Legislación
Decreto Ejecutivo 6 de 2022: Que reglamenta la Ley 196, que crea el Régimen Especial para el establecimiento de empresas Operadoras y Desarrolladoras de Agroparques y dicta disposiciones para su funcionamiento.
Una fila por artículo: qué tiene jurisprudencia, qué quiere cambiar un proyecto, qué cambió de vigencia. Ordena por cualquier columna numérica; cada fila lleva al artículo.
55 de 55 artículos
| Artículo | De qué trata (primera frase) | División | Vigencia | Fallos | Reformas propuestas | En trámite | Remisiones | Anotaciones | Caracteres↑ |
|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
| Artículo 34 | Para el expedito y oportuno cumplimiento de sus funciones, la DINAGRON, contará con el personal necesario en las regionales que lo ameriten. | Capítulo V. Presupuesto, patrimonio, finanzas y fiscalización | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 157 |
| Artículo 31 | El Ministerio de Desarrollo Agropecuario solicitará los recursos presupuestarios necesarios y tomará las previsiones requeridas para la implementación de la Le… | Capítulo V. Presupuesto, patrimonio, finanzas y fiscalización | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 178 |
| Artículo 37 | Las controversias relacionadas con las actividades de las empresas agrarias se resolverán propiciando las medidas que contribuyan a su continuidad y crecimient… | Capítulo VII. Relación contractual | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 178 |
| Artículo 33 | La DINAGRON estará sujeta únicamente a las políticas, orientación e inspección del Ministerio de Desarrollo Agropecuario y a la fiscalización de la Contraloría… | Capítulo V. Presupuesto, patrimonio, finanzas y fiscalización | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 201 |
| Artículo 36 | La DINAGRON vigilará la relación contractual entre el productor agropecuario con la Empresa Operadora y Desarrolladora, garantizando en todo momento el equilib… | Capítulo VII. Relación contractual | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 209 |
| Artículo 16 | En caso de ausencia temporal del director, el Ministro de Desarrollo Agropecuario deberá designar el servidor público que cubrirá las funciones del secretario… | Sección Primera. | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 226 |
| Artículo 51 | El Ministerio de Ambiente y el Ministerio de Desarrollo Agropecuario podrán desarrollar capacitaciones a los colaboradores de los conglomerados en aras de una… | Capítulo XIII. Medio ambiente | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 226 |
| Artículo 11 | La DINAGRON, deberá vigilar que, de acuerdo a la actividad que desea realizar en el agroparque las empresas solicitantes, se cumplan con los requisitos exigido… | Sección Primera. | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 231 |
| Artículo 6 | La DINAGRON está conformada por tres departamentos: | Sección Primera. | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 243 |
| Artículo 17 | La Comisión de Encadenamiento Productivo, en adelante la COMEPRO, tiene como principal función promover un trabajo interinstitucional coordinado para el seguim… | Capítulo III. Comisión de Encadenamiento Productivo | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 264 |
| Artículo 30 | El Desarrollador y Operador del Agroparque y/o Conglomerado también podrá asociarse con los usuarios y otros eslabones de la cadena de valor a través de asocia… | Capítulo IV. Requisitos y procedimientos para ingresar al Régimen Especial de Agroparques | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 267 |
| Artículo 28 | La COMEPRO realizará convenios o acuerdos con las autoridades competentes que en una u otra forma puedan contribuir al mejor desarrollo de los Agroparques y/o… | Capítulo IV. Requisitos y procedimientos para ingresar al Régimen Especial de Agroparques | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 271 |
| Artículo 52 | Competerá a las entidades públicas respectivas velar por el cumplimiento, dentro del área de los agroparques, de todas las leyes, reglamentos y la política nac… | Capítulo XIV. Salud pública | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 273 |
| Artículo 4 | Los órganos de gobernanza para la implementación y ejecución de las disposiciones contenidas en la Ley 196 y el presente decreto son: | Capítulo II. Estructura institucional | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 280 |
| Artículo 42 | Las empresas poseedoras de una licencia de Empresa Operadora y Desarrolladora de Agroparques o las empresas autorizadas para instalarse dentro de un agroparque… | Capítulo X. Régimen fiscal del agroparque | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 285 |
| Artículo 55 | El presente Decreto Ejecutivo comenzará a regir a partir de su promulgación. | Capítulo XV. Disposiciones finales | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 287 |
| Artículo 10 | La DINAGRON, en su función de garantizar los objetivos y fines establecidos en la ley, será un facilitador y coadyuvante de las necesidades y requerimientos qu… | Sección Primera. | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 298 |
| Artículo 53 | Las empresas de los agroparques, el desarrollador y el operador serán responsables por los daños y perjuicios que causen por la violación de la Ley, de los reg… | Capítulo XV. Disposiciones finales | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 304 |
| Artículo 43 | Las empresas poseedoras de una Licencia de Empresa Operadora y Desarrolladora de Agroparque o las empresas autorizadas para instalarse dentro de un agroparque… | Capítulo X. Régimen fiscal del agroparque | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 336 |
| Artículo 13 | La DINAGRON facilitará los mecanismos de enlace y acercamiento de las empresas operadoras y desarrolladoras con las entidades gubernamentales, los centros de i… | Sección Primera. | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 342 |
| Artículo 5 | La Dirección Nacional de Agronegocios, en adelante la DINAGRON, tendrá a su cargo la promoción, supervisión y seguimiento del desarrollo de los conglomerados d… | Sección Primera. | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 353 |
| Artículo 21 | Para aprobar las Licencias de Empresas Operadoras y/o Desarrolladoras de Agroparques y la incorporación de nuevas empresas en los agroparques autorizados, la S… | Capítulo IV. Requisitos y procedimientos para ingresar al Régimen Especial de Agroparques | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 354 |
| Artículo 29 | Las empresas y/o productores podrán organizarse en sociedades agrarias de transformación, cooperativas de producción, asentamientos campesinos y otras formas d… | Capítulo IV. Requisitos y procedimientos para ingresar al Régimen Especial de Agroparques | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 376 |
| Artículo 9 | La DINAGRON contará con una plataforma digital o con medios tecnológicos eficientes que garanticen la modernización de los procesos, trámites, seguimientos y p… | Sección Primera. | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 380 |
| Artículo 35 | La COMEPRO tendrá a su cargo la promoción supervisión y seguimiento del desarrollo de los conglomerados de los Agroparques en todo el territorio nacional, a pa… | Capítulo VI. Gestión de seguimiento | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 384 |
| Artículo 46 | La Autoridad Nacional de Aduanas adoptará las medidas administrativas y los reglamentos que estime convenientes para facilitar, controlar, vigilar y fiscalizar… | Capítulo XI. Régimen aduanero | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 388 |
| Artículo 2 | El presente decreto ejecutivo se aplicará a toda empresa operadora o desarrolladora de un agroparque, a nivel nacional; | Capítulo I. Objetivos, ámbito de aplicación y definiciones | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 401 |
| Artículo 26 | La COMEPRO una vez revise y analice las solicitudes recibidas tanto de licencias como de modificación de licencia o registro a empresa instalada en un agroparq… | Capítulo IV. Requisitos y procedimientos para ingresar al Régimen Especial de Agroparques | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 404 |
| Artículo 8 | Para alcanzar los objetivos señalados en el artículo 1 de la Ley 196, la DINAGRON elaborará un Plan Maestro Indicativo en el cual se desarrollen cada uno de es… | Sección Primera. | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 420 |
| Artículo 24 | La solicitud realizada por el productor agropecuario para su registro en DINAGRON deberá describir: | Capítulo IV. Requisitos y procedimientos para ingresar al Régimen Especial de Agroparques | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 423 |
| Artículo 19 | Sin perjuicio de otras limitaciones establecidas en la Ley o en los reglamentos, los comisionados de la COMEPRO, los funcionarios de la DINAGRON, los miembros… | Capítulo III. Comisión de Encadenamiento Productivo | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 432 |
| Artículo 15 | Con relación al cumplimiento de los objetivos, metas y programas de trabajo de la DINAGRON, así como a los aspectos vinculados a horarios de trabajo, asistenci… | Sección Primera. | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 443 |
| Artículo 20 | La COMEPRO emitirá licencia a toda persona natural o jurídica, nacional o extranjera, que promueva el desarrollo de cadenas productivas de valor a partir de la… | Capítulo IV. Requisitos y procedimientos para ingresar al Régimen Especial de Agroparques | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 472 |
| Artículo 14 | La DINAGRON coordinará con las dependencias del Estado, actividades tales como: | Sección Primera. | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 474 |
| Artículo 45 | Se permitirá a las empresas poseedoras de una Licencia de Operación y Desarrollo de Agroparques y/o Conglomerados el movimiento de mercancías no nacionalizadas… | Capítulo XI. Régimen aduanero | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 488 |
| Artículo 49 | Ninguna disposición de la presente Ley, se entenderá en perjuicio de las concesiones, derechos, deberes, obligaciones o atribuciones otorgadas por el Estado pa… | Capítulo XII. Concesión de servicios públicos e infraestructura | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 501 |
| Artículo 32 | El Ministerio de Desarrollo Agropecuario autoriza a la DINAGRON a cobrar una tarifa de acuerdo con el costo de los servicios que presta tales como: | Capítulo V. Presupuesto, patrimonio, finanzas y fiscalización | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 509 |
| Artículo 27 | Los informes anuales que deberán entregar las empresas Desarrolladas y Operadoras a DINAGRON, se computará al año a partir de la emisión de su licencia de acue… | Capítulo IV. Requisitos y procedimientos para ingresar al Régimen Especial de Agroparques | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 657 |
| Artículo 40 | Las multas serán impuestas de acuerdo con la siguiente tabla: | Capítulo VIII. Sanciones y cancelación del registro | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 660 |
| Artículo 48 | Las concesiones para instalar y operar sistemas de producción de suministro de agua potable, alcantarillado sanitario, tratamiento de aguas servidas, de recole… | Capítulo XII. Concesión de servicios públicos e infraestructura | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 672 |
| Artículo 44 | Las empresas poseedoras de una Licencia de Operación y Desarrollo de Agroparques, emitida por la COMEPRO, podrán establecerse en lugares habilitados por el ser… | Capítulo XI. Régimen aduanero | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 695 |
| Artículo 54 | Las empresas que, antes de la entrada en vigencia del presente decreto, se encuentren establecidas dentro del área geográfica a la cual se aplicará el régimen… | Capítulo XV. Disposiciones finales | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 728 |
| Artículo 12 | Para garantizar el equilibrio contractual de las partes, DINAGRON regulará, vigilará y fiscalizará la relación contractual entre el productor agropecuario con… | Sección Primera. | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 735 |
| Artículo 50 | En los agroparques se aplicarán las disposiciones legales vigentes en materia ambiental, incluyendo el alcance, las guías y los términos de referencia, para la… | Capítulo XIII. Medio ambiente | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 745 |
| Artículo 41 | La COMEPRO cancelará la licencia de Empresa Operadora y Desarrolladora del Agroparque, al incurrir en las siguientes causales: | Capítulo IX. Cancelación de la Licencia de operación | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 810 |
| Artículo 38 | Se consideran infracciones administrativas a la Ley las siguientes: | Capítulo VIII. Sanciones y cancelación del registro | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 855 |
| Artículo 47 | La Autoridad Nacional de Aduanas reglamentará el procedimiento de entradas y salidas de materia prima o producto nacional, desde o hacia empresas establecidas… | Capítulo XI. Régimen aduanero | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 867 |
| Artículo 25 | Las empresas instaladas en un Agroparque y/o conglomerado podrán solicitar una modificación de su licencia o registro por traslado a otro agroparque y/o conglo… | Capítulo IV. Requisitos y procedimientos para ingresar al Régimen Especial de Agroparques | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 934 |
| Artículo 18 | La COMEPRO estará conformada por: | Capítulo III. Comisión de Encadenamiento Productivo | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 1166 |
| Artículo 39 | El incumplimiento de las disposiciones de la Ley, de los reglamentos y normas que se dicten en su desarrollo y de las obligaciones de las empresas registradas,… | Capítulo VIII. Sanciones y cancelación del registro | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 1171 |
| Artículo 1 | El presente Decreto Ejecutivo desarrolla el marco regulatorio establecido por la Ley 196 en el ámbito nacional, enfocado hacia la producción agroalimentaria y… | Capítulo I. Objetivos, ámbito de aplicación y definiciones | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 1378 |
| Artículo 23 | Para el registro oficial de empresas instaladas en Agroparques y/o Conglomerados se establecerán los siguientes requisitos: | Capítulo IV. Requisitos y procedimientos para ingresar al Régimen Especial de Agroparques | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 1889 |
| Artículo 22 | Para obtener la licencia de Empresa Desarrolladora y Operadora de Agroparque, el solicitante deberá presentar: | Capítulo IV. Requisitos y procedimientos para ingresar al Régimen Especial de Agroparques | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 2301 |
| Artículo 7 | Las funciones de la dirección establecidas en el artículo 4 de la Ley 196, se distribuirán de la siguiente manera: | Sección Primera. | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 2903 |
| Artículo 3 | Para efectos del presente decreto, los términos que a continuación se expresan tendrán el siguiente significado: | Capítulo I. Objetivos, ámbito de aplicación y definiciones | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 5288 |
