Texto
**Por la cual se otorga un subsidio de dos mil balboas (b/.2,000.00), al festival de la pollera que se celebra anualmente en la ciudad de las tablas.**
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**Por la cual se otorga un subsidio de dos mil balboas (b/.2,000.00), al festival de la pollera que se celebra anualmente en la ciudad de las tablas.**
O. 14,522 de 30 de noviembre de 1961. "Por la cual se otorga un subsidio de dos mil balboas (B/. 2,000.00), al Festival de la Pollera que se celebra anualmente en la ciudad de La Tablas". La Asamblea Nacional de Panamá,
**CONSIDERANDO:**
Que la Pollera es el traje típico nacional; y como tal es acreedora a un fervoroso culto;
Que el Distrito de Las tablas ha sido tradicional en dedicar el 22 de julio de cada año a su exaltación a tal punto que el Honorable Consejo Municipal de ese Distrito ha dictado el Acuerdo No. 15 de 16 de Julio de 1957 mediante el cual declara el 22 de Julio de cada año Día de La Pollera;
Que la región de Azuero es excepcionalmente típica en la elaboración de este precioso traje típico nacional,
**DECRETA:**
**Artículo 1.** Se ordena un subsidio al Festival de la Pollera por la suma de veinticinco mil balboas (B/.25,000.00), a efecto de exaltar, en la ciudad de las Tablas, el 22 de julio de cada año, la pollera, traje típico nacional. *Subrogado por , .*
**Artículo 2.** La partida será imputada al reglón "Impresión y Propaganda" dependiente del Departamento de Turismo del Ministerio de Agricultura, Comercio e Industrias.
**Artículo 3.** Esta Ley comenzará a regir desde su promulgación. Dada en la ciudad de Panamá, a los veintidós días del mes de noviembre de mil novecientos sesenta y uno. EL Presidente, ABRAHAM PRETTO S. El Secretario General, Alberto Arango N. República de Panamá,- Órgano Ejecutivo Nacional,- Presidente de la República,- Panamá, 24 de noviembre de 1961. CUMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.
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