897 y 800-7897 para el caso de Reclamos (Servicios de Atención al Cliente - SAC). Para el caso de los procesos de oficio y por Denuncias Administrativas puede dirigir su consulta a la Gerencia de Trámites Procesales y Administrativos al correo electrónico: [email protected] o a través de las líneas telefónicas 506-7854 y 506-7902. Esta Superintendencia se reserva el derecho de suministrar información que sea considerada de carácter confidencial dentro del expediente.
Leer en el texto corrido, con su cita, su vigencia y sus comentarios →Artículo 3Emitir Aviso al Público y Circulares remisorias al Sistema Bancario y Fiduciario, así como a los nuevos sujetos obligados, comunicando la suspensión de los términos procesales y administrativos y recomienda hacer sus consultas vía telefónica o a través de nuestra página de Internet. FUNDAMENTO DE DERECHO: Artículos 4, 13, 16, Ordinal I, numerales 16 y 27, y Ordinal II, numeral 6 y 11 de la Ley Bancaria. Artículo 68 de la Ley 38 de 2000. Dada en la ciudad de Panamá, el día veintinueve (29) del mes de diciembre de dos mil veinte (2020). NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE,Leer +
**Artículo 3.** Emitir Aviso al Público y Circulares remisorias al Sistema Bancario y Fiduciario, así como a los nuevos sujetos obligados, comunicando la suspensión de los términos procesales y administrativos y recomienda hacer sus consultas vía telefónica o a través de nuestra página de Internet. FUNDAMENTO DE DERECHO: Artículos 4, 13, 16, Ordinal I, numerales 16 y 27, y Ordinal II, numeral 6 y 11 de la Ley Bancaria. Artículo 68 de la Ley 38 de 2000. Dada en la ciudad de Panamá, el día veintinueve (29) del mes de diciembre de dos mil veinte (2020). NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE,
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