QUE ESTABLECE MEDIDAS DE RETORSION EN CASO DE RESTRICCIONES DISCRIMINATORIAS EXTRANJERAS CONTRA LA REPUBLICA DE PANAMATipoLeyNúmero58Año2002Gaceta24701EmisorAsamblea NacionalArtículos7
Cinco lentes para estudiar este norma. Describen señales verificables; no califican su validez ni cambian el texto.
Sintaxis
Cómo está escrito
Carga, subordinación, condiciones y construcciones que afectan la lectura.
Mapa sintáctico
De la oración a sus funciones
Elige una oración para recorrer sus cláusulas y la función de cada fragmento.
QUE ESTABLECE MEDIDAS DE RETORSION EN CASO DE RESTRICCIONES DISCRIMINATORIAS EXTRANJERAS CONTRA LA REPUBLICA DE PANAMA.
Ver la estructura en palabras 8 nodos
Oración 1· QUE ESTABLECE MEDIDAS DE RETORSION EN CASO DE RESTRICCIONES DISCRIMINATORIAS EXTRANJERAS CONTRA LA REPUBLICA DE PANAMA.
Estructura· 2 cláusulas
Cláusula principal· principal
Sujeto· QUE
Núcleo verbal· ESTABLECE
Contenido u objeto· MEDIDAS DE RETORSION
Condición· condicion
Contenido de la cláusula· RESTRICCIONES DISCRIMINATORIAS…
Lectura del mapa: las modalidades y los núcleos reconocidos tienen confianza alta; sujeto y complementos son una segmentación orientativa que siempre se coteja con el original.
31señales
6tipos presentes
6bloques señalados
1,400palabras · 65 oraciones
QUE ESTABLECE MEDIDAS DE RETORSION EN CASO DE RESTRICCIONES DISCRIMINATORIAS EXTRANJERAS CONTRA LA REPUBLICA DE PANAMA.
QUE ESTABLECE MEDIDAS DE RETORSION RESTRICCIONES DISCRIMINATORIAS EXTRANJERAS CONTRA LA REPUBLICA DE PANAMA.
Artículo 1
**Artículo 1.**
Artículo 2
**Artículo 2.** Para efectos de la presente Ley, los siguientes términos se definen así:
1. Acto o procedimiento de selección de contratista.
2. Acto o procedimiento de selección de concesionario.
3. Entidad pública panameña.
4. Medidas de retorsión. Mecanismo para hacer frente a discriminaciones comerciales extranjeras, consistente en la aplicación de restricciones a la participación en
ASAMBLEA LEGISLATIVA, REPUBLICA DE PANAMA G.O. 24701 2
contrataciones públicas o concesiones administrativas en el territorio nacional, a las personas naturales o jurídicas de cualquier país que discrimina contra la República de Panamá.
5. País que discrimina.
6. Persona de un país que discrimina.
7. Proponente.
Artículo 3
**Artículo 3.**
lista será actualizada según sea necesario y menos una vez al año.
Artículo 4
**Artículo 4.**
ASAMBLEA LEGISLATIVA, REPUBLICA DE PANAMA G.O. 24701 3
Así mismo, resolver la no aplicación de las medidas dispuestas en esta Ley se trate de donaciones otorgadas al Estado panameño y en otros casos en que el interés nacional así lo amerite.
La decisión de aplicar o no las medidas recíprocas a que hace referencia el , se tomará con base en el mismo procedimiento antes descrito para la aplicación de medidas de retorsión.
Artículo 5
**Artículo 5.** No obstante, todo proponente, para efecto de participar en un acto o procedimiento de selección de contratista o de concesionario presentar con su oferta una declaración jurada en la cual certifica lo siguiente:
1. Que no es una persona de un país al que se le aplican las medidas de retorsión conforme a esta Ley;
2. Que no es controlada directa o indirectamente por una persona de un país al que se le aplican medidas de retorsión conforme a la presente Ley;
3. Que al presentarse como proponente, no actúa en representación de una persona o entidad de un país al que se le aplican las medidas de retorsión conforme a esta Ley;
4.
Parágrafo.
ASAMBLEA LEGISLATIVA, REPUBLICA DE PANAMA G.O. 24701 4
La persona jurídica o natural que omita presentar la declaración, quedará inmediatamente descalificada del contrato o licitación.
Las personas que aporten información que permita comprobar que un certificado contiene información falsa, serán beneficiarias de la mitad del recargo impuesto.
Artículo 6
**Artículo 6.** Las medidas de retorsión señaladas en la presente Ley no tendrán efecto retroactivo.
Artículo 7
**Artículo 7.** La presente Ley comenzará a regir desde su promulgación.
Texto
Aprobada en tercer debate, en el Palacio Justo Arosemena, ciudad de Panamá, a los 29 días del mes de octubre del año dos mil dos.