Ley 57 de 1998
POR LA CUAL SE DECLARA MONUMENTO HISTORICO NACIONAL EL EDIFICIO DE LA ESCUELA PRESIDENTE PORRAS N°1 TipoLeyNúmero57Año1998Gaceta23600EmisorAsamblea NacionalArtículos4Xray del texto
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Texto
**Decreta:**
POR LA CUAL SE DECLARA MONUMENTO HISTORICO NACIONAL EL EDIFICIO DE LA ESCUELA PRESIDENTE PORRAS N°1.
POR LA CUAL MONUMENTO HISTORICO NACIONAL EL EDIFICIO DE LA ESCUELA PRESIDENTE PORRAS N°1.
Artículo 1
**Artículo 1.** monumento histórico nacional el edificio de la Escuela Presidente Porras No. 1, ubicado dentro de la circunscripción del distrito de Las Tablas, provincia de Los Santos, y cuyos datos de inscripción en el Registro Público aparecen en el de esta Ley.
Artículo 2
**Artículo 2.** Se destina la Finca 1030, de propiedad municipal, inscrita en el Tomo 184, Folio 44, Sección de la Propiedad de la provincia de Los Santos del Registro Público, en que se encuentra el edificio declarado monumento histórico nacional en esta Ley, para uso exclusivo de la Escuela Presidente Porras No. 1.
Artículo 3
**Artículo 3.** El mantenimiento, conservación y restauración del monumento histórico nacional declarado en esta Ley, estará a cargo del Instituto Nacional de Cultura, en coordinación con el Ministerio de Educación, para los efectos del funcionamiento de la estructura como centro educativo.
Artículo 4
**Artículo 4.** Esta Ley entrará en vigencia a partir de su promulgación.
Texto
Aprobada en tercer debate, en el Palacio Justo Arosemena, ciudad de Panamá, a los 30 días del mes de junio de mil novecientos noventa y ocho
Texto
GERARDO GONZALEZ VERNAZA HARLEY JAMES MITCHELL D. Presidente Secretario General
Texto
ÓRGANO EJECUTIVO NACIONAL – PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA PANAMÁ, REPÚBLICA DE PANAMÁ, 27 DE JULIO DE 1998
Texto
ERNESTO PEREZ BALLADARES HECTOR PEÑALBA Presidente de la República Ministro de Educación, Encargado
Texto
ASAMBLEA NACIONAL, REPÚBLICA DE PANAMÁ
COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE
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