POR LA CUAL SE MODIFICA EL ACAPITE C DEL NUMERAL 1 Y EL ACAPITE C DEL NUMERAL 2 DEL ARTICULO 47, CAPITULO 4 DE LA LEY Nº55 DE 10 DE JULIO DE 1973. (SOBRE ADMINISTRACION, FISCALIZACION Y COBRO DE TRTipoLeyNúmero23Año1984Gaceta20171EmisorAsamblea NacionalArtículos1
**Artículo 1.** El acápite “c” del numeral No. 1 y el acápite “c” del numeral No. 2 del
artículo 47, capitulo cuarto de la Ley No. 55 de 10 de julio de 1973, quedará así:
“c”.- por cada ternero….B/. 2.00
Articulo.2. Esta Ley comenzará a regir a partir de su aprobación.
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