CAPITULO 1.
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Artículo 1Para l,osefectos del presente Reglamento, los t&minos y expresiones indicadosLeer +
**Artículo 1.** Para l,osefectos del presente Reglamento, los t&minos y expresiones indicados a continuacibn tienen el significado siguiente: 1) Accidente: Todo suceso, relacionado con la utilizach de una aeronave, que ocurre dentro del período comprendido entre el :momento en que una persona entra a bordo de la aeronave, con intención de realizar un vuelo y el momento en que todas l,as personas han desembarcado, durante el cual: aj cualquier persona sufre lesiones mortales o graves a consecuencia de: N” 24,293 Gaceta OficIaI, jueves 3 de mayo de 2001 3 hallarse en la aeronave o por contacto directo con cualquier parte,de la aeronave, incluso las partes que se hayan desprendido de ‘iaaeronave o por exposicibn directa al chorro de un reactor. b) la aeronave sufre daftos o roturas estructurales que afectan adversamente su resistencia estructural, su rendimiento o sus características de vuelo y que normalmente exigen una reparaci6n importante o el recambio del componente afectado. excepto por falla o daitos del motor, cuando el daho se limita al motor, el cobertor del motor o sus accesorios o por daflos limitados en las helices, extremos de las alas, antenas, neumaticos, frenos o carenas, pequeñas abolladuras o perforaciones en el revestimiento de la aeronave 0 c) la aeronave desaparece o es totalmente inaccesible. 2) Administrador del Aeropuerto: Es la persona designada como tal, por el Director General ‘, de la Direccibn de AeronButicaCivil, para dirigir, administrar y vigilar todas las actividades propias del Aeropuetto. 3) Aeronave: Toda maquina que puede sustentarse en la atm6sfera por’reacciones del atra que no sean las reacciones del mismo contra la superficie de la tierra. ” 4) Aeropuerto (relbdromo): Area definida de, tierra o de agua (que incluye todas sus edifknkiones, instalaciones y equipos) destinada total o parcialmente a la llegada, salida y ,~ movimiento ewup@cie~de aeronaves. ” 5) Aeropuerto Intemrcionkl: Todo aeropuerto designado por el Estado contratante en :, cuyo territorio esta situado, como puerto de entrada o salida para ‘el trfico aCreo internacional, donde se llevan a cabo los trámites de aduanas, inmigraci6it, sanidad pública, reglamentación veterinaria y fttosanitaria y procedimientos similares. Nota: VQse la Publicación de hfonaci6n AeronWica (AIPPANAMA, volumen 2,
Leer en el texto corrido, con su cita, su vigencia y sus comentarios →parte 3), para obtener información detallada con respecto al Aeropuerto It+nacional
CAPITULO Il
parte 3), para obtener información detallada con respecto al Aeropuerto It+nacional
CAPITULO Il
Artículo 2La administración, operación y mantenimiento del Aeropuerto encomendadoLeer +
**Artículo 2.** La administración, operación y mantenimiento del Aeropuerto encomendado a’la Dirección de Aeronautica Civil se regiran por las disposiciones del presente reglamento.
Leer en el texto corrido, con su cita, su vigencia y sus comentarios →Artículo 3La autoridad superior en lo que concierne al régimen interno del AeropuertoLeer +
**Artículo 3.** La autoridad superior en lo que concierne al régimen interno del Aeropuerto sera ejercida por el Administrador. @TICULO 4. En el Aeropuerto Internacional Enrique Mal&, el administrador coordinara lir rcrividndo~ de lor thalonulor da migrroibn, tdurnr, arnidnd y pollolr y tondri ,wtorldad dholpllnulr aobro lar omplwdoa do ourloquiorr da ow dopondonoln mlontrrr diohar poronar IO tnouontron protimdo ao sn OI Aoroputio, ARTICULX) 5. BI administrador del Aeropuerto, de acuerdo con las Isyoa y reglamentos vigentes y lo dispuesto por al Director Cenara1 de Aeronautica Civil, tendrA adeds las siguientes facultades: 1) Dirigir el Aeropuerto en los aspectos de administración, operachkt, seguridad y mantenimiento del mismo; 2) Supervisar, todas las actividades del Aeropuerto, incluyendo las de las empresas aereas privadas y comerciales en lo concerniente al rdgimen interno del Aeropuerto; 3) Inspeccionar todas las breas, instalaciones, hangares, equipos y edificios dentro del Aeropuerto; 4) Tener bajo su cuidado los servicios de apoyo en tierra, de puentes, de revisibn de pasajeros y equipajes y de otros servicios que se presten directamente por la administra& del Aeropuerto; 5) Velar por la seguridad y facilitacibn de las operaciones aeroportuarias y adoptar medidas para mejorarlas; 6) Suspender o cancelar, parcial o totalmente, las operaciones del Aeropuerto y solicitar se emitan los avisos para el personal de las operaciones de vuelo (NOTAMS ),respectivos; 7) Regular el tr8nsito de vehículos y la entrada de personas a las áreas controladas, autorizar la salida, llegada, como tambien asignar las posiciones a las aeronaves que así lo requieran; 8) Presidir el Comite de Seguridad y Facilitaci6n del Aeropuerto; 9) Dirigir y coordinar IOSprocedimientos que deben seguirse en caso de emergencia; mantener el Plan de Emergencia del Aeropuerto actualizado, divulgarlo y dirigir la realizacibn de los simulacros; 10) Impedir la operach de una aeronave por morosidad de su duefio, an wmepto de tarifas aeroportuarias ‘o facilidades a la navegacion aerea y por razones de seguridad; 11) Autorizar actividades especiales en el Aeropuerto en coordinacion con las dependencias involucradas; N” 24,293 Gaceta Oficial, jueves 3 de mayo de 2001 9 12) Levantar actas e Informes T&xkos sobre hechos ocurridos en el Aeropuerto y enviarlos al codirector General a fin de que 6ste imponga la sanción : .‘.,, ‘, correspondiente; 13) Cooperar con los funcionarios encargados de investigar los accidentes de aviacibn; 14) Proporcionar los medios necesarios a las autoridades judiciales en la investigacibn de los actos ilícitos que se cometan dentro del Aeropuerto; 15) Aplicar medidas disciplinarias o amonestaciones dentro de la esfera de competencia. Velar dentro del Aeropuerto que se cumplan las leyes, reglamentos y resoluciones de la Dirección de AeronAuticaCivil; 16) Suspender las operaciones de despegue y, aterrizaje en el Aeropuerto por concentración peligrosa de aves en las Areasoperativas; 17) Otras Facultades que le concedan las leyes, reglamentos y la Direcci6n de Aeronáutica Civil.
Leer en el texto corrido, con su cita, su vigencia y sus comentarios →Artículo 6El Administrador del Aeropuerto designará por escrito a la persona o personasLeer +
**Artículo 6.** El Administrador del Aeropuerto designará por escrito a la persona o personas que deban reemplazarlo en caso de ausencia. A falta de esta designación lo reempld el personal de Operaciones de turno por orden de jerarquía, en tanto la Dirección General de la Direccibn,de AeronAuticaCivil designe Unnuevo Administrador.
Leer en el texto corrido, con su cita, su vigencia y sus comentarios →Artículo 7La Torre DDEControl, do acuerdo a lar disporicionos legales vigontoa,Leer +
**Artículo 7.** La Torre DDEControl, do acuerdo a lar disporicionos legales vigontoa, controlar8 el trtisito terrestre de los vehloulos dentro de lar &resade movimiento del Aeropuerto y ,la circulac,i6nde las aeronaves dentro de las mismas. Las personas que ,trabajan o circulan en estas keas deberAn estar atentas y dar~cumplimiento a las instrucciones que emanen de esta dependencia.
Leer en el texto corrido, con su cita, su vigencia y sus comentarios →Artículo 8El control de movimiento de vehiculos, aeronaves y personas en las partesLeer +
**Artículo 8.** El control de movimiento de vehiculos, aeronaves y personas en las partes designadas como plataformas, estará también bajo la” responsabilidad del personal de Operaciones,del Aeropuerto, el cual está facultado para establecer un servicio de control en esta área de àkuerdo al transito que exista en el Aeropuerto. Deberá existir una mutua coordiiaci6n entre este personal y la Torre de Control en esta zona. :ARTICUM 9. Se requiere autorizaci6n especial q por kzrito del Administrador del Aeropuerto para realiisr las siguientes actividades: a) Entrara la parte ae.ronUica del Aeropuerto sin estar autorizado; h) Almacenar o transportar materiales o sustancias peligrosas, salvo las que estkn permitidas a transportar a las empresas akas; ‘, c) Accionar o tener injerencia con equipos o unidades de aire-acondicionado, excepto las unidades individuales en kas arrendadas; d) Portar armas de fuego en cualquier Area del Aeropuerto, excepto el personal de Seguridad Interna o aquellas personas de las dependencias o servicios autorizados por el Administrador del Aeropuerto para hacerlo; e) Colocar o distribuir afiches, carteles, tableros, pa&tos, circulares, fotos o impresos, 0~llevar a cabo campafias publicitarias por medio diferentes a los mencionados precedentes. Cuando se trate de propaganda comercial que sa establezca de forma fija se requiere ademAs de contrato o permiso de la Diiibn General de AeronButica Civil; r) Pronunciar discursos en público, propiciar o ejercer cualquier acción de tipo propagandista; g) Colocar cartas, figuras, signos, dibujos o pinturas de cualquier tipo el edificio, puertas, pendes, espigones, postes. muraNa 0 m el pavimento; h) Llevar IIcabo,wlectas de cualquia natumka ca público; ío ~ Gaceta Oficial, jueves 3 de mayo de 2001 N” 24,293 i) Presentar espectAculospúblicos, celebrar reuniones para-entretenimiento del público u organizar procesiones; j) Cantar o tocar instrumentos musicales en público; k) Ejercer algún tipo de negocio si no estA amparado legalmente medie contrato con la, Dirección de AeronAutica Civil o el acto de ofrecer servicios de amlquier natural- cbn fines de lucro personal, tales como servir de guía, porteros, mensajeros, aseadores, vendedor ambulante, buhonero, cartero, intermediario de actividades tiomerciales etc; 1) Participar, o conducir alguna demostraci6n, despliegue o reuni6n pública masiva.
Leer en el texto corrido, con su cita, su vigencia y sus comentarios →Artículo 10Para el cumplimiento de las disposiciones vigentes el Administrador delLeer +
**Artículo 10.** Para el cumplimiento de las disposiciones vigentes el Administrador del Aaropuerto podrAsolicitar el uso del,personal de Seguridad Interna, la Pokia Nacional y de otm unidades do soguridrd quo rrabajon on OI Aoropuoeo, ri Ir dturoih as! lo amerito. IOCCION a, FUNCIONAMIBNTODE LOI IEIIVICXOI CONEXOI AL AnTIcvLO íi, br lih?w, lowlclor awopomrari0l, oomo loa a#rvhlor dr Nsvrprcihl ‘m 0 rsrolonts wmAutlop~, nlvrmonto y otttinalbndq inwndlor, rb~~trolmlrnte do oombud 1 lo, rovMbn dr pnrjmc y aqulpqjr, csrgl y duou@ de wonw, taxlr, rrnv dt rutomovllo~ y otros rtwlolo~ ,Imlluor quo H hryrn sutorludo o que ttwli quo oporu dtntro dol Mropuorto, itrnaionuh dentro do1horubo do oporralonor do1Aorapuorto. ARTIcuu) 12, ~0s servicios de aduana, migraci6n, policla y, sanidad que flncionan dentro del Aeropuarro Internacional Enrique Mal&, deberAn contar con personal suficiente, en los diversos horarios, con la finalidad de facilitar el trtico de personas, equipajes y carga dentro del horario de operaciones correspondiente a cada uno de ellos.
Leer en el texto corrido, con su cita, su vigencia y sus comentarios →Artículo 13En el Aeropuerto Internacional Enrique Malek, existir8 el servicio deLeer +
**Artículo 13.** En el Aeropuerto Internacional Enrique Malek, existir8 el servicio de información al público el cual prestara los servicios al público mediante medios verbales, ~ tableros manuales, electr6nicos, monitores de televisión o altavoces.
Leer en el texto corrido, con su cita, su vigencia y sus comentarios →Artículo 14El servicio de informaci6n al ptiblico esta sujeto alo siguiente:Leer +
**Artículo 14.** El servicio de informaci6n al ptiblico esta sujeto alo siguiente: Se prohiben las llamadas de carActer personal o administrativo, salvo las que correspondan al vuelo; Se darh noticias o anuncios de real importancia directamente relacionadas con la operacibn de las aeronaves; Los anuncios serAnbreves, claros y concisos, utilizando los idiomas espaflol e ingles; En todos los CasosdeberAanteponerse la identificación de quien pide el anuncio, por ejemplo: AEROCONDOR ANUNCIA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . ..*........ SEGURIDAD RECOMIENDA ..*,...........,.............. Lwsllamadas o anuncios de UActer operativo de la Autoridad AeronAuticaserAnlo mAsbreve posible y se usarhi chdigas o claves de identificaci6n.
Leer en el texto corrido, con su cita, su vigencia y sus comentarios →SECCION 3. EMPRlkSAS Alh¿EA#, EMPRESAS DE DESPACHO DE AERONAVES Y
SECCION 4. PARTES AERONAUTICAS, PUBLICAS Y NORMAS
SECCION 3. EMPRlkSAS Alh¿EA#, EMPRESAS DE DESPACHO DE AERONAVES Y
SECCION 4. PARTES AERONAUTICAS, PUBLICAS Y NORMAS
Artículo 17Dentro de las haa aeronlluticas se diatinguon: las de acceso controlado a lasLeer +
**Artículo 17.** Dentro de las haa aeronlluticas se diatinguon: las de acceso controlado a las ,%istalacionesy las kas de movimiento. ARTICULG 18. Queda terminantemente prohibido el libre tr8nsito de personas, vehiculos y aeronaves por las partes aeronauticas. El acceso, circulacibn y permanencia por estas keas s6lo puede realizarse dando cumplimiento a las disposiciones del Capítulo !IV del prewnte reglamento. El personal que trabaje en estas kas y las personas autorizadas especialmente para ’ ingresar a ellas deben portar tarjetas de identificación. Los vehlculos en que se transite por estas kas deben contar con una tarjeta de autorización expedida para tal efecto SECCIGN 5. CONTRATOS, CONCESIONES, PERMISOS, TARIFAS Y TASAS. 12 Gaceta Oficial. iueves 3 de mavo de 2001 N” 24.293
Leer en el texto corrido, con su cita, su vigencia y sus comentarios →Artículo 19Las autorizaciones para ejercer cualquier tipo de actividades comerciales oLeer +
**Artículo 19.** Las autorizaciones para ejercer cualquier tipo de actividades comerciales o para explotar servicios de cualquier naturaleza, aeron&icos o no aeroduticos, dentro del Aeropuerto estfin sujetas, según el caso, a uWratos o concesiones celebrados 5610 con la Dirección General de Aerodutica Civil o al permiso otorgado por esta.
Leer en el texto corrido, con su cita, su vigencia y sus comentarios →Artículo 20Las dependencias e instituciones estatales que presten servicios en elLeer +
**Artículo 20.** Las dependencias e instituciones estatales que presten servicios en el Aerppuerto deben pagar alquiler por las superficies y locales que ocupen.
Leer en el texto corrido, con su cita, su vigencia y sus comentarios →Artículo 21Las empresas akreas propietarios u operadores de aeronaves deben pagarLeer +
**Artículo 21.** Las empresas akreas propietarios u operadores de aeronaves deben pagar tarifas por los diversos servicios que íes presta el Aeropuerto y por los servicios auxiliares de la navegacibn akrea. Las tarifas del Aeropuerto ,instalaciones y Servicios de Navegación Aérea deben ser pagadas antes del despegue do hlr aaronavos, excopto, en aquellos casos en los que existan provios tautrdor mtntn101opdortr y Ir Autoridad Aronh~tlar oorrwpondltntu, SECCION6. SEGURIDAD EN LAS PtiTAFORhiAS Y FACYLfTACfON DE LAS OPERACIONES AEROPORTUARIAS. ‘, ARTICULO 23. Las div,ersaaoperaciones aeroportuarias deberan realizarse en forma segura : !y en el Aeropuerto debe existir un programa de seguridad que contemple medidas preventivas y ipara actuar en casos de otiorgencias. Dicho programa debe comprender tanto aspectos de ,soguridad operacional como relativos a actos ilícitos. ;En el Aeropuerto igualmente, debe existir un programa de facilitación con el objeto de agilizar ‘loa tr8mitos de diversa naturaleza que deban efectuarse en tierra a fin de promover el desarrollo do la Aviación Civil.
Leer en el texto corrido, con su cita, su vigencia y sus comentarios →Artículo 24El funcionamiento de los servicios de aduana, migración, policía y sanidadLeer +
**Artículo 24.** El funcionamiento de los servicios de aduana, migración, policía y sanidad debe estar debidamente coordinado con la seguridad de las operaciones aeropomsrias y tambikn con la necesidad de facilitar el desarrollo de la aviaci6n civil en general y del transporte aQeo en particular. Todas ías personas y empresas que trabajan en el Aeropuerto deben colaborar con la seguridad y facilitacibn de los tr&rnitesy operaciones que se efectúen en dicho lugar.
Leer en el texto corrido, con su cita, su vigencia y sus comentarios →Artículo 25En el Aeropuerto deba existir un comité de carácter consultivo encargado deLeer +
**Artículo 25.** En el Aeropuerto deba existir un comité de carácter consultivo encargado de promover la aplicación de las medidas n&esarias para la seguridad y facilitaci6n de los trktes y operaciones aeroportusrias. Este comitk ser8 presidido por el Administrador del Aeropuerto y +I integración y funcionamiento ser8 determinado por el reglamento que se dicte al respecto. ‘ARTICULO ‘26. El Aeropuerto según es características fisicas, operacionalos y el volumen do su tr&ko establecer8 su propio sistema de control del ingreso, permanencia y circulacibn de personas, vehlculos y aoro,navos, en el cual tendrán participación ‘eI Administrador del $eropuerto, la Torre de Control, el personal de Operaciones y el de Seguridad y cuyas instrucciones serAn,en todo caso, obligatorias. N” ,24,293 Gaceta Oficial, Jueves 3 de mayo de 2001 13
Leer en el texto corrido, con su cita, su vigencia y sus comentarios →Artículo 27El Departamento de Operaciones ~op@~ari&, por razones de saturación,Leer +
**Artículo 27.** El Departamento de Operaciones ~op@~ari&, por razones de saturación, PodrA imponer, en las plataformas o en los puestoe de abordaje, limitaciones a las horas de llegada y salida de las wronaves.
Leer en el texto corrido, con su cita, su vigencia y sus comentarios →Artículo 28NO se autor¡+ previa consulta con los explotadores o agentesLeer +
**Artículo 28.** NO se autor¡+ previa consulta con los explotadores o agentes acreditados, el despegue de aeronaves,si con ello pusiese en peligro la navegación aérea o la seguridad de la aviación: a) Cuando exista amenaza de bomba y no se ha cumplido 10s procedimientos establecidos en el Plan de Emergencia; b) Cuando un pasajero documentado no aborde la aeronave, salvo que se haya bajado su equipaje; c) Cuando existan pasajeros armados a bordo y su ingreso no haya sido autorizado; d) En otros casos calificados que por razones fundadas de seguridad, determine al Administrador del Aeropuerto.
Leer en el texto corrido, con su cita, su vigencia y sus comentarios →Artículo 29Las medidas para actuar en casos de emergencias son obligatorias y debenLeer +
**Artículo 29.** Las medidas para actuar en casos de emergencias son obligatorias y deben Mar integradas en un Plan de Emergencia del Aeropuerto que contemple una organización, procedimientos generales; procedimientos especiales y anexos para enfrentar todo tipo de accidentes de aviaci6n qtie ocurran eneel Aeropuerto y en los 8 kil6metros aledaflos a Cste, contados desde el centro del mismo y otros tipos de emergencias que ocurran dentro de Aeropueno. ,Este plan debe ser divulgado ampliamente, debe mantenerse actualizado y deben realizarse asimismo ejercicios o simulacros en forma peri6dica, para fines de capacitacibn y perfeccionamiento de las normas y pro&imient&de dicho plan,~
Leer en el texto corrido, con su cita, su vigencia y sus comentarios →Artículo 30Cualqu,ierpersona que detecte una emergencia dentro del Aeropuerto estáLeer +
**Artículo 30.** Cualqu,ierpersona que detecte una emergencia dentro del Aeropuerto está obligada a comunicarlo inmediatamente a la Autoridad competente m8s cercana.
Leer en el texto corrido, con su cita, su vigencia y sus comentarios →Artículo 31La remoción de una aeronave accidentada o de sus restos debe hacerse deLeer +
**Artículo 31.** La remoción de una aeronave accidentada o de sus restos debe hacerse de inmediato por sus dueiíos, operadores o por la empresa que está a cargo de su despacho, previa autorización de las autoridades competentes. En el caso ,,de siniestros dentro del Aeropuerto y de que la operación sefialada en el p&rafo anterior no se haya efectuado oportunamente, el Administrador del Aeropuerto tiene facultades para ordenti la remocibn a cargo del duefio u operador de la aeronave, una vez que se cuente con la autorización ya mencionada. La aeronave accidentada o sus restos deben ser trasladados, a algún recinto de propiedad o a cargo del dueíto u operador de la aeronave. Cuando la aeronave o sus restos ocupen algún sitio en el Aeropuerto, su custodia estar8 a cargo de ‘suduefto u operador. Estas personas pagarhn la tarifa que cofiesponda por ocupar ilreas del,Aeropuerto, salvo que sean exceptuadas de este cobro por la ~AutoridadAeronButica,en casos calificados y fundados. Los duetlos u operadores de una aeronave accidentada son tambi6n responsabies por los daftos que esta haya producido en el Aeropuerto.
Leer en el texto corrido, con su cita, su vigencia y sus comentarios →CAPITULO III
SECCION ‘1. PARTES PUBLICAS
CAPITULO III
SECCION ‘1. PARTES PUBLICAS
Artículo 32Todas laa personas en el Aeqwttu wt&nobligadaa a:Leer +
**Artículo 32.** Todas laa personas en el Aeqwttu wt&nobligadaa a: 14 Gaceta Oficial, jueves 3 de mayo de 2001 N” 24,293 a) Comportarse de,acuerdo con los preceptos que settalan las disposiciones vigentes y : todas aquellas regulaciones emitida8 por la Autoridad Aeronautica; b) A seguir 6rdene.s emitidas por o a nombre del Administrador del Aeropuerto en forma escrita 0 verbal; c) A proveer toda información solicitada en relaci6n con las regulaciones vigentes por o a nombre del Administrador del Aeropuerto. ?! La entrada al Aeropuerto ser8 negada a aquellas personas que se componen o actúen en forma cmnraria a las obligaciónes establecidas por las disposiciones vigentes. Todos IOS funcionarios gubernamentales con funciones en -ej Aeropuerto deben estar identificados por las respectivas tarjetas que para ello otorgue la Dirección de Aeronáutica Civil, mientras duren sus funciones en el mismo.
Leer en el texto corrido, con su cita, su vigencia y sus comentarios →Artículo 33El público en el Aeropuerto sólo podrá permanecer en las partes públicasLeer +
**Artículo 33.** El público en el Aeropuerto sólo podrá permanecer en las partes públicas ~que comprenden las breas asignadas temporal o permanentemente para este objeto por el : Admlnirtrrdor del Aeropuerto. Los niitas menores de siete tios de edad, sino sst6n debidamanto wompckdar, no podrAnontnr o pormnnooaren dichos lugarra, IECCIOW 5, PARTEI AERONAUTICAII
Leer en el texto corrido, con su cita, su vigencia y sus comentarios →Artículo 34Con SI objeto de proporcionar la mbxima roguridrd a Ira personas, vehlculos,Leer +
**Artículo 34.** Con SI objeto de proporcionar la mbxima roguridrd a Ira personas, vehlculos, aeronaves, equipos, edificio8 e instalaciones, 8610 tendran acceso: a las partes aeronauticas dentro de los edificios terminales y a las plataformas: los pasajeros que van a embarcar o desembarcar de una aeronave que cumplan la8 formalidades y requisitos que exigen las norma8 y :procedimientos vigentes; el personal que cumple funciones especificas en estas Breas; el personal ‘de la Autoridad Aeronautica autorizado para cumplir funciones de supervisión; y los particulares ‘especialmente autorizado8 para trabajar en dicho8 lugares; a) A las kas de maniobras, que incluyen pista8 y calle8 de rodaje: el personal do la Autoridad Aeronkrtica especlfícamente autorizado para trabajar en dicho8 lugarer; el personal de la Autoridad Aeronautica autorizado para cumplir funciones de BupWviBi6ny los particuhtres especialmente autorizados para efectuar trabajo8 de mantenimiento del Aeropuerto; b) A otras Breas de acceso controlado; el personal que cumpla funciones específica8 en estos lugares; el personal de la Autoridad Aeronautica autorizado para cumplir labores de supervisi6n y los particulares especialmente autorizados para realizar trabajos de mantenimiento del Aeropuerto; c) En caso de emergencia podr&nhacerse excepciones a estas normas, de acuerdo a la8 disposiciones y procedimientos establecidos en el plan respectivo.
Leer en el texto corrido, con su cita, su vigencia y sus comentarios →Artículo 35En todos los casos 8etIalados en el articulo anterior, el tiempo deLeer +
**Artículo 35.** En todos los casos 8etIalados en el articulo anterior, el tiempo de permanencia del personal en parte8 aeronáuticas sera solamente el necesario para cumplir con la8 ‘funcione8que tenga encomendada8en dichos lugares, los cuales deben pre8tarse de acuerdo a la8 ,normas legales vigentes y los procedimientos establecidos en el Aeropuerto’ El personal que trabaja en Breas de maniobras o plataforma debera, en todo caso, contar con medios radiotelefónicos de comunicación. ‘,ARTICULO 36. Las tarjetas de identificación para circular por las partes aeronáuticaa del Aeropuerto ser&nvblidoa si 8on otorgado8 por el Administrador del Aeropuerto o por el penoti de seguridad que de 61depende. Sin embargo, ae& tambian vklidos los gafete8 expedido8 a IOS tripulantes por las re8pectivas línea8 aéreas regulare8 autorixada8, siempre que este personal N"24,293 Gaceta Oficial, jueves 3 de mayo de 2001 15 porte el uniforme correspondiente. La8 tarjeta8 86lo ge otorgaran a las personas que trabajen en forma permanente o que realicen trabajo8 de mantenimiento en el Aeropuerto y ,deber&nportarse en forma visible al ingresar, permanecer o circular por dichas áreas. El Administrador del Aeropuerto, en casos especiales, tratandose de líneas akreas extranjeras, puede autorizar que los tripulantes se identifiquen por otro8 medios.
Leer en el texto corrido, con su cita, su vigencia y sus comentarios →Artículo 37El acceso a los salones de espera, de las partes aeronauticas del edificioLeer +
**Artículo 37.** El acceso a los salones de espera, de las partes aeronauticas del edificio terminal, s6lo le Sera permitida a: los pasajeros, miembro8 de la tripulacibn, personal autorizado para desempeitar funciones en dicha8 &rea%el personal de superiGsi6n y cualesquiera otras persona8 aUtOriZadaespeciplménte para acceder a diihas irea8 que se sometan al servicio de revisi6n de personas y equipajes, artículo 3s El acceso de personas a las plataformas públicas debera hacerse respetando las siguientes regulaciones: a) Los tripulantes y pasajeros, para los efectos de embarque y desembarque de una aeronave, deben ingresar y circular guiados por el personal de operaciones de la línea drea respectiva, por la distancia mas corta posible, de acuerdo con las marcas que existan en dicho lugar, de manera de no obstaculiuv el tráfíw de otras aeronave8 y cuidando especialmente de no poner en peligro a los tripulantes y pasajeros; b) El personal que preste funcione8 en la8 plataformas deber8 estar específtcamente autorizado para ello, no exponerse a rie8go ni obstaculizar las maniobra8 que se realicen en dichas areas; DeberB,asimi8morespetar las instrucciones que le8 imparta el ~personalde Operaciones del Aoropüerto.
Leer en el texto corrido, con su cita, su vigencia y sus comentarios →Artículo 39El acceso de persona8 a las Breas de maniobras de’ las aeronaves, queLeer +
**Artículo 39.** El acceso de persona8 a las Breas de maniobras de’ las aeronaves, que comprende las Breasde aterrkje y rodaje, debera hacerse respetando las siguientes regulaciones: a) El personal de supervisibn, del Servicio de Salvamento y Extinci6n de Incendios y de limpieza de dichas areas deber8 tener un programa de trabajo aprobado por el Administrador del Aeropuerto y realizar BUS labores dentro del horario y dhs establecidos, salvo los casos de emergencia; b) El personal que en forma temporal tenga que efectuar trabajos de mantenimiento en esta area debe contar con uns autorixaci6n escrita del Administrador del Aeropuerto, estar previamente identificado y wntar con un carnet provisional; c) El Administrador del Aeropuerto puede, en forma especial prohibir el ingreso a dicha8 Breas a cierta8 personas que por su conducta puedan poner en peligro la operación de las aeronaves o causar des6rdenes en estos lugares. Las personas que circulan por dicho8 lugares, en todo caso deben contar wn.autorixacibn previa y para cada caso de la Torre de Control, deben estar atentas y en wmunicaci6n con 68ta y obedecer 81~8 ill8tWCiOMS o &Bdel Adm&M&r del Aeropuerto. ARTICUL.040. El embarque o desembarque de pasajeros desde cualesquiera aeronave en la cual se encuentran en funcionamiento uno o m68 motores esta prohibido, excepto que dichas operaciones se esten llevando a cabo del lado de la aeronave en que no estan en funcionamiento los motores de la misma y no sea necesario que estas personas pasen cerca de los motores en marcha. Por excepci6n, se podrkn embarcar o desembarcar pasajeros por el lado de los motores en funcionamiento con autorixacibn expresa del Administrador del Aeropuerto o del personal de turno de Operacionee. 16 Gaceta Oficial, jueves 3 de mayo de 2001 N” 24,293
Leer en el texto corrido, con su cita, su vigencia y sus comentarios →Artículo 41El embarque y desembarque de pasajeros será controlado por cadaLeer +
**Artículo 41.** El embarque y desembarque de pasajeros será controlado por cada operador, los cuales están ‘sujetosal ctimplimiento de las siguientes regulaciones: a) Mantener cerradas las puertas del edificio terminal, en los satélites y posiciones frontales; hasta t+nto no se produzca la operación de embarque o desembarque; b) Velar que nadie sin excepcibn fume en las plataformas públicas de pasajeros; c) En el aeropuerto inte,macionalhay que conducir a los pasajeros desembarcados hacia el kea de control,gubernamental de entrada y velar que los pasajeros en transito sean conducidos a,una zona internacional, que esté segregada del público en general y de los pasaje+ que llegan.
Leer en el texto corrido, con su cita, su vigencia y sus comentarios →Artículo 42EI administrador del aeropuerto, el personal de operaciones y seguridadLeer +
**Artículo 42.** EI administrador del aeropuerto, el personal de operaciones y seguridad debe-r@dar tkilidades a los diplomkicos acreditados en el país y al personal al servicio de Nacionss Unidas o de Organismo8 especializados, que tengan la calidad de diplom8ticos o de expertos de estas insti@ciones y que 8~ identifiquen con una credencial expedida por el ministerio de Relaciones Exteriores o be la organización mencionada, para que accedan a las partea aeronhuticas del edificio terminal del Aeropuerto. El acceso, permanencia y circulacibn de osta perronas en dichas kr$as 08thsuj@oigualmente a las disposiciones del presente reglamento y I Iv regul@~ionerque srdme convonisntc al Adminiatrndor del Aeropuerto,
Leer en el texto corrido, con su cita, su vigencia y sus comentarios →CAPITULO IV
SECCION 1. MOVIiiIENkb DE ,VEHICULO,S
CAPITULO IV
SECCION 1. MOVIiiIENkb DE ,VEHICULO,S
Artículo 43, Los conductore de los ~vehiculosautorizados, para embarcar pasajeros oLeer +
**Artículo 43.** , Los conductore de los ~vehiculosautorizados, para embarcar pasajeros o carga en el Aeropuerto o para circular en la pane aeron8utica del mismo deben portar y tener vigentes los documentos que exigen la8 autoridades de Trknsito y Transpone Tetiestre respecto a estos vehículo8 y est8n especialmente obligados a respetar las ospecifkaciones sobre conlrtrucci6n, operaciones, mantenimiento, higiene y aseo, comunicaciones, señalamiento, iluminacibn y revisibn, 10,sseguros y otras condiciones que determine el presente reglamento o la Autoridad Aeronhutica.
Leer en el texto corrido, con su cita, su vigencia y sus comentarios →Artículo 44El Departamento de Operaciones Aeroportuarias, Personal de SeguridadLeer +
**Artículo 44.** El Departamento de Operaciones Aeroportuarias, Personal de Seguridad Aeroportuaria y los Inspectores de Seguridad Aérea, estan facultado para inspeccionar los vehículos antes de que comiencen a operar en el área interna del aeropuerto y someterlos a las inspecciones peri6dicas que se estimen necesarias con el fin de mantener el buen desenvolvimiento de las operaciones.
Leer en el texto corrido, con su cita, su vigencia y sus comentarios →Artículo 45Todo automóvil que ingrese al aeropuerto deberá estar en perfecta condicionesLeer +
**Artículo 45.** Todo automóvil que ingrese al aeropuerto deberá estar en perfecta condiciones mecánicas y los conductores de los vehicutos seiialados en los artículos anteriores deberán tener vigentes los permisos de conducir expedidos por la autoridad competente y someterse además a los cursos, revisiones y exigencias que determine la Autoridad Aeronautica.
Leer en el texto corrido, con su cita, su vigencia y sus comentarios →Artículo 46Los autobuses destinados al transporte de pasajeros est&nsujetos además aLeer +
**Artículo 46.** Los autobuses destinados al transporte de pasajeros est&nsujetos además a las siguientes exigenci,as: 4)~ Taner al meno8 una puerta de emergencia, Si su capacidad es superior a 40 pasnjeroa deben tener al menos do8 puonae d&emergencia; b) Estar provieto de un letrero de fondo blanco y letras rojas que diga: “NO FUMAR”; 4 Tener dos espejos retrovisores; ,, ,, / :,,., / ,/. .; ,,~,~,.. N” 24,293 Bacetn Oflclsl, Jueves 3 de maye de 2001 17 d) Coku con un extintor de polvo qulmico ecc~ de al menol doce kilogramo8 o au equivalente; a) Eatu pcoviato de iluminaci6n interior, f) Estar en perfecta condicionos moeinicaa.
Leer en el texto corrido, con su cita, su vigencia y sus comentarios →SECCION 2. PARTES PUBLICAS.
SECCION 2. PARTES PUBLICAS.
Artículo 47El acceso, permanencia y circulacibn de vehlculos en les partes públicas delLeer +
**Artículo 47.** El acceso, permanencia y circulacibn de vehlculos en les partes públicas del Aeropuerto estarkn sujetos alas siguiontosdisposiciones: a) El transito de vehlculos, destinados al transporto público, para personas o carga hacia el Aeropuerto os libre; b) El estacionamiento de los vohiculos debe hacerse en los lugares públicos establecidos para dicho efecto; c) Los particulares pueden transportar en sus propios vehiculos a las personas que han venido a buscar al Aeropuerto o la carga que han venido a recoger; d) Los particulares pueden tarnbien hacer uso libremente de los vehículos de las arrendadoras de autom6viles, taxis de alquiler y otros servicios de transporte público, permanentes o especiales, autorizados para embarcar pasajeros o recoger carga en et Aeropuerto,
Leer en el texto corrido, con su cita, su vigencia y sus comentarios →Artículo 48El embarque de personas o de carga en- el Aeropuerto que no esteLeer +
**Artículo 48.** El embarque de personas o de carga en- el Aeropuerto que no este autorizado, según se determina en el srtículo anterior, queda terminantemente prohibido y sujeto a sancibn. ,~.~~
Leer en el texto corrido, con su cita, su vigencia y sus comentarios →Artículo 49Los vehículos que permanentemente o en forma especial est&nautorizadosLeer +
**Artículo 49.** Los vehículos que permanentemente o en forma especial est&nautorizados para prestar servicios de transporte público y embarcar pasajeros y carga dentro del Aeropuerto estan sujetos,a contrato, concesiones o permisos y al cumplimiento de las regulaciones que emita al respecto la Direccion General de Aeronautics Civil. El Administrador del Aeropuerto esta tambien autorizado para conceder permisos para el transporte terrestre de pasajeros o de cerga en vuelos especiales. En aquellos casos como los servicios de correo, ambulancias, carros de custodia bancarias y otros se coordinar6 con el Administrador, para su debida autorizacibn.
Leer en el texto corrido, con su cita, su vigencia y sus comentarios →Artículo 50El conductor de un vehículo no deberá dejarlo en el Aeropuerto PorLeer +
**Artículo 50.** El conductor de un vehículo no deberá dejarlo en el Aeropuerto Por períodos superiores a las 48 horas, excepto cuando este: a) Pertenezca a cualquiera de las empresas establecidas en el Aeropuerto y es usado en menesteres de naturaleza operacional; b) Cuando el conductor del mismo haya salido del Aeropuerto por vía aka y no baya regresado del referido viaje; c) Cuando exista un permiso escrito del Administrador del Aeropuerto.
Leer en el texto corrido, con su cita, su vigencia y sus comentarios →SECCION 3. PARTES AJZRONAUTICAS
SECCION 3. PARTES AJZRONAUTICAS
Artículo 51El tr8nsito de,vehlculos en las partes aoronauticas debe respetar:Leer +
**Artículo 51.** El tr8nsito de,vehlculos en las partes aoronauticas debe respetar: a) Las disposiciones del presente Reglamento; b) Las instrucciones que, según el caso, emanen del Administrador del Aeropuerto, del personal que de Cldependa y de la Torre de Control; c) Las marces y señales del sistema do gula y control del movimiento en supeficie, d) En general, la circulacibn debo realizarse de manera de no poner en peligro a las personas, aeronaves, otros, vehiculos, equipos, instalaciones y uiiftcios del Aeropuerto. :lR Gaceta Oficial. iueves 3 de mavo de 2001 N” 24,293
Leer en el texto corrido, con su cita, su vigencia y sus comentarios →Artículo 52El acceso, permanencia y circulacibn en las breas de movimiento sólo leLeer +
**Artículo 52.** El acceso, permanencia y circulacibn en las breas de movimiento sólo le ,serk permitido a los vehículos autorizados por el Administrador del Aeropuerto y que :pertenezcana las siguientes categorías: a) Vehiculos de la D,irecci6nGeneral de Aeronáutica Civil destinados, según el caso, a la operaciQ, seguridad, supervisión y mantenimiento de las aeronaves y del Aeropuerto; b) Vehículos dé las entidades gubedentales que tengan que transportar persona1 que cumple funciones de supewisi6n en dichas kas; c) Vehículos que presten permanentetietite apoyo a la operación, embarque o desembarque de aeronaves; ,d) Otros vehículos autOrizadosespecialmente para circular por dichas áreas por razones de trabajo especifico o pamtinentok de mantenimiento en el Aeropuerto; e) V&kulos autorizados para ingresar an caso, de emergencia. Las autorizaciones que H wpidsn rl ti@rato deben hawrra por ewito y snln sujetar, cn todo ca60, a IU rqulroio~r que ynuwn dtl AdminiMdor dol Aeropuerto y puodtn, rn cualquier momento,dojrnr 11nafbto por ruonw finMus Anllcum 48, El eiwlonrmltnto da whloulob on In plrtdmw 1610anl ,prrmltldo tn lar dpltfll@r 01101: r) Cuando utdn pratando dlrtctrmrnte rpoyo a Ir optrroidn, tmbuque o dwembuque de una aeronave; b) Cuando so hayan designado lugares especiales de estacionamiento para vehlculos que cumplen fbnciones en estas kas. Ser& responsabilidad do cada propietario u operador la vigilancia y cuidado de sus vehlculos. Los vehículos autorizados debe&, en todo caso, tener activados sus frenos de emergencia y/o dispositivos de bloqueo de rueda%.
Leer en el texto corrido, con su cita, su vigencia y sus comentarios →Artículo 54LOS ,vehículos y equipos de apoyo a la operacibn, embarque oLeer +
**Artículo 54.** LOS ,vehículos y equipos de apoyo a la operacibn, embarque o desembarque de aeronaves deben ser removidos inmediatamente de las plataformas una vez que ,hayan cumplido su función 0 cuando la aeronave haya salido de dichas áreas. Dichos vehículos deben estacionarse en los lugares que se les hayan asignado para tal efecto. o bien deben evacuar ‘Iazona.
Leer en el texto corrido, con su cita, su vigencia y sus comentarios →Artículo 55, Las siguientes categorías de aeronaves, vehículos o personas que usenLeer +
**Artículo 55.** , Las siguientes categorías de aeronaves, vehículos o personas que usen cualesquiera de las partes aerotiuticas, tienen prioridad en el ingreso y circulación por las @mas en el siguiente orden de prioridad: a) Aeronaves en rodaje, así como aquellos vehículos del personal de Operaciones que cumple funciones en plataforma; b) Vehículos del Servicio de Salvamento y Extinción de Incendios; c) Pasajeros provenientes a pie de o hacia las aeronaves y otros Caminantes; d) Aeronaves empujadas por medio de una mula mecknica; e) Partes mbviles de los puentes aéreos; f) Vehículos de transporte de combustible, que deben mantener activada, en todo momento, la luz do destello do peligro; g) Otros vehlculos autorizados. En los casos de emergencia tienen prioridad de movimiento sobre las demk categorías mencionadas, los vehfculos del Servicio de Salvamento y Extinción do Incendios. N”24,293 Gaceta Oflcial, Jueves 3 de mayo de 2001 19
Leer en el texto corrido, con su cita, su vigencia y sus comentarios →Artículo 56La transportacibn do los pasajeros de aeronaves en vohiculos en las BreasLeer +
**Artículo 56.** La transportacibn do los pasajeros de aeronaves en vohiculos en las Breas de movimiento ~510se permito en aquellos casos en que el Administrador del Aeropuerto haya concedido un permiso especial al respecto.
Leer en el texto corrido, con su cita, su vigencia y sus comentarios →Artículo 57El ingreso, permanencia y circulaci6n de vohlculos por keas deLeer +
**Artículo 57.** El ingreso, permanencia y circulaci6n de vohlculos por keas de movimiento dol Aeropuotio roquioro la autorizaci6n dol Administrador del Aeropuerto la que debo indicar si SI vehlculo respectivo dobo contar con equipo radiotolofbniw. Los vohlculos que osten autorizados para circular por calles de rodaje y pistas de aterrizaje, en forma pormanento, debon contar con estos oquipor.
Leer en el texto corrido, con su cita, su vigencia y sus comentarios →Artículo 58Las seflales quo utiliwa cada vehlculo quo opero en Breas do movimientoLeer +
**Artículo 58.** Las seflales quo utiliwa cada vehlculo quo opero en Breas do movimiento deben consistir en: a) Combinaci6n do colores, blanco y rojo y que contrasten bien! con los vohlculos que se movilizan en el Areade movimiento; b) Banderas cuadradas de noventa centímetros de lado y cuadrados de no monos de treinta centímetros do ancho de colores rojo y blanco; c) Luces rotativas de destello de color Ámbaro rojo colocadas en la parte superior del vehiculo. En las autorizaciones que se expida para circular por las breas de movimiento debe& indicarse la o las condiciones que debe cumplir cada vehlculo en materia de senales. ARTICULO~59.~: ,W uso, de~~vehículoscon maquinas de wmbustion~dentro de los edificios est8 prohibido; salvo los casos en que así lo haya autorizado el Administrador del Aeropuerto.
Leer en el texto corrido, con su cita, su vigencia y sus comentarios →Artículo 60Los vehículos abastecedores de combustibles debe& poseer por lo menosLeer +
**Artículo 60.** Los vehículos abastecedores de combustibles debe& poseer por lo menos dos lamparas rotativas de color rojo a ambos lados del vehículo, las que se ubicskr en la parte mas alta de la cabina del vehículo. Estos vehículos deberán poseer adem&, por lo menos, dos lámparas tipo intermitentes en la parte de atrás del vehículo y del remolque, las que seran de color rojo.
Leer en el texto corrido, con su cita, su vigencia y sus comentarios →Artículo 61Las unidades de planta externa de poder, sin perjuicio de cumplir con lasLeer +
**Artículo 61.** Las unidades de planta externa de poder, sin perjuicio de cumplir con las disposiciones que les corresponden de este capítulo, están adem&ssujetos a las siguientes disposiciones: a) Sólo serh estacionados a una distancia de por lo menos tres mmetrosde frente o de lado,de la nariz de la aeronave y si esto no es posible debido a la ubicaci6n de los puntos de wnexibn, a la misma distancia de frente o atras de la punta de ala izquierda o derecha de la aeronave; b) Queda terminantemente prohibido reabartecerlos de combustible mientras éstos se encuentren en operación; c) Cuando lleven un generador con motor de wmbusti6n, debe& poseer un dispositivo de guarda-chispas en el escape del motor. El escape de referencia no debera ser dirigido en direcci6n al suelo. d) Debe& estar equipados con un freno de mano o con algún otro’dispositivo de similar caracteristica. El uso de estos dispositivos se hace obligatorio en el estacionamiento de estos vehículos.
Leer en el texto corrido, con su cita, su vigencia y sus comentarios →Artículo 62Todos los vehículos que circulen en las breas de movimiento delLeer +
**Artículo 62.** Todos los vehículos que circulen en las breas de movimiento del aeropuerto deben cumplir las siguientes disposiciones: 20 Gaceta Ofkial, jueves 3 de mayo de 2QOl N” 24,293 4 La velocidad ,110puede exceder de veinte millas o treinta y dos kilómetros por hora un las plataformas y keas de maniobras y de c@co millas ti ocho kilómetros por hora en las platafomtas cutio se encuentre dentro dek+ulo de se&uidad de las aeronav&; 4 El manejo desordarado, los virajes, ~leracio~s &enajes bruac& estAnprohibid, cl Las luces delanteras y traaera8 deben mant- en*% entre la pueata y la salida del sol y cuando la visibilidad sea inferior 8 quinientos metros; 4 La tarjeta que autoriza para circular por estas’keas debe mantenerse visible ,en todo momento, en el parabrisa del vehiculo; el El buen mantenimiento de las vndici&es mec8nicas y ekxricae es de responsabilidad permanente de los duefioso conductores de los vehículos. ‘ARTICULO 63. A fin de evitar una circulacibn desordenada de vehkulos proveedores de :tiercancía 0 carga a las aeronaves y que no pertenezcan a ningún operador del Aeropuerto, se ~@tablecenlas siguientes normas: ‘a) Todos 106camionss que deban ingnwnra las plataformas para p~ovw de mercancías, oar$t~o dwga de las aaronW#, d&en catar acompalkado~permancnrtementspor u1 @F#UntMta $0 h empfesr qua sorrpaponda, el cual deb& 08nooar a !bndo 11s roplkolonrr do! pnwntt Reglunrn!e; b) Lar armlenn 1610ingrsurln I 181plrtrfbwn cuando w vaya a MU Ir operaoibn de sarga de la utinati; c) Todo camibn que vnya a ingresar n le, plataformas entro lar hora8 comprendidas entre la puesta y IÜsalida del sol, deber6 poseer en el techo de ,la cabina de controles una “-iüz rotativa o de destellos de color bmbar; d) El ingreso de cualquier camibn a las plataformas de pasajeros, sólo se har8 una vez obtenida la autorización del personal de operaciones; dicho personal se reserva el derecho de imponer restricciones o suspender el ingreso del camión si observa que no se encuentra en buenas condiciones de operaci6n; ,ARTICULO 64. El acercamiento a cualquiera aeronave, que acabe de llegar o que este ,estacionada en cualquiera plataforma, hasta una corta distancia sólo podrá efectuarse luego de ‘,quese hayan previsto las siguientes condiciones: a) Que los motores de la aeronave se hayan apagado; b) Que los calzos pararruedas se hayan colocado. Queda prohibido conducir cualquier clase de vehículo entre la aeronave y el sefialero que en ese honiento este llevando a,cabo funciones de guía para el estacionamiento o salida de la misma, o ubicar equipo de tal manera que pueda perturbar al seílalero que ese momento desempeñe SUS labores.
Leer en el texto corrido, con su cita, su vigencia y sus comentarios →Artículo 65No se permitirá la circulación de vehículos entre las aeronavesLeer +
**Artículo 65.** No se permitirá la circulación de vehículos entre las aeronaves &tacionadas en la plataforma de pasajeros en las posiciones de k%tacionamientoy el edificio terminal, salvo en casos especiales y autorizados por el Administrador del Aeropuerto o por el personal de Operaciones. +wiCULO 66. Todos los vehículos y material rodante deber8. dejarse adecuadamente frenado y donde sea necesario, con cakos, para minimizar el riesgo de movimiento bajo los efectos de chorro de reactores o estela de hblices.
Leer en el texto corrido, con su cita, su vigencia y sus comentarios →Artículo 67El explotador o su agente acreditado, tiene la responsabilidad del guiadoLeer +
**Artículo 67.** El explotador o su agente acreditado, tiene la responsabilidad del guiado de pasajeros a trav6s de las plataformas. N” 24,293 Gaceta Oflclal, Jueves 3 de mayo de 2001 21
Leer en el texto corrido, con su cita, su vigencia y sus comentarios →Artículo 68La oficina de Operwionea del Aeropuerto y los explotadores debe&Leer +
**Artículo 68.** La oficina de Operwionea del Aeropuerto y los explotadores debe& notificar a los parajeros y al perional del Aeropuerto robre el riesgo en IaBplataformar de los chorros de reactores, o8tela o torbellinos de las h6lice8, estelas o torbellinos de los rotores de ,helic&pteror.
Leer en el texto corrido, con su cita, su vigencia y sus comentarios →Artículo 69Servicio de guiado en tierra. Dentro del Aeropuerto, donde estln siendoLeer +
**Artículo 69.** Servicio de guiado en tierra. Dentro del Aeropuerto, donde estln siendo utilizados vehlculoa de guiado en tierra ( “slgame “), los conductores deben haber recibido las ordenes locales y estar adecuadamente entrenados en el uso y procedimientos radiotelefónicos, seNalesvisuales, velocidades de rodaje y distancias correctas entre aeronave y vehículo.
Leer en el texto corrido, con su cita, su vigencia y sus comentarios →SECCION 4. CONDUCTORES DE VEHfCULOS EN ANCAS DE
SECCION 4. CONDUCTORES DE VEHfCULOS EN ANCAS DE
Artículo 70En el Breade maniobras, la Torre de Control de aer6dromo es responsableLeer +
**Artículo 70.** En el Breade maniobras, la Torre de Control de aer6dromo es responsable del control de movimiento de vehiculor en el Brca,demaniobrar.
Leer en el texto corrido, con su cita, su vigencia y sus comentarios →Artículo 71Los vehículos que operen lobrs el &ea de maniobras deben estarLeer +
**Artículo 71.** Los vehículos que operen lobrs el &ea de maniobras deben estar equipados con radiotel6fono enlazado, por el canal apropiado, o escoltados de cerca por otro vehlculo que vaya dotado de dicho equipo.
Leer en el texto corrido, con su cita, su vigencia y sus comentarios →Artículo 72Los vehículos circularan:Leer +
**Artículo 72.** Los vehículos circularan: a) En el área de maniobras sólo por autorizaci6n de la Torre de Control de aer6dromo; b) En la plataforma 5610por autotizaci6n de la jefatura de Operaciones de Aeropuerto.
Leer en el texto corrido, con su cita, su vigencia y sus comentarios →Artículo 73LOSconductores de vehiculos deberAnestar perfectamente familiarizados’Leer +
**Artículo 73.** LOSconductores de vehiculos deberAnestar perfectamente familiarizados’ con: a) Los procedimientos radiotelef6nicospertinentes; b) La terminología ,y frases utilizadas en control de transito aéreo para el movimiento de vehículos en la superficie; c) La significaci6n de las sehales visuales del aeropuerto, con particular énfasis sobre las destinadas a prevenir la transgresión inadvertida de piaras activas; d) La geograSa del aeropuerto; El “reglamento de conducción” relativo a los vehículos (reglamento de transito terrestre) y La necesidad de no violar las áreas restringidas asociadas a instalaciones de radionavegación.
Leer en el texto corrido, con su cita, su vigencia y sus comentarios →Artículo 74El conductor de un vehículo que circule en el area de movimiento cumpliráLeer +
**Artículo 74.** El conductor de un vehículo que circule en el area de movimiento cumplirá todas las instrucciones obligatorias impartidas por la torre de control de aerbdromo mediante sehales 0 luces.
Leer en el texto corrido, con su cita, su vigencia y sus comentarios →Artículo 75El conductor de un vehículo dotado de equipo de radii establecerALeer +
**Artículo 75.** El conductor de un vehículo dotado de equipo de radii establecerA radiocomunicación satisfactoria en ambos sentidos con la torre de control de aeródromo antes de entrar en el area de maniobras y con la oficina de operaciones del aeropuerto antes de entrar a la plataforma. El conductor mantendrá continuamente la escucha en la frecuencia asignada mientras’se,encuentre en el área de movimiento.
Leer en el texto corrido, con su cita, su vigencia y sus comentarios →Artículo 76Los conductores no podrkn abandonar un vehículo que se encuentre conLeer +
**Artículo 76.** Los conductores no podrkn abandonar un vehículo que se encuentre con los motores en marcha o se encuentre descompuesto.
Leer en el texto corrido, con su cita, su vigencia y sus comentarios →Artículo 77Los conductores de los vehículos est4n obligados a exhibir y entregarLeer +
**Artículo 77.** Los conductores de los vehículos est4n obligados a exhibir y entregar documentos al personal de Operaciones o de Seguridad del Aeropuerto que así lo requiera, los cuales pueden retenerlos en caso de infracci6n. 22 Gaceta Oficial, jueves 3 de mayo de 2001 N” 24,293 :En el caso,de que un conductor maneje, en estado de embriaguez o sujeto a la acción de drogas o ‘hay causado lesiones o la muerte a una persona, el personal de seguridad podrh detenerlo y entregarlo a las autoridades competentes para que se realicen las investigaciones y pruebas que requiera la ley. Los vehículos que hayan causado lesiones a las personas o da& a las ,aeronaves, otros vehículos, instalaciones y edificios del Aeropuerto pueden ser retenidos y :puesto a disposici6n.de las autoridades judiciales competentes. ~ARTIcuLo 78. Todo Qehículoo persona que ingrese al &reaast&il del Aeropuerto por una ,garita o puerta de control, podr8.ser sometido a registro por parte de las unidades de Seguridad ,Aeroportutia, de manera aleatoria o sist~Atica. Dicho registro podrA efectuarse tanto a la ,entrada como a la salida del ka. Atvl%x&Q RI, ka BBFonIIVBs que optns OR el AoFopu~o kwllclei@nal EnFiqu0 M&I&, dabtn ttnr 81 oerrihdo da mtrloulr y tl aoniflardo da rormavc~bilidrd rl dlr, adamia, todo, lar dtmh doaumtntol qur mlgen la dhpodolonrr Ir& vlgtnto, ancontruw en oondiciones de raronrvegrbllldrd y lon plloto~ u operadores de las mlrmas deben cumplir las ” notina legales vipntes y lae,disposiciones del presente Reglamento.
Leer en el texto corrido, con su cita, su vigencia y sus comentarios →Artículo 80Los pilotos u operadores de las aeronaves deben dar estricto cumplimientoLeer +
**Artículo 80.** Los pilotos u operadores de las aeronaves deben dar estricto cumplimiento a las instrucciones emanadas, según el caso, por la Torre de Control o el personal de Operaciones relativas al estacionamiento, asignaci6n de posiciones, arranque de motores, remolque, rodaje, prueba de maquina, despegue, aterrizaje o mantenimiento. Sin perjuicio de ello, las personas sefialadas en el párrafo anterior deberán estar atentas y seguir las señales de guía y control del movimiento en superficie.
Leer en el texto corrido, con su cita, su vigencia y sus comentarios →Artículo 81Ninguna persona interferirA0 manipular6 una aeronave que se encuentreLeer +
**Artículo 81.** Ninguna persona interferirA0 manipular6 una aeronave que se encuentre en el Aeropuerto ni pondrA en marcha los motores de la misma sin el consentimiento del operador de dicha aeronave.
Leer en el texto corrido, con su cita, su vigencia y sus comentarios →Artículo 82Las aeronaves para poder operar en el Aeropuerto deben estar provistas deLeer +
**Artículo 82.** Las aeronaves para poder operar en el Aeropuerto deben estar provistas de un aparato de comunicacibn radiotelefónica en dos sentidos, salvo, los casos en que lo haya autorizado la Torre de Control o en casos de emergencia. Cuando no exista este servicio, la autorizacibn puede ser expedida por el personal de Operaciones. AI¿TJCULO 83. Cuando las Areasde movimiento no estén habilitadas para la operación o ‘~ estacionamiento de aeronaves esta circunstancia se comunicar8 de inmediato a los operadores a travks de los servicios de información aeronAutica,los cuales deben emitir los NOTAMS que ,’ sean necesarios.
Leer en el texto corrido, con su cita, su vigencia y sus comentarios →Artículo 84Las aeronaves que se muevan por sus propios medios o remolcadas, segúnLeer +
**Artículo 84.** Las aeronaves que se muevan por sus propios medios o remolcadas, según el caso, en la pista de aterrizaje, calles de rodaje y plataformas mantendrkn activadas sus luces de navegación, en las horas emprendidas entre la puesta y salida del sol y cuando la visibilidad sea : inferior a quinientos metros (500 metros). N” 24,293 Gaceta Oficial, jueves 3 de mayo de 2~1 LJ ARTICIJLQ 85. Toda aeronave estacionada en cualesquiera de las plataformas, que est6 lista para partir o a ser transferida a otro lugar dentro de las Amasdel Aeropuerto, deberá activar las luces ami-colisión antes de iniciar su rodaje. Todo tipo de trafico, incluyendo a caminantes, pasajeros y empleados del Aeropuerto que se encuentren cercanos a la misma,, deben estar atentos con el tin de estar prestos a movilizarse rApidamente.
Leer en el texto corrido, con su cita, su vigencia y sus comentarios →Artículo 86Para poner en marcha los motores de una aeronave debe darseLeer +
**Artículo 86.** Para poner en marcha los motores de una aeronave debe darse cumplimiento a los siguientes requisitos: Contar a bordo con un piloto o mecánico que tenga licencia y esté habilitado para operar la misma; Tener calzos para ruedas y mantener activados sus frenos, salvo que el personal de Operaciones acepte expresamente otros procedimientos igualmente seguros; Evitar que,las hélices o el chorro proveniente de sus motores pueda causar daños a personas o cualquier tipo de bienes. Si lo mencionado anteriormente no es posible la aeronave debe ser remolcada hasta un lugar seguro y entonces poner sus motores en marcha.
Leer en el texto corrido, con su cita, su vigencia y sus comentarios →Artículo 87Es prohibido mantener cualquier tipo de aeronaves dentro de los hangaresLeer +
**Artículo 87.** Es prohibido mantener cualquier tipo de aeronaves dentro de los hangares con los motores en funcionamiento o arrancar los mismos dentro de estos. No estA permitido tampoco dejar sola, en cualquier Area, cualquier tipo de aeronave que se encuentre con sus motores en funcionamiento. ARTICULO, 88. Los helicbpteros deben aterrizar, estacionarse y despegar en las Breas específicamente detenninadas~ para ello por la Torre de Control, en coordinación ~con el Departamento de Operaciones. Mientras se encuentren estacionados deberAnmantener activados ,’ sus tienos y dispositivos de bloqueo del rotor principal.
Leer en el texto corrido, con su cita, su vigencia y sus comentarios →Artículo 89Los vuelos especiales que se sehalan a continuaci6n estAn sujetos a lasLeer +
**Artículo 89.** Los vuelos especiales que se sehalan a continuaci6n estAn sujetos a las autorizaciones y requisitos siguientes: La practica de despales y aterrizajes, las aeronaves que despeguen asistidas por cohetes y los despegues y aterrizajes de aeronaves sin motor requieren de previa coordinación con laa Direcciones de Seguridad Aerea y Navegacibn Aerea, las cuales podrAn determinar las condiciones,en que pueden efectuarse; Los vuelos de los alumnos pilotos están sujetos también a las aotoridadet mencionadas, a las limitaciones que establecen las licencias respectivas y demAscondiciones que sehale la Direcci6n de Aeronáutica Civil.
Leer en el texto corrido, con su cita, su vigencia y sus comentarios →SECCION 2. REMOLQUE Y RODAJE.
SECCION 2. REMOLQUE Y RODAJE.
Artículo 90El remolque de una aeronave debe estar bajo el control absoluto de la o lasLeer +
**Artículo 90.** El remolque de una aeronave debe estar bajo el control absoluto de la o las personas a cargo de esta operacibn y en ningún caso se podrA exceder una velocidad de diez mtllas o dieciseis kilbmetros por hora. Las personas a cargo de esta operación deberán estar atentas a las instrucciones impartidas por la Torre de Control a traves de una comunicación radiotelefónica o si ésta falla, por medio de laa settales luminosas. A falta de Torre de Control debe& seguirse las instrucciones del personal de Operaciones que pueden ser dadas por los mismos medios senalados anteriormente. ARI-ICULO 91. El mecAnicoencargado que recibe, despacha o gaaea una aeronave debe tener licencia’tipo uno (1) y cada aeronave al momanto del empuje en retroceso, debe tener un mínimo de dos mecAnicoscon licencia y sus respectivoa seftaleroaen la punta de las alas. 24 Gaceta Oficial, jueves 3 de mayo de 2001 N” 24,293 ~ARTICULO 92. El personal de plataforma que utiliza los vehículos y demás equipos de soporte dehe tener licencia de conducir y conocimiento del equipo que estan operando. ‘ARTIcuI.o 93. Las empresas de transporte ateo regular y no regular, asi como las empresas de despacho de aeronaves, establecidas en el Aeropuerto estan en la obligaci6n de tener una o mas equipos, de su propiedad o rentados, para el remolque de aeronaves o bien, contratar estos servicios con otras empresas que cuentan con estas facilidades. :ARTICULO 94. Toda aeronave que inicie su rodaje a través de las plataformas, hacia o desde las posiciones de estacionamiento, lo harA~510a uaves de las líneas de guía para el rodaje ,y en la direccibn que éstas indiquen o que haya dispuesto la Torre de,Contml del Aeropuerto Enrique Malek en coordinacibn con el personal de Operaciones Aeroportuarias. Cuando exista servicio de control de plataforma deberán respetarse ademas las instrucciones del personal de Operaciones del Aeropuerto que este a cargo del mismo. artículo 99 , Lu vlr, do rodrje da r~oronava~deben mrntonar~e libro8 da curlquior otro tlpo de trilloo u obdcubm Cuando IaBumnavo8 se enwontren en rodajmj previa autorización de Ir torre de control que @ti gulrdrr por algún vehloulo gula del personal de Operaciones-del Aeropuerto, dicho vshlculo deberi mantener activada en todo momento la luz rotativa de color Ambar en el techo del mismo. artículo 96 Las aeronaves que lleguen al Aeropuerto deben se guiadas por la Torre de Control en tal forma que queden bajo su absoluto control visual y luego deberAnser guiadas por este servicio a través de las líneas guía para el rodaje hasta la posición de estacionamiento asignada por el personal de operaciones. Las aeronaves que salen, una vez obtenido el permiso para iniciar el rodaje, lo harAnde las lineas de guía, por la ruta mas corta’posible que conecte con las calles de rodaje más cercana a la pista asignada por la misma Torre de Control del Aeropuerto. La velocidad de rodaje de las aeronaves no pueden ser excesivas y deberán rodar a no más de 30 kil6metros por hora, (18 millas). Como norma general, no estApermitido el rodaje por las pistas de despegue y aterrizaje, a menos que no existan calles de rodaje, que éstas se encuentren fuera de servicio por razones de emergencia, mantenimiento y otras causas de fuerza mayor. ARTlCULO 97. El despegue y aterrizaje de aeronaves sólo podrán hacerse en las pistas asignadas para este efecto por la Torre de Control y el personal de Operaciones Aeroportuatias se encargara de revisar que la pista y las calles de rodajes están libres de obstáculos y así evitar cualquier afectacibn a las operaciones en el aeropuerto. Estas maniobras deberán además efectuarse dentro de ,los tramos asignados permanentemente o en forma transitoria para estos efectos. ‘Los despegues y aterrizajes en otros lugares serAn sancionados de conformidad con las disposiciones legales vigentes y del presente Reglamento a menos que se trate de situaciones de emergencia.
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