RESOLUCIÓN GENERAL SBP-RG-0001-2021 DE 2021 (Enero 14) Actualización 09/03/2021 EL SUPERINTENDENCIA DE BANCOS, en uso de sus facultades legales,
y
**CONSIDERANDO:**
Que, por medio de la Resolución de Gabinete 11 de 13 de marzo de 2020, se declaró el Estado de Emergencia Nacional y se dictaron otras disposiciones, en virtud de la declaratoria de Pandemia de la COVID-19, por la Organización Mundial de la Salud (OMS/OPS); Que, en virtud de reporte epidemiológico emitido por el Ministerio de Salud, que da cuenta del alto índice de contagio de casos de la COVID-19, en todo el territorio nacional, el Órgano Ejecutivo expidió el Decreto Ejecutivo 62 de 13 de enero de 2021, que establece un horario de toque de queda a nivel nacional y dispone medidas sanitarias en las Provincias de Panamá, Panamá Oeste, Coclé, Herrera, Los Santos y Veraguas, a partir del 14 de enero de 2021; Que, entre las medidas adoptadas, se establece una cuarentena total en la provincia de Herrera, a partir del viernes 15 de enero de 2021, y hasta el Lunes 1º de febrero de 2021; Que, previamente, y con fundamento en el Decreto Ejecutivo 1686 de 28 de diciembre de 2020, mediante la Resolución SBP-RG-0010-2020 de 29 de diciembre de 2020, esta Superintendencia había ordenado la suspensión de los términos procesales y administrativos en la Superintendencia de Bancos, a partir del día lunes 4 de enero y hasta el viernes 15 de enero de 2021, inclusive, reanudándose dichos términos el día 18 de enero de 2021, a las 8:00 a.m.; Que, ahora bien, con respecto al Decreto Ejecutivo 62 de 2021, antes mencionado, esta Superintendencia mantiene una Agencia de Servicio de Atención al Cliente Bancario, que opera en Chitré, Provincia de Herrera, en la cual se tramitan procesos administrativos de reclamos en los cuales corren términos, que obligan a las personas a movilizarse a fin de reclamar sus derechos y atender las obligaciones que les impone la Ley; Que, de conformidad con lo antes expuesto, el que suscribe, el Superintendente de Bancos;
**RESUELVE:**
Resolución General SBP-RG-0001-2021
**Artículo 1.** Ordenar la suspensión de los términos procesales y administrativos sólo para los procesos que se están tramitando actualmente en la Agencia de Servicio de Atención al Cliente Bancario ubicada en Chitré, provincia de Herrera , a partir de las 8:00 a.m. del día 18 de enero, y hasta el Lunes 1º de febrero de 2021, inclusive, y sin que ello implique el cierre de dicha Agencia de Servicio de Atención al Cliente Bancario ubicada en Chitré, ni la suspensión de labores. El curso de los expedientes activos continuará su trámite interno.
**Artículo 2.** Las personas previamente legitimadas y que requieran conocer el estado a los procesos administrativos en trámite, en dicha Agencia, serán atendidos vía telefónica, a los números telefónicos: 970-2720 y 970-2722 para el caso de Reclamos. Igualmente, se podrán presentar los reclamos a través de nuestra Web y dar el seguimiento correspondiente. Para el caso de los procesos de oficio y por Denuncias Administrativas, puede dirigir su consulta a la Gerencia de Trámites Procesales y Administrativos al correo electrónico: [email protected] o a través de las líneas telefónicas 506-7854 y 506-7902. Esta Superintendencia se reserva el derecho de suministrar información que sea considerada de carácter confidencial dentro del expediente.
**Artículo 3.** Señalar que, en virtud de la Resolución General SBP-RG-0010-2020 de 29 de diciembre de 2020, los términos procesales y administrativos, tanto en la Sede principal de la Superintendencia de Bancos en la ciudad de Panamá y en la Agencia de David, provincia de Chiriquí, se reanudan el Lunes 18 de enero de 2021, a las 8:00 a.m.
**Artículo 4.** Emitir Aviso al Público y Circulares remisorias al Sistema Bancario y Fiduciario, así como a los nuevos sujetos obligados, comunicando lo indicado en esta Resolución General. FUNDAMENTO DE DERECHO: Artículos 4, 13, 16, Ordinal I, numerales 16 y 27, y Ordinal II, numeral 6 y 11 de la Ley Bancaria. Artículo 68 de la Ley 38 de 2000. Dada en la ciudad de Panamá, el día catorce (14) del mes de enero de dos mil veinte y uno (2021). NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE.