Texto
DECRETA:
Cinco lentes para estudiar este norma. Describen señales verificables; no califican su validez ni cambian el texto.
Carga, subordinación, condiciones y construcciones que afectan la lectura.
Las otras capas son señales de lectura, no efectos jurídicos confirmados.
Elige una oración para recorrer sus cláusulas y la función de cada fragmento.
DECRETA:
Lectura del mapa: las modalidades y los núcleos reconocidos tienen confianza alta; sujeto y complementos son una segmentación orientativa que siempre se coteja con el original.
6señales
3tipos presentes
4bloques señalados
385palabras · 48 oraciones
DECRETA:
_ " El del Código Judicial quedará así:
“..
desaftucio debe ped esté situada
la notificación judicial de al Juez del Distrito donde f . En el escrito se expresará el nombre y'la vecindad del arrendador; el del arrendaiario, con indicación de su vecindad; los deros y señales de la finca materia del arrendamiento, y el certificado de Paz y Saivo del Impuesto de Inmuebles de ”,
POR LA CUAL SE MODIFICAN Y ADICIONAN LOS ARTICULOS 1709 Y 1720 DEL CODIGO JUDICIAL.
**Artículo 20.** El del Código Judicial quedará así: lo 1720. En los casos de mora del lo en el pago de un pe entero de ha enta, ol arrendador podzá pedir el lanzamiento de ac sposiciones: á al Juez Munici ita, según la cuan-rese las circuns-en este artículo; citud acompañará el eertifica-1vo del mmuestu de Inmuebles de 0 en autos. críbunal, sin v mediatamente que se ponga la solici-0, y que se lk Quede ordenará tud en c compruebe con el correspondiente recibo del último período de la renta, que no se halla en mora; Estos períodos se contarán de fecha del auto aungue el arrendatario no se tificado personalmente. Transcurridos estos plazos, se verific zamiento”.
**Artículo 3.** » Esta Ley su promulgación.
El Presidente,
e la no-
desce
entrará a regir
ALFREDO RAMIREZ.
El Secretario General, Alberto Arango N.
República de Panai Organo Ejecutivo nal—Presidencia de la República.—Pana 28 de octnbre de 1984,
Comuníquese y publiques MARCO A, ROBLES.
"o y Justicia, CESAR ARROCHA G.
istro de Gol
ORGANO EJECUTIVO NACIDNAL
ABRESE UN CREDITO SUPLEMENTAL
DECRETO NUMERO 216 (DE PTIEMBRE DE 1961) por el cual se abre un Crédito Suplementel al Presupuesto de Gz s de la C epúbli
República
en es, y
Átó a la Comisi Tobación de Cré-esto d G¿ tos de la
Legislativa Pe»
Dada en la ciudad de Panamá, a los veintisiete días del mes de octubre de mil novecientos sesenta y cuatro,
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