No 26337
Gaceta Oficial Digital, lunes 03 de agosto de 2009
REPÙBLICA DE PANAMÀ MINISTERIO DE VIVIENDA RESOLUCIÒN No.263-09 (De 25 de mayo de 2009) "Por la cual se desafecta un área de servidumbre vial que colinda con el lote 10-27 del sector Nueva Barriada, corregimiento de Tocumen, Distrito de Panamá". LA DIRECTORA DE DESARROLLO URBANO EN USO DE SUS FACULTADES LEGALES CONSIDERANDO: Que es competencia del Ministerio de Vivienda, de conformidad con el literal "q" del artículo 2 de la Ley No. 9 de 25 de enero de 1973, levantar, regular y dirigir los planos reguladores, notificaciones, zonificaciones, urbanizaciones, mapas oficiales, líneas de construcción y todos los demás asuntos que requiera la planificación de las ciudades, con la cooperación de los municipios y otras entidades públicas; Que la Autoridad de Aeronáutica Civil solicitó formalmente al Ministerio de Vivienda la desafectación de un área de servidumbre vial de 72.95 metros cuadrados ,perteneciente a la Finca No.18854 de su propiedad, ubicado en el sector Nueva Barriada del corregimiento de Tocumen, Distrito de Panamá, para proceder a la tramitación de la solicitud de adjudicación a los propietarios del lote 10-27 de no existir inconvenientes; Que los propietarios del lote 10-27 basan su solicitud de adjudicación en que el tramo de servidumbre vial en referencia es utilizado como vertedero de basura que luego va a dar al río adyacente, y también es propicio para que elementos con intenciones dudosas se acerquen, lo cual hace peligroso el área, señalamientos que son acreditados por la Corregiduría de Tocumen mediante certificación, y por informe de la Dirección Jurídica de la Autoridad de Aeronáutica Civil ; Que durante inspección realizada al área de la solicitud, se constató que la desafectación solicitada no perjudica la circulación vial ni la ubicación de infraestructura de ser necesaria; Que en el Informe Técnico No. 4-09 de 19 de mayo de 2009 elaborado en la Dirección de Desarrollo Urbano de este Ministerio, se concluyó que es viable la desafectación solicitada por la Autoridad de Aeronáutica Civil, lo que permitirá que dicha Entidad resuelva un problema sanitario que involucra un terreno de su propiedad; Que con fundamento en lo antes expuesto, RESUELVE:
**ARTÍCULO PRIMERO:** Desafectar el área de servidumbre vial de 72.95 metros cuadrados perteneciente a la Finca No. 18854, propiedad de la Autoridad de Aeronáutica Civil, y colindante al lote 10-27 sector Nueva Barriada, corregimiento de Tocumen, Distrito de Panamá. ARTÌCULO SEGUNDO: Enviar copia autenticada de la Resolución al Banco Hipotecario Nacional y a todas las entidades que en una u otra forma participan coordinadamente en la aplicación de las Normas de Desarrollo Urbano. ARTÌCULO TERCERO: Esta Resolución entrará a regir a partir de su publicación en la Gaceta Oficial. FUNDAMENTO LEGAL: Ley No. 9 de 25 de enero de 1973. COMUNÌQUESE, PUBLÍQUESE Y CÙMPLASE Arq. Elizabeth Wolfschoon Directora de Desarrollo Urbano