Artículo PRIMERO**ARTÍCULO PRIMERO:** Modificar de 30.00 a 15.00 metros el tramo de la antigua servidumbre del Ferrocarril en elLeer +
**ARTÍCULO PRIMERO:** Modificar de 30.00 a 15.00 metros el tramo de la antigua servidumbre del Ferrocarril en el Sector de Las Trancas entre la carretera a Caldera y la intersección de esta servidumbre con la carretera DavidBoquete, en el Corregimiento de Alto Boquete, Distrito de Alto Boquete Provincia de Chiriquí.
Leer en el texto corrido, con su cita, su vigencia y sus comentarios →Artículo SEGUNDO**ARTÍCULO SEGUNDO:** Enviar copia autenticada de la presente Resolución a la Regional del Ministerio de ViviendaLeer +
**ARTÍCULO SEGUNDO:** Enviar copia autenticada de la presente Resolución a la Regional del Ministerio de Vivienda en Chiriquí, a la Dirección de Catastro y Bienes Patrimoniales del Ministerio de Economía y Finanzas y a todas las entidades que en una u otra forma participan coordinadamente en la aplicación de las Normas de Desarrollo Urbano.
Leer en el texto corrido, con su cita, su vigencia y sus comentarios →Artículo TERCERO**ARTÍCULO TERCERO:** Esta Resolución entrará a regir a partir de su publicación en la Gaceta Oficial.Leer +
**ARTÍCULO TERCERO:** Esta Resolución entrará a regir a partir de su publicación en la Gaceta Oficial. FUNDAMENTO LEGAL: Ley Nº 9 de 25 de enero de 1973. COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE, Gabriel Diez P. Ministro de Vivienda Arq. José A. Batista Viceministro de Vivienda
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