Artículo 1APROBAR el Manual de Procedimientos del Pago de la Prima de Antigüedad de la Oficina Institucional de Recursos Humanos del Ministerio de Vivienda y Ordenamiento Territorial, con sus respectivos formularios.Leer +
**Artículo 1.** APROBAR el Manual de Procedimientos del Pago de la Prima de Antigüedad de la Oficina Institucional de Recursos Humanos del Ministerio de Vivienda y Ordenamiento Territorial, con sus respectivos formularios.
Leer en el texto corrido, con su cita, su vigencia y sus comentarios →Artículo 2AUTORIZAR al Departamento de Desarrollo Institucional de la Dirección Administrativa del Ministerio de Vivienda y Ordenamiento Territorial, o su homólogo, como corresponda, para que a medida que se requiera, actualice el procedimiento para el trámite en la Oficina Institucional de Recursos Humanos, con el objeto de incorporar futuras técnicas necesarias para mejorar la gestión institucional, la cual deberá ser aprobada mediante resolución firmada por el señor Ministro.Leer +
**Artículo 2.** AUTORIZAR al Departamento de Desarrollo Institucional de la Dirección Administrativa del Ministerio de Vivienda y Ordenamiento Territorial, o su homólogo, como corresponda, para que a medida que se requiera, actualice el procedimiento para el trámite en la Oficina Institucional de Recursos Humanos, con el objeto de incorporar futuras técnicas necesarias para mejorar la gestión institucional, la cual deberá ser aprobada mediante resolución firmada por el señor Ministro.
Leer en el texto corrido, con su cita, su vigencia y sus comentarios →Artículo 3El presente Manual de Procedimientos del Pago de la Prima de Antigüedad, será utilizado en todos los procedimientos de reconocimiento, validación, trámite y pago de la Prima de Antigüedad a los ex-servidores públicos de este ministerio y las unidades gestoras de los procesos administrativos. De igual forma, todos los colaboradores que realicen una labor o gestión relacionada con los procedimientos descritos en el presente manual, tendrán que ceñirse al cumplimiento de las normas.Leer +
**Artículo 3.** El presente Manual de Procedimientos del Pago de la Prima de Antigüedad, será utilizado en todos los procedimientos de reconocimiento, validación, trámite y pago de la Prima de Antigüedad a los ex-servidores públicos de este ministerio y las unidades gestoras de los procesos administrativos. De igual forma, todos los colaboradores que realicen una labor o gestión relacionada con los procedimientos descritos en el presente manual, tendrán que ceñirse al cumplimiento de las normas.
Leer en el texto corrido, con su cita, su vigencia y sus comentarios →Artículo 4Esta Resolución surtirá sus efectos legales a partir de su promulgación.Leer +
**Artículo 4.** Esta Resolución surtirá sus efectos legales a partir de su promulgación. FUNDAMENTO DE DERECHO: Constitución Política de la República de Panamá, Ley 61 de 23 de octubre de 2009, Ley 9 de 20 de junio de 1994, Ley 23 de 12 de mayo de 2017, Ley 241 de 13 de octubre de 2021.
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