POR LA CUAL SE REFORMA LA LEY 34 DE 1956. (REFORMAS JUDICIALES).
POR LA CUAL SE REFORMA LA . (REFORMAS JUDICIALES).
Cinco lentes para estudiar este norma. Describen señales verificables; no califican su validez ni cambian el texto.
Carga, subordinación, condiciones y construcciones que afectan la lectura.
Elige una oración para recorrer sus cláusulas y la función de cada fragmento.
POR LA CUAL SE REFORMA LA LEY 34 DE 1956.
Lectura del mapa: las modalidades y los núcleos reconocidos tienen confianza alta; sujeto y complementos son una segmentación orientativa que siempre se coteja con el original.
10señales
3tipos presentes
2bloques señalados
550palabras · 44 oraciones
POR LA CUAL SE REFORMA LA . (REFORMAS JUDICIALES).
**Artículo 170.** ** En el — brá seis Jueces M * cuatro que conoge-rin de negocios crnles y dos de negocios penales. En el Distrito de Colón habrá tres Jueces Mu- - nicipales: dos para negocios civiles y uno para negocios pen£lei. En los Distritos de David y La Chorerra ha-brá dos Jueces que conocerán indistinizmente de les negocios civiles y penales y se repartirán por -- turdo, tres veces por semana. Cada Juez este- < E ha demés disiritos de la-República habrá +por s 2enos un Juez Municipal, Parágrafo Transitorio: Los Consejos Municipales de Panamá. Los actuales Jueces Cuarto y Quinto Munici-“pal; del distrito de Panamé, actuarán como Jue- to y Sexto Mumcma… respectnzmeme “dea vigencia de esia de en la-ciudad de Penamá, a los doce días *embre de mil novecientos el “El Presidenie, - ELIGIO Crespo V. .El Secreterio General, Francisco Brazo. República de Panamá. — O cional namá. 20 de noviembre de 195%. Ejecítese y nubliguese, ERNESTO DE La GUARDIA JE. Ejecutivo Na-— P"es'th3 de la República, — Pz- El Ministro de Gobierno y Justicia, Max HEeTEMATEE ORGANO EJECUTIVO NACIONAL Ministerio de Educación RECONOCESE ESTADO DOCENTE RESOLUCION NUMERO 264 República de Pare: Cional, — Ministeri Municipio de Panamá, Províncie Escolar de Pa-Tamá, selicita el reconocimiento de la.docencia durante el tiempo que trabajó como maestra de la Sección Primeria del Instituto Pan-Ameri tano; Que el acápite a) del ? del Decreto N? 571 de 1951, re entario del aparte dj del “'de 1951, estabiece: que . “a los maestros panameños de los "jardines de la Infancia y de scuelas Primarias, se les re-conocerá la docencia”; Que el servicio efectivo que prestó.se ha com— probado plenamente mediante Memorándum 182 de la Dirección de Estadística y Archivos; tituto Pen-Americano es una Insti- -“tución de Enseñanza Particular, cue funciona cor bajo la vigilancia del Ministerio RESUBLVE: Reconocer a la señora Ana Dolores S. Regístrese, comuníguese y publiquesa. ERNESTO DE La GUARDIA JR. El Ministro de Educación, ANGE Lo?E € RECONOCESE AUMENTO DE SUELDO A UNA EDUCADORA OLUCION NUMERO 285 amá.—Orgazo
Entra para ver tus avisos.