QUE SUSPENDE LA APLICACION DE LA LEY 43 DE 2004 POR EL TERMINO DE CIENTO OCHENTA DIAS.
Artículo 1Se suspende la aplicación de la Ley 43 de 2004, Del Régimen de Certificación yLeer +
**Artículo 1.** Se suspende la aplicación de la Ley 43 de 2004, Del Régimen de Certificación y Recertificación de los Profesionales, Especialistas y Técnicos de las disciplinas de la salud, así como de su reglamentación, por el término de ciento ochenta días, contado a partir de la promulgación de la presente Ley.
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**Artículo 2.** La Comisión de Salud Pública y Seguridad Social de la Asamblea Nacional nombrará una subcomisión que deberá presentar en el término de sesenta días, contado a partir de la promulgación de la presente Ley, un proyecto de ley que modifique la Ley 43 de 2004.
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**Artículo 3.** Esta Ley comenzará a regir desde su promulgación.
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