Texto
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5señales
5tipos presentes
3bloques señalados
369palabras · 24 oraciones
DECRETA:
POR LA CUAL SE DIVIDE EN DOS LA PROVINCIA DE PANAMA.
**Artículo 1.** %-El Poder Ejecntivo Irá permitir la inmigración de in-iiduas de nacionadad”chies l territorio de la República siempro que cada inmigrante pague un impuesto de trescientos balboas (B. 202.00), Los inmigrantes chinos que vem-gan a dedicarse a labores agrícolas sólo pagarán un impuesto de cin- * cuenta balboas cada uno (B. 50,00),
**Artículo 2.** —Las casas de comercio establecidas por chinos en la República, y que paguen impuesto o con-p N :00) -por año, tendrán derecho a Tracr al país. un empleado de nacionalidad china cada año, para el servicio de sus respectivos establecimientos, siempro. que paguen el impuesto de que trata el _inciso primero del artículo primero. muerte o de ausencía permanente de chinos se pemitirá la inmigración de otro chino siempre de e concepto de impuesto la súma de ciento cincuenta (B. 150.00), Palians
**Artículo 3.** '—Permítase, libre de todo impuesto, la inmigración de espo-Saay huies menores de diez años de edad de los chinos domiciliados la República. -
**Artículo 4.** *- la inmigración de los chinos que se en-cuentren comprendidos en la primera de Jas excepciones especificadas en El del Código Adminis-rativo,
**Artículo 5.** —La solicitud para in-migrar se hará en fodo caso por com- ducto del Representante Diplomático de la República de China.
**Artículo 67.** —Las cédulas de vecin-ded expedida a favor de chinos con metivo de las leyes 6' de 1904, 50 de 1619, lo mismo que las expedidas de conformidad con cualesquiera de-erctos o resoluciones del Poder Ejecutivo, y los certificados fraudulen. +os de nacimientos expedidos a favor ! de chinos, se considerarán cancela. | dos y sin'valor alguro,
**Artículo 7.** miciliados, en el Registro que se lle vará en la Secretería de Relaciones Exteriores, ei extranjeros se
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