Texto
**CONSIDERANDO:**
Cinco lentes para estudiar este norma. Describen señales verificables; no califican su validez ni cambian el texto.
Carga, subordinación, condiciones y construcciones que afectan la lectura.
Las otras capas son señales de lectura, no efectos jurídicos confirmados.
Elige una oración para recorrer sus cláusulas y la función de cada fragmento.
CONSIDERANDO:**
Lectura del mapa: las modalidades y los núcleos reconocidos tienen confianza alta; sujeto y complementos son una segmentación orientativa que siempre se coteja con el original.
16señales
4tipos presentes
8bloques señalados
591palabras · 15 oraciones
**CONSIDERANDO:**
Que el postulado anterior del derecho al acceso a la información, ha sido elevado a rango constitucional a la luz de los , 42 y 43 de nuestra Carta Magna, por lo cual se hace de obligación cumplimiento.
Que el , dentro de su marco conceptuar hace una serie de definiciones de términos jurídicos; entre los cuales transcribiremos los siguientes:
a) "Información de acceso libre: Todo tipo de información en manos de agentes del Estado o de cualquier institución pública que no tenga restricción."
b) "Información de acceso restringido: Todo tipo de información en manos de agentes del Estado o de cualquier institución pública, cuya divulgación haya sido circunstancia únicamente a los funcionarios que deban conocer en razón de sus atribuciones, de acuerdo a la ley."
Que en mérito de las consideraciones expuestas,
**Artículo 1.** Considerar de acceso restringido el contenido de solicitudes de contratos en trámite, de administradores/operadores.
**Artículo 2.** Estimar de acceso restringido el contenido de auditorías en trámite y su resultado final, de empresas que desarrollan actividades relacionadas con la Industria del Juego de suerte y Azar.
**Artículo 3.** Considerar de Acceso restringido toda la información referente a los estados financieros e ingresos brutos generados por cada administrador/operador, reportados a la Junta de Control de Juegos.
**Artículo 4.**
**Artículo 5.**
**Artículo 6.** Declarar de acceso restringido Información de procesos en trámite, por supuesto uso de sustancias prohibidas en ejemplares o caballos pura sangre de carrera, hasta tanto no se tenga un resultado final, con excepción del propietario y preparador.
**Artículo 7.** Considerar de acceso libre la información no contemplada en esta resolución. **FUNDAMENTO DE DERECHO:** , 42 y 43 de la Constitución Nacional, , , modificado por la Ley 49 de 17 de septiembre de 2009.
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