(ESTABLECER UNA VEDA DE PESCA PARA BUQUES ATUNEROS CERQUEROS EN EL OCEANO PACIFICO ORIENTAL (OPO) A PARTIR DE LAS 0000 HORAS DEL 1 DE DICIEMBRE HASTA LAS 2400 HORAS DEL 31 DE DICIEMBRE DE 2002.)TipoResoluciónNúmero430Año2002Gaceta24688Artículos2
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2tipos presentes
3bloques señalados
766palabras · 102 oraciones
Texto
**Considerando:**
Que basándose en el , “Sobre Medicamento
y otros Productos para la Salud Humana”, el cual establece la potestad de los
importadores de solicitar a la Comisión de Libre Competencia y Asuntos del
Consumidor la revisión del Precio de Referencia Tope, el sefior LUCAS
VERZBOLOVSKIS, con cédula de identidad personal No. E-829-964,
representante legal de la empresa DROGUERIA RAMON GONZALEZ
REVILLA S.A.., solicita incremento del Precio de Referencia Tope del
producto SlRDAJXD 2MG/COMPRlMIDOS registro sanitario # R2-31995,
presentación Caja con 100 comprimidos;
Texto
Que mediante el Decreto Ejecutivo No. 15 de 9 de abril de 2001, “Poi el
cual se establecen los Precios de Referencia Tope”, se estableció el Precio de
Referencia Tope del producto SIRDALUD 2MG/COMPRlMlDOS,
presentación Caja con 100 comprimidos., a TREINTA Y CUATRO
BALBOAS CON DOS CENTESIMOS (Bj.34.02) y solicitan que sea
TREINTA Y NUEVE BALBOAS (B/.39.00);
Texto
Que la empresa DROGUERIA RAMON GONZALEZ REVILLA S.A.,
aportó la documentación que detalla los costos de los productos, información
necesaria para poder evaluar el aumento del Precio de Referencia Tope;
Texto
Que el artículo segundo del Decreto Ejecutivo No. 15 de 9 de ,abril de 2001,
“Por medio del cual se establecen los Precios de Referencia Tope de los
Medicamentos” ordena a la Comisión de Libre Competencia y Asuntos del
Consumidor la ejecución de la revisión de los Precios de Referencia Tope a
los cuales deben comercializarse los iuedicamentos por parte de los
distribuidores y mayoristas a trav6s de Resoluciones del Pleno de los
Comisionados, así como tambih disponer de los procedimientos que snecesarios para implementar las funciones encomendadas Pop la Ley;,
.
Texto
I
v24,669 Gaceta Ofícial, lunes 28 de octubre de 2002
Texto
Que mediante la Resolucibn No. PC-24 de 19 de julio de 2001, modikada
por la Resolución No, PC-138A-02 de 9 de mayo de 2002 se estab%ció el
Instructivo para la Aplicación de Criterios para Evaluar las Solicitudes de
Revisión de Precio de Referencia Tope de los Medicamentos, el cual
establece entre los criterios de validación en su ,
siguiente:
Texto
4. Aceptachh del porcentaje de incremento
verificado de costos, ajustado por un criterio dey
razonabítidad: Se aplica solamente a ~10s’
medicamentos importados, independientemente de
cuál sea el valor de RCV o de PI. El criterio de
razouabilidad, refleja ajustes en función de las
siguientes situaciones:
Texto
a. el precio Calculado es mayor que el
Precio Promedio del Mercado en abril de 2001,
se acepta este último precio.
b. . . . . . ( k
c. . . . . . .
Texto
Que luego de analizada la documentación aportada, extensiones y sumas de
todas las facturas, el porcentaje. de impuesto de introducción pagado, la
liquidación de aduana y comprobar los montos y asignach de costos, del
producto SIRDALUD 2MG/COMPRIMIDOS, registro sauitak#R2-31995,
así como los Criterios para Evaluar las Solicitudes de Revisih de Precio de
Referencia Tope de los Medicamentos, se ha podido demostrar que el Precio
de Referencia Tope debe ser ajustad? de TREINTA Y CUATRO
BALBOAS CON.DOS CENTESIMOS (B/.34.02) a TRFINTA Y OCHO
BALBOAS CON SETENTA Y CUATRO CEN’IESIMOS (B/.38.74);
Texto
Que luego de las consideraciones autes expuestas y con el voto Favorable de
la mayoría de los Comisionados;
_-. ‘I_,
,.,.r..
,/$, ‘. .” ., RESUELVE:
.?,
.‘. .L
:
PRJMERO: ./_ , AJUSTAR el Precio de Referencia TOpe del producto
SIgbkuD Z~~GIC~M~RIMIDOS Registro Sanitario W-31995,
pvsentaciói Caja con 100 comprimidos a TREINTA Y OCHO BALBOAS
I ‘. Co$ SETEN’#A Y CUATRO CENTESIMOS (B/.38.74).
,, .?
18 Gacita Ofkial, lunes 28 de octubre de 2002 N”24,665
Texto
i, “,._ .#
Texto
<. SEGUPQ& La empresa interesada podrh interponer el R& de
Recoikideración ante el Pleno de los Comisionados. De este recurso se
puede hacer uso dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a, la
notificación de esta resolución.
Texto
,,: ,, ‘.,: ~~ .,I -,,:.,
Texto
TERCERO: Esta Resolución enti en vigencia .quinw(@) dhs@spuks
de su publicacih en la Gaceta Oficial. :, ,: ;;, ii, j %.-,
‘~. .~i 3i.Ji’i I.j “‘:?,
FUNDAMENTO DE DERECHO: :t’ “’ : z.& . _; ~:,.I<.,
Artículo 105
**Artículo 105.** de 1aLeyNo. 1 de 10 de enero de 2001., ‘I;:~. :1,:;!1:?
Artículo 2
**Artículo 2.** del Decreto Ejecutivo No. 15 de 9 de abril de 2001.
Ley~38 de31 dejulio&:2000. ‘~ : .: .. !i’.!.j;
ResoluciówNo. FfC+Me l?,,de julio de 2OWde la .Comisih de Lii Competencia y .Asuntos del!.Consumidor. ;’ :. <j :
Resolución No; .PC$38A-O2. de. 9 de mayo ,&, 20:02 de la Comisión de Libre Competeecia,y Asuntos del Consumidor.: ‘7;
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,,.I NOTIFÍQUESE Y CIhfPLASE,
Comisionado
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PACIFICO ORIENTAL (OPO) A PARTIR DE LAS 0000 HORAS DEL 1 DE DICIEMBRE HASTA LAS 2400 HORAS DEL 31 DE DICIEMBRE DE 2002.)
acuerdos y convenios internacionales