Cinco lentes para estudiar este norma. Describen señales verificables; no califican su validez ni cambian el texto.
Sintaxis
Cómo está escrito
Carga, subordinación, condiciones y construcciones que afectan la lectura.
Mapa sintáctico
De la oración a sus funciones
Elige una oración para recorrer sus cláusulas y la función de cada fragmento.
Considerando:**
Ver la estructura en palabras 4 nodos
Oración 1· Texto
Estructura· 1 cláusula
Cláusula principal· principal
Contenido de la cláusula· Considerando:**
Lectura del mapa: las modalidades y los núcleos reconocidos tienen confianza alta; sujeto y complementos son una segmentación orientativa que siempre se coteja con el original.
6señales
3tipos presentes
5bloques señalados
766palabras · 103 oraciones
Texto
**Considerando:**
Que basándose en el ; “Sobre Me¿lihrnetif~~
y otros Productos para la Salud Humana”, el cual establece la potestad de los
importadores de solicitar a la Comisión de Libre Competencia y Asuntos del
Consumidor la revisión del Precio de Referencia Tope, el señor MANUEL
FERRER MORGAN, con cédula de identidad personal No. 8-!88-582,
representante legal de la empresa REPRICO S.A.., solicita incremento del
Precio de Referencia Tope del pioducto .BQg+DOXINA 25MG
TABLETAS MASTICABLES, registro sanitario # 44429, presentación Caja
con 1OOtabletas;
Texto
Que mediante el Decreto Ejecutivo No. 15 DDE9 de abril de 2001, “Por el
cual se establecen los Precios de Referencia Tope”, se estableció el Precio de
Referencia Tope del producto BONADOXINA 25MG TABLETAS
MASTICABLES, presentación Caja con 100 tabletas, en VEINTE
BALBOAS CON OCHENTA Y SEIS CENTESIMOS(B/.20.86) y solicitan
que sea VElNTITRES BALBOAS CON DIECINUEVE CENTESIMOS
(B/.23.19);
Texto
Que la empresa REPRICO S.A., apo& la documentación que detalla los
costos de los productos, información necesaria para poder evaluar el
aumento del Precio de Referencia Tope;
Texto
Que el artículo segundo del Decreto Ejecutivo No. 15 de 9 de abril de 2001,
“Por medio del cual se establecen los Precios de Referencia Tope de los
Medicamentos” ordena a la Comisión de Libre Competencia y Asuntos del
Consumidor la ejecución de la revisión de los Precios de Referencia Tope a
los cuales deben comercializarse los medicamentos por parte de los
distribuidores y mayoristas a travks de Resoluciones del Pleno de los
Comisionados, así como también disponer de los procedimientos que sean
necesarios para implementar las funciones encomendadas por la Ley;
N” 24,660 Gaceta Oficial, martes 15 de octubre de 2002 61
Texto
Que mediante la Resolución No. PC-24 de 19 de julio de 2001, modificada
por la Resolución No. PC-138A-02 de 9 de mayo de 2002 se estableció el
Instructivo para la Aplicación de Criterios para Evaluar las Solicitudes de
Revisión de Precio de Referencia Tope de los Medicamentos, el cual
establece entre los criterios de validación en su , lo
siguiente:
Texto
4. Aceptación del porcentaje de incremento
verificado de costos, ajustado por un criterio de
razonabilidad: Se aplica solamente a los
medicamentos importados, independientemente de
cuál sea el valor de RCV o de PI. El criterio de
razonabilidad, refleja ajustes en función de las
siguiectes situaciones:
a. ..! ......
Texto
c. el precio tope actual sea igual al precio
promedio del mercado en abril del 2001, se .
utiliza el precio calculado con los ajustes del
caso (ajustes por relación de costo) y se
investigarán los antecedentes del producto, los
cuales serán.eexados al expediente.
~!fi
Texto
.&e luego de analizada la documentación aportada, extensiones y sumas de
todas las facturas, el porcentaje de impuesto de introducción pagado, la
liquidación de aduana y comprobar los montos y asignación de costos, del
producto BONADOXINA 25MG TABLETAS ~MASTICABLES registro
sanitario # 44429, así como los Crite&os~~EvaJu&~~l&
. Solicitudes de
Revisión de Precio de Referencia Tope de los Medicamentos, se ha’podido
demostrar que el Precio de Referencia Tope debe ser ajustado de VEINTE
BALBOAS CON OCHEhiA Y SEIS CENTESIMOS (Bi.20.S6) a
VEINTITRES ,BALi3OAS CON DIECIWJEVE CENTESIMOS (B/.23.19);
Texto
Que luego de las consideraciones .antes expuestas y con el voto favorable de
la mayoría de los Comisionados;
Texto
_. ‘,1..-.-ii,‘.-.._ -.,.
3~‘s
.,,. RESUELVE:
Texto
;I _ ,’ ~^‘\
2>SERQ: i ‘; AJUSTAR el Precio de Referencia - Tope dei
BmL4DO xnil ‘A 25MG TABLETAS MASTICARLES Registro Sanitario k
44429 pre,& ‘tación Caja con 100 tabletas. a VEINTITRES BALB0.4S
,,:I~,C,$)~.pI~@ 35 JEVE CENTESIMOS (B/.23.19).
. . . .._‘r<
62 Gaceta Oficial, martes 15 de octubre de 2002 N”24,660
Texto
SEGUNDO: La empresa interesada interponer el Recurso de
Reconsideración ante el Pleno de los Comisionados. De este recurso se
puede hacer uso dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la
notificación de esta resolución.
Texto
TERCERO: Esta Resolución entrará en vigencia quince (15) días después
de su publicación en la Gaceta Oficial.
Texto
FUNDAMENTO DE DERECHO:
AJUSTAR EL PRECIO DE REFERENCIA TOPE DEL PRODUCTO BONADOXINA 25MG TABLETAS MASTICABLES.
AJUSTAR EL PRECIO DE REFERENCIA TOPE DEL PRODUCTO BONADOXINA 25MG TABLETAS MASTICABLES.
Artículo 105
**Artículo 105.** de la Ley No. 1 de 10 de enero de 200 1.
Artículo 2
**Artículo 2.** del Decreto Ejecutivo No. 15 de 9 de abril de 2001.
de 3 1 de julio de 2000.
Resolución No. PC-24 de 19 de julio de 2001 de la Comisión de Libre Competencia y Asuntos del Consumidor.
Resolución No. PC-138A-02 de 9 de mayo de 2002 de la Comisión de Libre Competencia y Asuntos del Consumidor.
NOTIFfQUESE Y CfJMPLASE,
6
Comisionado
Comisionado Comisionado
Director General en funciones de Secretario