POR EL CUAL SE ESTABLECE LA TARIFA PARA EL COBRO DE LOS SERVICIOS TECNICOS PRESTADOS POR LA AUTORIDAD NACIONAL DEL AMBIENTE (ANAM), DURANTE EL PROCESO DE EVALUACION DE LOS ESTUDIOS DE IMPACTO AMBIENTAL.
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**ARTICULO PRIMERO:** Dejar sin efecto en todas sus partes, la Resolución de Junta Directiva No,02-98 de 22 de enero de 1998, del Instituto Nacional de Recursos Naturales Renovables (INRENARE), por medio de la cual se establece el cobro de las tarifas por los servicios técnicos que presta el Instituto Nacional de Recursos Naturales Renovables (INRENARE), actualmente Autoridad Nacional del Ambiente (ANAM), para la evaluaci6n de los Estudios de Impacto Ambiental.
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**ARTICULO SEGUNDO:** Establecer la tarifa que se pagar8 por la evaluación de los Estudios de Impacto Ambiental presentados para el desarrollo de proyectos, a la Autoridad Nacional del Ambiente (ANAM), por entidades públicas, empresas mixtas o privadas, o por personas naturales, una vez sea admitido el Estudio de Impacto Ambiental de acuerdo a la Categoría que corresponda, a saber: Para los Estudios de Impacto Ambiental Categoría I se pagará la suma total de FRESCIENTOS CINCUENTA BALBOAS CON 00~100 (~ho.00). Para los Estudios de Impacto Ambiental Categoría ll se pagará la suma total de :IL DOSCIENTOS CINCUENTA BALBOAS CON 001100 $3/.1,250.00). Para los Estudios de Impacto Ambiental Categoría III, se pagar8 la suma total de TRES MIL BALBOAS CON 001100 (B/.S,OOO.OO).
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**ARTICULO TERCERO:** Esta Resoluci6n ie hará efectiva a partir del 2 de enero del aflo dos mil uno (2001). DERECHO: Ley No.41 de 1 de julio de 1998. (General de Ambiente) ’ Decreto Ejecutivo 59 de 16 de marzo de 2000. Dada en la Ciudad de Panamá, a los. )-dias del mes de ?/f, cLLG-Lt 7% c PUBLiQUESE Y CUMPLASE ING. RICA !d R. ANGUIZOLA Administrador General
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