QUE DECLARA MONUMENTO HISTORICO NACIONAL LA COLONIAL IGLESIA - FORTIN DEL DISTRITO DE CHIMAN, PROVINCIA DE PANAMA.
Artículo 1Se declara Monumento Histórico Nacional la Colonial Iglesia-Fortín del distritoLeer +
**Artículo 1.** Se declara Monumento Histórico Nacional la Colonial Iglesia-Fortín del distrito de Chimán, provincia de Panamá.
Leer en el texto corrido, con su cita, su vigencia y sus comentarios →Artículo 2El Instituto Nacional de Cultura, a través de la Dirección Nacional deLeer +
**Artículo 2.** El Instituto Nacional de Cultura, a través de la Dirección Nacional de Patrimonio Histórico, se hará cargo de la custodia, conservación, mantenimiento y restauración arquitectónica de la Colonial Iglesia-Fortín del distrito de Chimán. Para tal fin, se proveerá al Instituto Nacional de Cultura del presupuesto necesario.
Leer en el texto corrido, con su cita, su vigencia y sus comentarios →Artículo 3Esta Ley comenzará a regir desde su promulgación.Leer +
**Artículo 3.** Esta Ley comenzará a regir desde su promulgación.
Leer en el texto corrido, con su cita, su vigencia y sus comentarios →