Artículo 1Ordenar la inclusión del requisito en el Registro sanitario de productos farmacéuticos que contengan en su formulación el principio activo denominado "Metilfenidato", la siguiente información de seguridad:Leer +
**Artículo 1.** Ordenar la inclusión del requisito en el Registro sanitario de productos farmacéuticos que contengan en su formulación el principio activo denominado "Metilfenidato", la siguiente información de seguridad: Advertencias y Precauciones: Los pacientes en los que aparezca un pensamiento y conductas suicidas durante el tratamiento para el TDAH deben ser evaluados inmediatamente por su médico. Se debe tener en consideración el empeoramiento de un problema psiquiátrico subyacente y una posible relación causal con el tratamiento con metilfenidato. Puede ser necesario trata un problema psiquiátrico subyacente y se debe valorar una posible interrupción de metilfenidato.
Leer en el texto corrido, con su cita, su vigencia y sus comentarios →Artículo 2Los productos farmacéuticos registrados, en trámite de registro sanitario y en renovación, que contengan "Metilfenidato", deberán incluir en la monografía e inserto la información de seguridad exigida en la disposición que precede.Leer +
**Artículo 2.** Los productos farmacéuticos registrados, en trámite de registro sanitario y en renovación, que contengan "Metilfenidato", deberán incluir en la monografía e inserto la información de seguridad exigida en la disposición que precede.
Leer en el texto corrido, con su cita, su vigencia y sus comentarios →Artículo 3Se concede un plazo de seis (6), meses a partir de la publicación de la presente Resolución, a los importadores de los productos farmacéuticos registrados que contienen el principio activo Metilfenidato, para solicitar y contar con la modificación o notificación, en la monografía e inserto, la información de seguridad en el Artículo Primero de la presente Resolución.Leer +
**Artículo 3.** Se concede un plazo de seis (6), meses a partir de la publicación de la presente Resolución, a los importadores de los productos farmacéuticos registrados que contienen el principio activo Metilfenidato, para solicitar y contar con la modificación o notificación, en la monografía e inserto, la información de seguridad en el Artículo Primero de la presente Resolución.
Leer en el texto corrido, con su cita, su vigencia y sus comentarios →Artículo 4La presente Resolución rige a partir de su publicación en Gaceta oficial.Leer +
**Artículo 4.** La presente Resolución rige a partir de su publicación en Gaceta oficial. **FUNDAMENTO DE DERECHO:** Ley 1 de 10 de enero de 2001, Decreto Ejecutivo 178 de 12 de julio de 2001, Decreto Ejecutivo 147 de 26 de febrero de 2010.
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