Texto
**Decreta:**
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Decreta:**
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**Decreta:**
POR LA CUAL SE MODIFICA EL ARTICULO 2 DEL DECRETO DE GABINETE 225 DE 16 DE JULIO DE 1969. (POR EL CUAL SE ORGANIZA EL MINISTERIO DE COMERCIO E INDUSTRIAS Y SE LE ASIGNAN FUNCIONES)
**Artículo 1.** : El del Decreto de Gabinete No. 225 de 16 de Julio de 1969, quedara así: “.: De acuerdo con la política definida por el Órgano Ejecutivo, el Ministerio de Comercio e Industrias, tendrá a su cargo la planificación, organización, coordinación, dirección y control de las activas. a) Tendientes a hacer posible la creación desarrollo y expansión de las industrias en el país; b) Tendientes al desarrollo, reglamentación y control de las actividades comerciales y de seguros; y c) Relacionadas con la investigación y aprovechamiento de los recursos minerales y pesqueros del país. El Ministerio de Comercio e Industrias, tendrá jurisdicción coactiva, la q será ejercida por el Ministro quien delegar esa facultad en cualquier servidor público de la Institución”.
**Artículo 2.** º. Esta Ley comenzará a regir a partir de su promulgación. COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE
novecientos setenta y siete.
DEMETRIO B. LAKAS Presidente de la República
GERARDO GONZÁLEZ V. Vicepresidente de la República JOSÉ O. HUERTAS Presidente de la Asamblea Nacional de Representantes de Corregimientos
El Ministro de Gobierno y Justicia, JORGE E. CASTRO
El Ministro de Relaciones Exteriores, NICOLÁS GONZÁLEZ REVILLA
ASAMBLEA NACIONAL – REPÚBLICA DE PANAMÁ G. O. 18458
El Ministro de Hacienda y Tesoro, a.i. LUIS M. ADAMES P.
El Ministro de Educación, ARISTIDES ROYO
El Ministro de Obras Públicas, NÉSTOR TOMÁS GUERRA
Ministro de Desarrollo Agropecuario, RUBÉN D. PEREDES
El Ministro de Comercio e Industrias, a.i., ARNULFO ROBLES
El Ministro de Trabajo y Bienestar Social, ADOLFO AHUMADA
El Ministro de Salud, ABRAHAM SAIED
El Ministro de Vivienda, TOMÁS GABRIEL ALTAMIRANO D.
El Ministro de Planificación y Política Económica, NICOLÁS ARDITO BARLETTA
Comisionado de Legislación, MARCELINO JAÉN
Comisionado de Legislación, NILSON A. ESPINO
Comisionado de Legislación, MANUEL B. MORENO
Comisionado de Legislación, SERGIO PÉREZ SAAVEDRA
Comisionado de Legislación, RUBÉN D. HERRERA
Comisionado de Legislación, CARLOS PÉREZ HERRERA
Comisionado de Legislación, ERNESTO PÉREZ BALLADARES
Comisionado de Legislación, RICARDO RODRÍGUEZ
Comisionado de Legislación, MIGUEL A. PICARD AMI
FERNANDO MANFREDO JR. Ministro de la Presidencia
ASAMBLEA NACIONAL – REPÚBLICA DE PANAMÁ
Dado en la ciudad de Panamá, a los 8 días del mes de Noviembre de mil
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