Texto
DECRETA:
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DECRETA:
Lectura del mapa: las modalidades y los núcleos reconocidos tienen confianza alta; sujeto y complementos son una segmentación orientativa que siempre se coteja con el original.
6señales
3tipos presentes
4bloques señalados
385palabras · 48 oraciones
DECRETA:
_ " El del Código Judicial quedará así:
“..
desaftucio debe ped esté situada
la notificación judicial de al Juez del Distrito donde f . En el escrito se expresará el nombre y'la vecindad del arrendador; el del arrendaiario, con indicación de su vecindad; los deros y señales de la finca materia del arrendamiento, y el certificado de Paz y Saivo del Impuesto de Inmuebles de ”,
POR LA CUAL SE MODIFICAN Y ADICIONAN LOS ARTICULOS 1709 Y 1720 DEL CODIGO JUDICIAL.
**Artículo 20.** El del Código Judicial quedará así: lo 1720. En los casos de mora del lo en el pago de un pe entero de ha enta, ol arrendador podzá pedir el lanzamiento de ac sposiciones: á al Juez Munici ita, según la cuan-rese las circuns-en este artículo; citud acompañará el eertifica-1vo del mmuestu de Inmuebles de 0 en autos. críbunal, sin v mediatamente que se ponga la solici-0, y que se lk Quede ordenará tud en c compruebe con el correspondiente recibo del último período de la renta, que no se halla en mora; Estos períodos se contarán de fecha del auto aungue el arrendatario no se tificado personalmente. Transcurridos estos plazos, se verific zamiento”.
**Artículo 3.** » Esta Ley su promulgación.
El Presidente,
e la no-
desce
entrará a regir
ALFREDO RAMIREZ.
El Secretario General, Alberto Arango N.
República de Panai Organo Ejecutivo nal—Presidencia de la República.—Pana 28 de octnbre de 1984,
Comuníquese y publiques MARCO A, ROBLES.
"o y Justicia, CESAR ARROCHA G.
istro de Gol
ORGANO EJECUTIVO NACIDNAL
Ministerio de Hacienda y Tesoro
ABRESE UN CREDITO SUPLEMENTAL
DECRETO NUMERO 216 (DE PTIEMBRE DE 1961) por el cual se abre un Crédito Suplementel al Presupuesto de Gz s de la C epúbli
República
en es, y
Átó a la Comisi Tobación de Cré-esto d G¿ tos de la
Legislativa Pe»
Dada en la ciudad de Panamá, a los veintisiete días del mes de octubre de mil novecientos sesenta y cuatro,
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