Artículo 1El artículo 4 de la Ley 24 de 2001 queda así: (L. 24/2001, Art. 4)Leer +
**Artículo 1.** El artículo 4 de la Ley 24 de 2001 queda así: (L. 24/2001, Art. 4)
Leer en el texto corrido, con su cita, su vigencia y sus comentarios →Artículo 2Se adiciona el artículo 4-A a la Ley 24 de 2001, así: (L. 24/2001, Art. 4-A)Leer +
**Artículo 2.** Se adiciona el artículo 4-A a la Ley 24 de 2001, así: (L. 24/2001, Art. 4-A)
Leer en el texto corrido, con su cita, su vigencia y sus comentarios →Artículo 3El artículo 6 de la Ley 24 de 2001 queda así: (L. 24/2001, ART. 6)Leer +
**Artículo 3.** El artículo 6 de la Ley 24 de 2001 queda así: (L. 24/2001, ART. 6)
Leer en el texto corrido, con su cita, su vigencia y sus comentarios →Artículo 4El artículo 7 de la Ley 24 de 2001 queda así: (L. 24/2001 ART. 7)Leer +
**Artículo 4.** El artículo 7 de la Ley 24 de 2001 queda así: (L. 24/2001 ART. 7)
Leer en el texto corrido, con su cita, su vigencia y sus comentarios →Artículo 5Los recursos presupuestarios del Fondo Especial para Créditos de Contingencia que se encuentren activos en cuentas del Estado y que no hayan sido ejecutados en un periodo de ocho meses serán transferidos de inmediato al Banco de Desarrollo Agropecuario para hacer préstamos a los micros, pequeños y medianos productores agropecuarios.Leer +
**Artículo 5.** Los recursos presupuestarios del Fondo Especial para Créditos de Contingencia que se encuentren activos en cuentas del Estado y que no hayan sido ejecutados en un periodo de ocho meses serán transferidos de inmediato al Banco de Desarrollo Agropecuario para hacer préstamos a los micros, pequeños y medianos productores agropecuarios.
Leer en el texto corrido, con su cita, su vigencia y sus comentarios →Artículo 6El Banco de Desarrollo Agropecuario administrará el total de los recursos asignados por la Ley 24 de 2001.Leer +
**Artículo 6.** El Banco de Desarrollo Agropecuario administrará el total de los recursos asignados por la Ley 24 de 2001.
Leer en el texto corrido, con su cita, su vigencia y sus comentarios →Artículo 7El Órgano Ejecutivo reglamentará la presente Ley, a través del Ministerio de Desarrollo Agropecuario, en un periodo de sesenta días, contado a partir de su entrada en vigencia:Leer +
**Artículo 7.** El Órgano Ejecutivo reglamentará la presente Ley, a través del Ministerio de Desarrollo Agropecuario, en un periodo de sesenta días, contado a partir de su entrada en vigencia:
Leer en el texto corrido, con su cita, su vigencia y sus comentarios →Artículo 8Esta Leyes de orden público y de interés social y tendrá efectos retroactivos.Leer +
**Artículo 8.** Esta Leyes de orden público y de interés social y tendrá efectos retroactivos.
Leer en el texto corrido, con su cita, su vigencia y sus comentarios →Artículo 9La presente Ley modifica los artículos 4, 6 y 7 y adiciona el artículo 4-A a la Ley 24 de 4 de junio de 2001.Leer +
**Artículo 9.** La presente Ley modifica los artículos 4, 6 y 7 y adiciona el artículo 4-A a la Ley 24 de 4 de junio de 2001.
Leer en el texto corrido, con su cita, su vigencia y sus comentarios →Artículo 10Esta Ley comenzará a regir el día siguiente al de su promulgación.Leer +
**Artículo 10.** Esta Ley comenzará a regir el día siguiente al de su promulgación.
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