Que adopta la nueva tabla de salarios y se dispone la asignación de gastos de representación o sobresueldos a los servidores públicos de carrera diplomática y consular, y se adoptan otras disposicionesTipoDecreto EjecutivoNúmero159Año2021Fecha14 dic 2021Gaceta29232-BArtículos7
**Artículo 1.** Se adopta la nueva tabla de salarios de los servidores públicos de la Carrera Diplomática y Consular del Ministerio de Relaciones Exteriores, la cual quedará de la siguiente manera: RANGO DEL ESCALAFON SALARIO EMBAJADOR B/.3,000.00 MINISTRO CONSEJERO B/.2,700.00 PRIMER CONSEJERO B/.2,500.00 SEGUNDO CONSEJERO B/.2,300.00 PRIMER SECRETARIO B/.2,000.00 SEGUNDO SECRETARIO B/.1,800.00 TERCER SECRETARIO B/.1,500.00
**Artículo 2.** La aplicación de los ajustes de salario se realizará de manera progresiva durante los ascensos de los servidores públicos de la Carrera Diplomática y Consular al rango inmediato superior del Escalafón, de conformidad con el procedimiento, requisitos y periodicidad establecidos en el Decreto Ejecutivo 368 de 17 de agosto de 2018, siempre que estén aprobados en el Presupuesto General del Estado.
**Artículo 3.** El servidor público de la Carrera Diplomática y Consular cuando sea designado para ejercer un cargo de mando medio o superior en la Cancillería ya sea director, subdirector o jefe de una unidad administrativa, tendrá el derecho de asumir dicho cargo, sin necesidad de acogerse a licencia sin sueldo de la posición que ocupa según su rango, y se le reconocerá la asignación de sobresueldo o gasto de representación al desempeñar un cargo de mayor complejidad.
**Artículo 4.** Tendrá derecho a la asignación de gastos de representación o sobresueldo, según corresponda, el servidor público de la Carrera Diplomática y Consular que desempeñe cargos de director o subdirector, a fin de equipar los salarios de estos funcionarios con los emolumentos correspondientes a los cargos para los cuales han sido designados. Estos emolumentos se pagarán mientras ejerzan el cargo.
**Artículo 5.** Se asignará la suma de cuatrocientos balboas con 00/100 (B/.400.00) en concepto de sobresueldo al servidor público de la Carrera Diplomática y Consular, que ejerza el cargo de jefe de departamento. Este sobresueldo se pagará mientras ejerza el cargo.
**Artículo 6.** Este Decreto Ejecutivo deroga el Decreto Ejecutivo 22 de 16 de marzo de 2017, el Decreto Ejecutivo 461 de 5 de diciembre de 2018 y los artículos 91 y 92 del Decreto Ejecutivo 368 de 17 de agosto de 2018.
**Artículo 7.** El presente Decreto Ejecutivo empezará a regir a partir de su promulgación. FUNDAMENTO DE DERECHO: Ley 28 de 1999; Ley 60 de 2015; Ley 5 de 2018 y Decreto Ejecutivo 368 de 17 de agosto de 2018. COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.
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