POR LA CUAL SE DA UNA AUTORIZACION AL PODER EJECUTIVO.
Artículo 19Autorízase' al Poder Ejecutivo para que “una vez sancionada esta ley proceda a1 “de un contrato con la “Chiriqui Land Company” por el “cualesta Compañía se obligue a construfe, en - Puerto Armuelles, con sus propios fondos y a un costo: nn menor de (B. 300.000.00) trescientos mil balboas, un mue-Te de constracción moderna adecuado a las necesidades del puerto, que pasará, al-ser conclvida la -obra: al do-minio y propiedad de la Nas nes que las qué se establecen en'la presente ley, y a Proporcionar al Gobierno Nacional mediante. tra=paso del dominio, una extensión de terreno no menor de veinte hectáreas a inmediaciones del muelle, qué sirva paraLeer +
**Artículo 19.** Autorízase' al Poder Ejecutivo para que “una vez sancionada esta ley proceda a1 “de un contrato con la “Chiriqui Land Company” por el “cualesta Compañía se obligue a construfe, en - Puerto Armuelles, con sus propios fondos y a un costo: nn menor de (B. 300.000.00) trescientos mil balboas, un mue-Te de constracción moderna adecuado a las necesidades del puerto, que pasará, al-ser conclvida la -obra: al do-minio y propiedad de la Nas nes que las qué se establecen en'la presente ley, y a Proporcionar al Gobierno Nacional mediante. tra=paso del dominio, una extensión de terreno no menor de veinte hectáreas a inmediaciones del muelle, qué sirva para - asiento de la población y otros usos. T. La Chiriqui Land Company en beneficio de la población de Miramar deberá suministrar servicio de agua a precio de costo y alumbrado de acuerdo con tarifa con- * vencional acordada con el Gobierno. la Chiriqui Land Company relevará a la Na ón, sin indemnización alguna, de la condición contenida en la vsula sexunda del Contrato de donación incorporado en la Escritura Pública número 351 de 11 de Mayo de :921 otorgada en la Notaría Primera de Panamá. La Chiriqui Land Company prestará a la Nación le suma + toascientos mil balboas (B: 300.000.00) al interc. del + 5 ahunl po- un plazo de 25 años. Este dinero cerá 'hevalier y. -celebración - cuatro, n simotras compensacio- - “por la cual se-da utilizado por la Nación mediante el Banco Nacional, de acuerdo con lo que dispone el Contrato número 14-de 19 e Joli.de 1927 para hater yréstamo a fos púñstienos. — Parágraro. d entendido que la euugacnar coatranió “por la Cómpañía. en el artículo 18- del Contrato número 2 Nación el _préstamo de - trescientos - mil bulboas B. 800,000.00) mencionados, cose que debe hacer a la firma del Contrato que la lay - autoriza. — - > queda antorizado para conceder a la Chiriqui Land Company cada una de las prórrogas de due habla el Contrato número 14 de 19 de Juiio de 192 E a A
Leer en el texto corrido, con su cita, su vigencia y sus comentarios →Artículo 3". Se autoriza, también al Poder Ejecutivo -pára que mediante arreglos' con los señores Santiago “Sagel y Eduardo Morgan adquiera la finen de que sonLeer +
**Artículo 3.** ". Se autoriza, también al Poder Ejecutivo -pára que mediante arreglos' con los señores Santiago “Sagel y Eduardo Morgan adquiera la finen de que son - Pobietarios ubicada en Puerto Armuelles para que la dedique a reservas nacionales. - Artículo 47 Dutante la vigencia del Contrato yue va a celebrarse la Chi Land Company se compromates Tá-a comprar hasta el 30% de los bananos que la empresa exporte; compra que hará a las personas que en e los: Distritos de Alanje y Bugaba se los ofrezcan en venta y sujeto:a las clasificaciones, precios y especifi: icion € la Compañía * tiene establecidos para esta preferirá a los productores que vendan — icimos, y de esta cantidad en cantidad ns- comprometerá a- dar Cobierno para que 2 las disposiciones las diferentes dis- - las facilidades del caso al verifíque si el Contratista se aju: vigentes sobre las leyes obreras y a posiciones del contrato. — -< “Artículo 67 El Poder Ejecutivo queda antorizado para conseguir, en beneficio de'la Nación ventajas- no Previstas en esta ley y que no caucen más concesiones por parte del Estado que las expresamente antorizad
Leer en el texto corrido, con su cita, su vigencia y sus comentarios →Artículo 7* - Este Contrato quedará sujeto a las es--tipulacienes que sobre la materia de contrataciones con compañías extranjeras establece-el artículo 164 del Código Administrativo. — ei E _ Dada en la cidad de Panamá a los veintidos. días -del mes de Diciembre del año mil novecientos treinta yLeer +
**Artículo 7.** * - Este Contrato quedará sujeto a las es--tipulacienes que sobre la materia de contrataciones con compañías extranjeras establece-el artículo 164 del Código Administrativo. — ei E _ Dada en la cidad de Panamá a los veintidos. días -del mes de Diciembre del año mil novecientos treinta y El Presidente,. : , “OCTAYIO A. VALLARINO. El Secretario, Arcadio - Ayuilera 0, República de Panamá—Poder Ejecutivo Nacional—Pa, namá, Diciembre. veintisicte de mil novecientos treip ta y cuatro. - Publíquese y ejecútese. HARMODIO ARTAS. El Secretario de L A Macienda y Tesoro, E. A. Jrenez, LEY 59 DE 1934 (DE 27 DE DICIPMBRE) una autorización al Poder Ejecutivo 5e vota una partida para el Fondo de Recompensas, La Asambiea Necional de Panamá, CONSIDEANDO ; 35 Que Ta Ley 41 de 1954 por médic del antículo: n creé n forido/especial denoiminado de recompensas narg maestros, inspectores o :directores. inbabilitados en el y
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