POR LA CUAL SE ADICIONA EL ARTICULO 11A AL CODIGO DE COMERCIO. (FUSION DE SOCIEDADES CONSTITUIDAS EN PANAMA CON SOCIEDADES EXTRANJERAS PARA CONSTITUIR UNA SOLA SOCIEDAD)
Artículo 1Adiciónase al Código de Comercio, el siguiente artículo:Leer +
**Artículo 1.** Adiciónase al Código de Comercio, el siguiente artículo: “ARTÍCULO 11A: Una o más sociedades constituidas conforme a las leyes de la República de Panamá, podrán fusionarse con una o más sociedades extranjeras, para constituir una sola sociedad siempre y cuando se dé cumplimiento a los siguientes requisitos: a) Que las sociedades extranjeras estén debidamente inscritas en la
Leer en el texto corrido, con su cita, su vigencia y sus comentarios →Sección de Personas Mercantil del Registro Público, en la forma
Sección de Personas Mercantil del Registro Público, en la forma
Artículo 2La presente Ley comenzará a regir a partir de su promulgación.Leer +
**Artículo 2.** La presente Ley comenzará a regir a partir de su promulgación. COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE:
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