No 26128
Gaceta Oficial Digital, jueves 18 de septiembre de 2008
REPÚBLICA DE PANAMÁ MINISTERIO DE VIVIENDA RESOLUCIÓN No. 190-08 (De 4 de agosto de 2008) "Por la cual se aprueba la disminución del ancho de servidumbre de la calle D-2, ubicada en la Barriada San Joaquín, Corregimiento de Pedregal, Distrito de Panamá; se desafecta parte del área de dicha calle y se aprueba nuevo acceso". EL MINISTRO DE VIVIENDA EN USO DE SUS FACULTADES LEGALES, CONSIDERANDO: Que es competencia del Ministerio de Vivienda, de conformidad con el literal "q" del artículo 2 de la Ley No. 9 de 25 de enero de 1973, levantar, regular y dirigir los planos reguladores, notificaciones, zonificaciones, urbanizaciones, mapas oficiales, líneas de construcción y todos los demás asuntos que requiera la planificación de las ciudades, con la cooperación de los municipios y otras entidades públicas; Que el Banco Hipotecario Nacional solicitó la desafectación de parte de la calle D-2, ubicada en la Barriada San Joaquín del Corregimiento de Pedregal, Distrito de Panamá, para incrementar el polígono asignado a la Iglesia Católica y aprobar nuevo acceso al área resultante de la disminución de la servidumbre de la citada calle; Que la razón de la solicitud obedece a brindar seguridad y protección de los bienes de la Parroquia de San Joaquín, la construcción de una cerca perimetral, evitar los frecuentes robos a los bienes de la Parroquia y el consumo y venta de drogas, actos inmorales y consumo de bebidas alcohólicas alrededor del templo; Que con relación a los donativos de particulares y empresas la Parroquia está afectada porque adolece de Escritura de tenencia del terreno asignado, por lo que el Banco Hipotecario Nacional está retomando el trámite de legalización con las modificaciones sometidas al Ministerio de Vivienda; Que en mérito en lo antes expuesto, RESUELVE:
**ARTÍCULO PRIMERO:** Aprobar la disminución del ancho de servidumbre de la calle D-2, ubicada en la Barriada San Joaquín en el Corregimiento de Pedregal, Distrito de Panamá, como se indica a continuación: De 16.00 metros a 5.00 metros en el lindero noreste del lote asignado a la Iglesia Católica. De 16.00 metros a 9.18 metros en el lindero sureste.
**ARTÍCULO SEGUNDO:** Desafectar el área que se resta a la calle D-2 en el perímetro de la Parroquia de San Joaquín, para incrementar el polígono asignado a la Iglesia Católica, y aprobar el acceso al área restante de la calle D-2 desde la Avenida 8C Norte de la Barriada.
**ARTÍCULO TERCERO:** Enviar copia autenticada de la Resolución al Banco Hipotecario Nacional y a todas las entidades que en una u otra forma participan coordinadamente en la aplicación de las Normas de Desarrollo Urbano.
**ARTÍCULO CUARTO:** Esta Resolución entrará a regir a partir de su publicación en la Gaceta Oficial. FUNDAMENTO LEGAL: Ley No. 9 de 25 de enero de 1973. COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE, Gabriel Diez P. Ministro de Vivienda José A. Batista Viceministro de Vivienda