Legislación
Ley 15 de 1983.
Una fila por artículo: qué tiene jurisprudencia, qué quiere cambiar un proyecto, qué cambió de vigencia. Ordena por cualquier columna numérica; cada fila lleva al artículo.
3 de 3 artículos
| Artículo | De qué trata (primera frase) | División | Vigencia | Fallos | Reformas propuestas | En trámite | Remisiones | Anotaciones↑ | Caracteres |
|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
| Artículo 1 | Créase un Juzgado Nocturno para el Distrito de David, cuyo funcionamiento y procedimiento se regirán por la Ley 112 de 30 de diciembre de 1974 y el Libro 3º de… | POR LA CUAL SE CREA UN JUZGADO NOCTURNO PARA EL DISTRITO DE DAVID. | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 199 |
| Artículo 2 | El Órgano Ejecutivo queda facultado para crear las condiciones necesarias, para el funcionamiento administrativo del Juzgado Nocturno respectivo. | POR LA CUAL SE CREA UN JUZGADO NOCTURNO PARA EL DISTRITO DE DAVID. | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 161 |
| Artículo 3 | Esta Ley comenzará a regir treinta (30) días después de su promulgación. | POR LA CUAL SE CREA UN JUZGADO NOCTURNO PARA EL DISTRITO DE DAVID. | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 115 |
