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**ARTÍCULO PRIMERO:** Aprobar en todas sus partes el plano de zonificación de los usos del suelo (Anexo 1) y las normas de desarrollo urbano para el la Urbanización Villas de las Acacias del Corregimiento de Juan Díaz, que forman parte de esta resolución.
Leer en el texto corrido, con su cita, su vigencia y sus comentarios →Artículo SEGUNDO**ARTÍCULO SEGUNDO:** La actividad Comercial e Industrial a desarrollarse deberá de contar con los controles técnicosLeer +
**ARTÍCULO SEGUNDO:** La actividad Comercial e Industrial a desarrollarse deberá de contar con los controles técnicos y ambientales mínimos aceptables para no producir efectos nocivos y ofensivos como: ruidos; emanación de humo, gases y líquidos; vibraciones, que afecten la zona residencial; le corresponderá a cada institución velar por el cumplimiento de esta disposición, tale como: Ministerio de Salud, Autoridad Nacional del Ambiente, Oficina de Seguridad del Cuerpo de Bomberos, Dirección de Obras y Construcciones Municipales del Distrito de Panamá, entre otras.
Leer en el texto corrido, con su cita, su vigencia y sus comentarios →Artículo TERCERO**ARTÍCULO TERCERO:** Enviar copia autenticada de esta Resolución a la Dirección de Obras y ConstruccionesLeer +
**ARTÍCULO TERCERO:** Enviar copia autenticada de esta Resolución a la Dirección de Obras y Construcciones Municipales del Distrito de Panamá para la aplicación de la misma.
Leer en el texto corrido, con su cita, su vigencia y sus comentarios →Artículo CUARTO**ARTÍCULO CUARTO:** Esta Resolución comenzará a regir a partir de su promulgación en la Gaceta Oficial.Leer +
**ARTÍCULO CUARTO:** Esta Resolución comenzará a regir a partir de su promulgación en la Gaceta Oficial. FUNDAMENTO LEGAL: Ley Nº 9 de 25 de enero de 1973. COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE, ING. BALBINA HERRERA ARAUZ MINISTRA DE VIVIENDANORMAS DE DESARROLLO URBANO PARA LA URBANIZACION VILLAS DE LA ACACIAS 1 - RESIDENCIAL ESPECIAL (RE) Usos Permitidos Construcción, reconstrucción o modificación de edificios destinados a viviendas unifamiliares, bifamiliares una sobre otra o bifamiliares adosadas una al lado de la otra de forma horizontal, en hileras y apartamentos Densidad Neta Máxima: Hasta 500 personas por hectárea No 25690 Gaceta Oficial Digital, miércoles 13 de diciembre de 2006 160 M2 en Vivienda Unifamiliar Área Mínima de lote: 150 M2 c/u Vivienda bifamilar (adosada) 120 M2 c/u Vivienda en hilera 400 M2 para apartamentos a). 9.00 ML por unidad de vivienda unifamiliar y bifamiliar, una sobre otra. b). 7.00 ML por cada unidad de vivienda bifamiliar adosada una al lado de la otra en forma horizontal. Frente mínimo del Lote: c). 6.00 ML por unidad de vivienda en hilera. d). 17.00 ML por edificio de apartamentos Fondo Mínimo de Lote: Libre Altura Máxima: Planta baja y tres (3) altos Área de Ocupación Máxima: 60% de área del lote Área Libre Minina: 40% del área de lote a). Adosado con pared ciega acabada hacia el vecino b). 1.50 ML con abertura o ventanas Retiro Lateral Mínimo: c). Para lotes con frente de 10.00 ML o menos de 10.00 ML se permitirá 1.20 ML Retiro Posterior: 2.50 ML No 25690 Gaceta Oficial Digital, miércoles 13 de diciembre de 2006 Estacionamientos: 1 hasta 150 m2 de construcción por unidad de vivienda 2 más de 150 m2 de construcción por unidad de vivienda 2 - COMERCIAL URBANO DE BAJA INTENSIDAD O BARRIAL (C1) Usos Permitidos: Instalaciones comerciales y de servicios en general, relacionadas con las actividades mercantiles y profesionales de la vecindad o del barrio, siempre y cuando no afecten o perjudiquen el área residencial establecida. El uso comercial o residencial se podrá dar en forma combinada o independiente, de acuerdo a la norma residencial de la zona (ver anexo Nº 2) Área Mínima del Lote: De acuerdo al área mínima permitida en la zona donde está ubicado. (450 m2) Frente Mínimo del Lote: 12.00 ml Fondo Mínimo del Lote: Libre Altura Máxima: Planta Baja más tres(3) altos Área Libre Mínima: 40% del área del lote Área de Ocupación Máxima: 60% del área del lote Ninguno en planta baja y tres altos con pared ciega acabada al vecino. Retiro Lateral: En caso de que se utilicen aberturas, el retiro será de 1.50 ml Retiro Posterior 2.50 ml Estacionamientos: Un espacio por cada 60.00 m2 de uso comercial u oficina. No 25690 Gaceta Oficial Digital, miércoles 13 de diciembre de 2006 3 - COMERCIAL URBANO DE ALTA INTENSIDAD o CENTRAL (C2) Usos Permitidos: Instalaciones comerciales, oficinas y de servicios en general, relacionadas con las actividades mercantiles y profesionales del centro urbano o de la ciudad. La actividad comercial incluirá el manejo, almacenamiento y distribución de mercancías. Área Mínima del Lote: 800.00 m2 Frente Mínimo del Lote: 20.00 ml Fondo Mínimo del Lote: 40.00 ml Área Libre Mínima: La que resulte al aplicar los retiros Área de Ocupación 100% del área construíble por los retiros ( en planta baja) Máxima: Retiro Lateral: Cuando colinde con el residencial de baja y mediana densidad: aplicar las opciones ilustradas en el anexo Nº 3 Retiro Posterior Cuando colinde con residencial de baja y mediana densidad: aplica las opciones ilustradas ( ver anexo Nº 4) Un espacio por cada 150.00 m2 para edificio de depósito. Estacionamientos: Un espacio por cada 60.00 m2 de uso comercial u oficina y un espacio por cada 150 m2 de deposito. 4 - INDUSTRIAL ( I) Usos Permitidos: Solo se permitirá la construcción, reconstrucción o modificación de edificios destinados a usos industriales y comerciales, cuyas normas de procesamiento cuenten con los controles técnicos y ambientales mínimos aceptables para no producir efectos nocivos y ofensivos por razones de emisiones de olores, polvos, humo, gases o ruidos, ni representen un peligro para la seguridad de las áreas residenciales o industriales vecinas. Además, se permitirán los usos complementarios a estas actividades. Los controles técnicos y ambientales serán determinados por el Ministerio de Salud. Área Mínima del Lote: 1000.00 m2 No 25690 Gaceta Oficial Digital, miércoles 13 de diciembre de 2006 Frente Mínimo del Lote: 20.00 ml Fondo Mínimo del Lote: 40.00 ml Altura Máxima Serán determinadas por el área de construcción. Área de Ocupación 100% del área construible por los retiros (en planta baja) Máxima: Retiro Lateral: Cuando colinde con el residencial de baja y mediana densidad: aplicar las opciones ilustradas en el anexo Nº 3 Retiro Posterior Cuando colinde con residencial de baja y mediana densidad: aplica las opciones ilustradas ( ver anexo Nº 4) Un espacio por cada 150.00 m2 para edificio de depósito. Estacionamientos: Un espacio por cada 60.00 m2 de uso comercial u oficina y un espacio por cada 150 m2 de deposito. No 25690 Gaceta Oficial Digital, miércoles 13 de diciembre de 2006 5 - SERVICIO INSTITUCIONAL VECINAL (SIV) Usos Permitidos: Conjunto de edificaciones destinadas al servicio de salud, de la educación, seguridad, administrativos y religiosos, a nivel vecinal Área Mínima del Lote: 500.00 m2 Retiro Frontal Según Categoría de la vía Retiro Lateral: 3.00 mts Retiro Posterior 3.00 mts Estacionamientos: Un espacio por cada 40.00 m2 de área de construcción. Área de Ocupación: 65% sin retiros Área libre del lote: 35% Área verde 15% del área libre del lote 6 - PARQUE VECINAL (PV) Usos Permitidos: Espacio abierto dedicado a la recreación vecinal, al cual se accede peatonalmente y sirve a los residentes inmediatos de todas las edades Área Mínima del Lote: 500.00 m2 Área Máxima del Lote: 5000.00 m2 Frente de lote: 17.00 ml Superficie dura e Impermeable: Mínimo: 20% Área de Construcción: Máximo: 2% Altura de Edificación: Máximo Planta baja más un (1) alto Máximo: 30% ANEXO Nº 2 C2 C1 COMERCIAL DE INTENSIDAD ALTA O CENTRAL (URBANA) COMERCIAL DE INTENSIDAD BAJA O BARRIAL (LOCAL) No 25690 Gaceta Oficial Digital, miércoles 13 de diciembre de 2006 Ventas al por menor y mayor (local) Venta al por menor y mayor (externa) Agencia de venta de autos y equipo Almacenes por Departamentos Tienda Almacén de tela y ropa Boutique Mueblería y artículos del hogar Venta de artículos eléctricos Supermercados Abarrotería Restaurantes y cafeterías Galerías y salas de exposición Librería Farmacia Botica Papelería Ferretería Venta de materiales Venta de auto partes y repuestos Expendio de combustible y lubricantes Panadería Panadería Carnicería Carnicería Verdulería Verdulería Kioscos Video Club Transporte Urbano Transporte de carga (contenedores) No 25690 Gaceta Oficial Digital, miércoles 13 de diciembre de 2006 Aerolíneas Oficina central de teléfono y correo Estudio de televisión Almacenaje Oficinas Administrativas Banco Casa Matriz Financiera Aseguradoras, Inmobiliarias y Bienes Raíces Oficina de Servicios Profesionales Servicios Profesionales Reparación de automóviles y equipo Taller de reparación de electrodomésticos y equipos Alquiler de Autos Agencia de Seguridad Sala de bailes y Discotecas Hoteles y Aparthoteles Parque de Diversiones Hospital Veterinario Lavandería Lavamático Centro de Tratamiento Estético Salón de Belleza y barberías Cines y Teatros Facilidades de Playa Alquiler y almacenamiento de equipo deportivo Campamentos Clubes Deportivos y recreativos No 25690 Gaceta Oficial Digital, miércoles 13 de diciembre de 2006 Lavado de Autos Taller de Modistería-sastrería
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