Artículo 1Esta Ley tiene por objeto fijar las líneas de base a partir de las cuales se mide la anchura del mar territorial de la República de Panamá en el litoral del mar Caribe y del océano Pacifico.Leer +
**Artículo 1.** Esta Ley tiene por objeto fijar las líneas de base a partir de las cuales se mide la anchura del mar territorial de la República de Panamá en el litoral del mar Caribe y del océano Pacifico.
Leer en el texto corrido, con su cita, su vigencia y sus comentarios →Artículo 2Las siguientes coordenadas constituyen la línea de base a partir de la cual se mide la anchura del mar territorial de la República de Panamá en el litoral del mar Caribe: PUNTO COORDENADAS GEOGRÁFICAS WGS-84 LATITUD NORTE LONGITUD OESTE LBC-00 9º 34´ 20.440" 82º 33´ 41.979" LBC-01 9º 27´ 38.944" 82º 18´ 08.490" LBC-02 9º 06´ 24.695" 81º 33´14.943" LBC-03 9º 38´ 33.463" 79º 38´ 09.976" LBC-04 9º 38´ 45.505" 79º 33´ 48.036" LBC-05 9º 35´58.034" 78º 46´ 23.701" LBC-06 9º 35´ 31.425" 78º 40´ 11.453" LBC-07 9º 20´ 07.990" 78º 10´ 20.191" LBC-08 9º 14´ 56.426" 78º 01´ 59.840" LBC-09 9º 03´ 26.027" 77º 46´ 08.634" LBC-10 8º40´36.3220" 77º 22´13.8086"Leer +
**Artículo 2.** Las siguientes coordenadas constituyen la línea de base a partir de la cual se mide la anchura del mar territorial de la República de Panamá en el litoral del mar Caribe: PUNTO COORDENADAS GEOGRÁFICAS WGS-84 LATITUD NORTE LONGITUD OESTE LBC-00 9º 34´ 20.440" 82º 33´ 41.979" LBC-01 9º 27´ 38.944" 82º 18´ 08.490" LBC-02 9º 06´ 24.695" 81º 33´14.943" LBC-03 9º 38´ 33.463" 79º 38´ 09.976" LBC-04 9º 38´ 45.505" 79º 33´ 48.036" LBC-05 9º 35´58.034" 78º 46´ 23.701" LBC-06 9º 35´ 31.425" 78º 40´ 11.453" LBC-07 9º 20´ 07.990" 78º 10´ 20.191" LBC-08 9º 14´ 56.426" 78º 01´ 59.840" LBC-09 9º 03´ 26.027" 77º 46´ 08.634" LBC-10 8º40´36.3220" 77º 22´13.8086"
Leer en el texto corrido, con su cita, su vigencia y sus comentarios →Artículo 3Las siguientes coordenadas constituyen la línea de base a partir de la cual se mide la anchura del mar territorial de la República de Panamá en el litoral del océano Pacífico: PUNTO COORDENADAS GEOGRÁFICAS WGS-84 LATITUD NORTE LONGITUD OESTE LBC-00 8º 02´ 26.452" 82º 54´ 11.584" LBC-01 8º 01´ 45.120" 82º 53´ 58.740" LBC-02 8º 01´ 01.418" 82º 52´ 46.246" LBC-03 8º 00´ 51.880" 82º 52´ 23.558" LBC-04 7º 28´05.187" 82º 14´ 44.862" LBC-05 7º 12´ 18.844" 81º 47´ 57.007" LBC-06 7º 12´ 13.509" 80º 48´ 01.788" LBC-07 7º 13´07.254" 77º 52´ 58.890"Leer +
**Artículo 3.** Las siguientes coordenadas constituyen la línea de base a partir de la cual se mide la anchura del mar territorial de la República de Panamá en el litoral del océano Pacífico: PUNTO COORDENADAS GEOGRÁFICAS WGS-84 LATITUD NORTE LONGITUD OESTE LBC-00 8º 02´ 26.452" 82º 54´ 11.584" LBC-01 8º 01´ 45.120" 82º 53´ 58.740" LBC-02 8º 01´ 01.418" 82º 52´ 46.246" LBC-03 8º 00´ 51.880" 82º 52´ 23.558" LBC-04 7º 28´05.187" 82º 14´ 44.862" LBC-05 7º 12´ 18.844" 81º 47´ 57.007" LBC-06 7º 12´ 13.509" 80º 48´ 01.788" LBC-07 7º 13´07.254" 77º 52´ 58.890"
Leer en el texto corrido, con su cita, su vigencia y sus comentarios →Artículo 4Los artículos precedentes se interpretarán sin perjuicio de lo dispuesto en los tratados internacionales de delimitación marítima suscritos entre la República de Panamá y la República de Colombia y Costa Rica.Leer +
**Artículo 4.** Los artículos precedentes se interpretarán sin perjuicio de lo dispuesto en los tratados internacionales de delimitación marítima suscritos entre la República de Panamá y la República de Colombia y Costa Rica.
Leer en el texto corrido, con su cita, su vigencia y sus comentarios →Artículo 5El Ministerio de Relaciones Exteriores de la República de Panamá estará facultado para depositar ante el Secretario General de las Naciones Unidas un ejemplar de la lista de coordenadas geográficas descritas en los artículos 2 y 3 de la presente Ley.Leer +
**Artículo 5.** El Ministerio de Relaciones Exteriores de la República de Panamá estará facultado para depositar ante el Secretario General de las Naciones Unidas un ejemplar de la lista de coordenadas geográficas descritas en los artículos 2 y 3 de la presente Ley.
Leer en el texto corrido, con su cita, su vigencia y sus comentarios →Artículo 6Esta Ley comenzará a regir el día siguiente al de su promulgación. COMUNÍQUESE Y CUMPLASE.Leer +
**Artículo 6.** Esta Ley comenzará a regir el día siguiente al de su promulgación. COMUNÍQUESE Y CUMPLASE.
Leer en el texto corrido, con su cita, su vigencia y sus comentarios →