Ley 50 de 2004
QUE MODIFICA EL ARTICULO 34 DE LA LEY 61 DE 2002, QUE DICTA MEDIDAS DE REORDENAMIENTO Y SIMPLIFICACION DEL SISTEMA TRIBUTARIO TipoLeyNúmero50Año2004Gaceta25150EmisorAsamblea NacionalArtículos4Xray del texto
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Texto
**Decreta:**
QUE MODIFICA EL ARTICULO 34 DE LA LEY 61 DE 2002, QUE DICTA MEDIDAS DE REORDENAMIENTO Y SIMPLIFICACION DEL SISTEMA TRIBUTARIO.
QUE MODIFICA EL ARTICULO 34 DE LA , QUE DICTA MEDIDAS DE REORDENAMIENTO Y SIMPLIFICACION DEL SISTEMA TRIBUTARIO.
Artículo 1
**Artículo 1.** El queda así:
Artículo 34
**Artículo 34.** Las mejoras cuyo permiso de construcción se expida a partir del 1 de septiembre de 2005, están exoneradas del pago del Impuesto de Inmuebles a partir de la fecha en que se expida el permiso de ocupación, basado en las siguientes tablas: 1. Mejoras para uso residencial: Valor de las mejoras en balboas Años de exoneración Hasta B/.100,000.00 15 Más de B/.100,000.00 hasta B/. 250,000.00 10 Más de B/. 250,000.00 5 2. Otras mejoras: Valor de las mejoras en balboas Años de exoneración Cualquiera sea su valor 10 Las mejoras cuyos permisos de construcción se hayan expedido antes del 1 de septiembre de 2005, gozarán de veinte años de exoneración en el pago del Impuesto de Inmuebles, contados a partir del permiso de ocupación, la inscripción de las mejoras en el Registro Público se realice antes del 31 de agosto de 2006. Para los efectos de esta Ley, se adoptan las siguientes definiciones: 1. Mejoras para uso residencial. Las que se construyan y destinen al uso residencial, ya sea unifamiliar, dúplex, multifamiliar, condominio o de cualquier otro tipo o modalidad, su propósito sea satisfacer necesidades de vivienda en cualquier sector del país. 2. Otras mejoras. Las edificaciones que se construyan y destinen al desarrollo de actividades comerciales, industriales, agroindustriales, entre otras. ASAMBLEA NACIONAL, REPUBLICA DE PANAMA G.O. 25150 2
Artículo 2
**Artículo 2.** Esta Ley modifica el .
Artículo 3
**Artículo 3.** La presente comenzará a regir desde su promulgación.
Texto
Aprobada en tercer debate en el Palacio Justo Arosemena, ciudad de Panamá, a los 29 días del mes de septiembre del año 2004.
Texto
El Presidente,
Texto
Jerry V. Wilson Navarro
Texto
El Secretario General,
Texto
Carlos José Smith S.
Texto
ASAMBLEA NACIONAL, REPUBLICA DE PANAMA ASAMBLEA NACIONAL
Texto
LEY: 050 DE 2004
Texto
PROYECTO DE LEY: 2004_P_004.PDF NOMENCLATURA: AÑO_MES_DÍA_LETRA_ORIGEN ACTAS DEL MISMO DÍA: A, B, C, D
Texto
ACTAS DE VARIOS DIAS: V
Texto
ACTAS DEL PLENO
Texto
2004_09_28_A_PLENO.PDF
Texto
2004_09_29_A_PLENO.PDF
COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.
COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.