Ley 50 de 1961
Artículo 1Se ordena un subsidio al Festival de la Pollera por la suma de veinticinco mil balboas (B/.25,000.00), a efecto de exaltar, en la ciudad de las Tablas, el 22 de julio de cada año, la pollera, traje típico nacional.Leer +
**Artículo 1.** Se ordena un subsidio al Festival de la Pollera por la suma de veinticinco mil balboas (B/.25,000.00), a efecto de exaltar, en la ciudad de las Tablas, el 22 de julio de cada año, la pollera, traje típico nacional. *Subrogado por ley 101 de 2013, artículo 1.*
Leer en el texto corrido, con su cita, su vigencia y sus comentarios →Artículo 2La referida partida será imputada al reglón "Impresión y Propaganda" dependiente del Departamento de Turismo del Ministerio de Agricultura, Comercio e Industrias.Leer +
**Artículo 2.** La referida partida será imputada al reglón "Impresión y Propaganda" dependiente del Departamento de Turismo del Ministerio de Agricultura, Comercio e Industrias.
Leer en el texto corrido, con su cita, su vigencia y sus comentarios →Artículo 3Esta Ley comenzará a regir desde su promulgación. Dada en la ciudad de Panamá, a los veintidós días del mes de noviembre de mil novecientos sesenta y uno. EL Presidente, ABRAHAM PRETTO S. El Secretario General, Alberto Arango N. República de Panamá,- Órgano Ejecutivo Nacional,- Presidente de la República,- Panamá, 24 de noviembre de 1961. CUMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.Leer +
**Artículo 3.** Esta Ley comenzará a regir desde su promulgación. Dada en la ciudad de Panamá, a los veintidós días del mes de noviembre de mil novecientos sesenta y uno. EL Presidente, ABRAHAM PRETTO S. El Secretario General, Alberto Arango N. República de Panamá,- Órgano Ejecutivo Nacional,- Presidente de la República,- Panamá, 24 de noviembre de 1961. CUMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.
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