Cinco lentes para estudiar este norma. Describen señales verificables; no califican su validez ni cambian el texto.
Sintaxis
Cómo está escrito
Carga, subordinación, condiciones y construcciones que afectan la lectura.
Mapa sintáctico
De la oración a sus funciones
Elige una oración para recorrer sus cláusulas y la función de cada fragmento.
Considerando:**
Ver la estructura en palabras 4 nodos
Oración 1· Texto
Estructura· 1 cláusula
Cláusula principal· principal
Contenido de la cláusula· Considerando:**
Lectura del mapa: las modalidades y los núcleos reconocidos tienen confianza alta; sujeto y complementos son una segmentación orientativa que siempre se coteja con el original.
7señales
4tipos presentes
5bloques señalados
914palabras · 112 oraciones
Texto
**Considerando:**
Qne &Andoke & el , “Sobre Medicameuto
y otros Prodtictos para la Salud Humana”, el cual establece la potestad de los
importadores de solicitar a la Comisión de Libre Competencia y Asuntos del
Consutiidor la revisión del Precio de Referencia Tope, el seíicx
CHRISTIAAN G. D,E HASETH,~ cgn cédula de identidad personal NO. 8-
205-1012, representante legal de la empresa C. G. DE HASETH Y CIA,
w 24,667~ Gaceta Oficial, jueves 24 de octubre de 2002 13
Texto
solicita mcremento del Precio de Referencia Tope del producto FLUCONAL
SOMG CAPSULAS registro sauitio # 39525, presentación Caja con’ 8
cápsulas;
Texto
Que mediante el Decreto Ejecutivo No. 15 de 9 de abril de 2001, ‘Por el
cual se establecen los Precios de Referencia Tope”, se estableció el Precio de
Referencia Tope del producto FLUCONAL .5OMG CAl?SIh%S,
presentación Caja con 8 cápsulas., en DIECIOCHO BALFOAS CON
CUARENTA CENTESlMOS (B/.18.40) y solicitan que sea VEINTIUN
BALBOAS CON VEINTICUATRO CENTESIMOS (JY.21.24);
Texto
Que la empresa C. G. DE HASETH Y CL, aportó la documentación que
detalla los costos de los productos, infoimación necesaria parkpoder evaluar
el aumento del Precio de Referencia Tope;
Texto
Que el artículo segundo del Decreto Ejecutivo No. 15 de 9 de abril de 2001,
“Por medio del cual se establecen los Precios de Referencia Tope de los
Medicamentos” ordena a la Comisión de Libre Conipetencia y Asuntos del
Consumidor la ejecución de la revisi&n de los Precios de Referencia Tope a
los cuales deben comercializarse los medicamentos por parte de 10s
distribuidores y mayoristas a través de Resoluciones del Pleno de los
Comisionados, así como también disponer de los procedimientos que sean
necesarios para implementar las funciones encomendadas #or la Ley;
Texto
Que mediante la Resoluci6n No. PC-24 & 19 de.julio de’ 2001, mudiiicada
por la Resolución No. PC-138A-02 de 9 de mayo de 2002 ose.@leci6 el
Instructivo para la Aplicación de Criteeos para Evaluar Ias Sdk&udea de
Revisih de Precio de Referencia Tope de los. Medicamentos, ,el cual
establece entre los criterios de validación en su ,numeral4, lo
siguiente: .
..
4. Aceptación del pokenthje de .,. incremento
verificado de costos, ajustado por un: criterio de
razonabilidad: Se. *aplica solamente a los
medicamentos importados, independientemente de
cuál sea ei valor de RCV o de PI. El critai~ de
razonabilidad, refleja ajustes en función de las
siguientes situaciones:
Texto
8. el precio Calculado es mayor que el
del Mercado en abril de 2001,
Texto
b . . .. . .. .
c. . . . . . . .
>-
14 Gaceta Ofícial, jueves 24 de octubre de 2002 N%,667
Texto
Que luego de analizada la documeutaci6n aportada, extensiones y sumas de
todas las hcturas, el porcentaje de impuesto de iutroduccih pagado, la
liquidación de aduana y comprobar los montos y ~ignacih de. costos, del
producto FLUCONAL. 50 MG CAPSULAS, registro sauitario # 39525, así
como los Criterios para Evaluar las Sglicitudes de Revisión de Precio de
Referencia Tope de los’Medicamkntos, se ha podido demostrar que el Precio
de Referencia Tope debe ser ahtado de DIECIOCHO BALBOAS CON
CUARENTA CENTl$WviOS (B/..l8.40) a VEINTE B+BOAS CON
CUARENTA Y CUATRO CENTESIMOS (B1.20.44);
Texto
Que’ltiégod~ las consideraciones antes expuestas y cOn el voto favorable de
~13mayoea de 109 Comisionados;
.’ ‘\ ti
, RESUELVE:
1
PRIMEiO:, ’ ’
AJUSTAR el Precio de Referencia Tope del producto
FLUCONAL 50 MG CAPSULAS Registro Sanitario # 39525, presentacibn
X Caja con 8 Cápsulas a .VEINTE BALBOAS CON CUARENTA Y
CUATRO CENTESlMOS (B/.20.44).
Texto
SEGUNDO: La empresa interesada interponer el Recurso de
Reconsideración ante el Pleno de los Comisionados. De este recurso se
puede hacer uso dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la
notificación de esta resolución.
Texto
TERCERO: Esta Resolución entrar& en vigencia quince (15) días después
de su publicación en la Gaceta Oficial.
Texto
FUNDAMENTO DE DERECHO:
AJUSTAR EL PRECIO DE REFERENCIA TOPE DEL PRODUCTO FLUCONAL 50MG CAPSULAS
AJUSTAR EL PRECIO DE REFERENCIA TOPE DEL PRODUCTO FLUCONAL 50MG CAPSULAS
Artículo 105
**Artículo 105.** de la Ley No. 1 de 10 de enero de 2001.
Artículo 2
**Artículo 2.** del Decreto Ejecutivo No. 15 de 9 de abril de 2001.
.
Resolucibn No. PC-24 de 19 di julio~de 2001 de la Comisión de Libre Competencia y Asuntos del Consumido?.
Resolución No. PC-138A-02 de 9 de’mayo de 2002 de la Comisión de Libre Competencia y Asuntos del Consumidor.
.:
NOTIFiQUESE Y CIhlPLASE, /\
Comisionado RESOLUCION RC.‘W 422-M (De 9 de septiembre de 2002)
“AJUSTAR EL PRECIO DE REFERENCIA TOPE DEL PRODUCTO FLUCONAL 150MG CAPSULAS ”
El Pleno de los Comisionados de la Comisión de Libre Competencia y Asuntos del Conhmidor, en uso de sus facultades legales, y;
**Considerando:**
DE HASETH, con cédula de identidad personal No. 8-205-1012, representante legal de la empresa C. G. DE HASETH Y CIA., solicita incremento del Precio de Referencia Tope del producto FLUCONAL 1SOMG CAPSULAS registro sanitario # 39524, presentación Caja con, 1 cápsulas ;
Que mediante el Decreto Ejecutivo No. 15 de 9 de abril de 2001, “Por el cual se establecen los Precios de Referencia Tope”, se establecib el Precio de Referencia Tope del producto FLUCONAL 150MG CApSULAS , presentación Caja con 1 cápsulas ; en SIETE BALBOAS CON OCHENTA Y NUEVE CENTESIMOS (BI.7.89) y solicitan que sea NLTEVE BALBOAS CON DIEZ CENTESlMOS (B/.9.10); -
,’
/