Texto
**CONSIDERANDO:**
Cinco lentes para estudiar este norma. Describen señales verificables; no califican su validez ni cambian el texto.
Carga, subordinación, condiciones y construcciones que afectan la lectura.
Elige una oración para recorrer sus cláusulas y la función de cada fragmento.
CONSIDERANDO:**
Lectura del mapa: las modalidades y los núcleos reconocidos tienen confianza alta; sujeto y complementos son una segmentación orientativa que siempre se coteja con el original.
62señales
6tipos presentes
14bloques señalados
1,638palabras · 71 oraciones
**CONSIDERANDO:**
Que en virtud de la , se creó el Régimen Especial para el Establecimiento y la Operación de Sedes de Empresas Multinacionales y la Comisión de Licencias de Sedes de Empresas Multinacionales;
**Artículo 1.** plazo se contará a partir de la aprobación de la Visa de Personal Permanente de Sede de Empresa Multinacional. Este permiso será extensible a los dependientes del solicitante.
**Artículo 2.** El extranjero optar por este Permiso independientemente de que haya laborado para una o varias empresas con Licencias de Sede de Empresa Multinacional. El término a que hace referencia el artículo anterior, se computará de manera continua o con intervalos, siempre y la suma del tiempo laborado, corresponda a cinco años.
**Artículo 3.** Para optar por la Residencia Definitiva, el extranjero haber culminado su relación laboral con la empresa con Licencia de Sede de Empresa Multinacional.
**Artículo 4.** El extranjero que decida optar por la Residencia Definitiva, descrita en este Decreto Ejecutivo, cumplir con los siguientes requisitos: 1. Poder y Solicitud dirigido al Servicio Nacional de Migración. 2. Tres fotografías tamaño carné del solicitante. 3. Copia de pasaporte debidamente cotejado por un Notario Público panameño, o acompañada de la certificación de la representación diplomática acreditada en el país o de autoridad correspondiente en el lugar de emisión. 4. Certificado de Salud expedido por un personal idóneo, dentro de los tres (3) meses anteriores a la presentación de la solicitud. 5. Declaración Jurada sobre Antecedentes Personales del solicitante, la cual ser llenada en su totalidad, sin alteraciones, ni omisiones de hechos pertinentes. 6. Prueba de Inversión en el territorio nacional, la cual se demostrará mediante la presentación de por lo menos uno (1) de los siguientes requisitos: i. Certificación bancaria de que ha aperturado una cuenta de depósito a Plazo fijo a nombre del solicitante, con una duración mínima de tres (3) años, (el plazo fijo debe estar libre de todo gravamen) en cualquier banco de licencia general en el territorio nacional, por un valor mínimo de Ciento Cincuenta Mil Balboas (B/.150,000.00), o su equivalente en moneda extranjera. certificación venir acompañada de copia del certificado a plazo fijo autenticado por el banco respectivo. ii. Certificación del Registro Público de Panamá que compruebe la propiedad de los bienes inmuebles, a título personal del solicitante con un valor mínimo de Ciento Cincuenta Mil Balboas (B/.150,000.00) libre de gravámenes. El solicitante también demostrar una inversión mixta, derivada de la obtención de un plazo fijo y de la compra de un bien inmueble, siempre y inversión tenga como valor mínimo la suma de Ciento Cincuenta Mil Balboas (B/.150,000.00). PAR. En el caso de que el solicitante acredite que ha pagado la suma liquida de Ciento Cincuenta Mil Balboas (B/.150,000.00) en un inmueble y éste sea de un valor superior a lo requerido, financiar el remanente a través de préstamos hipotecario de un banco local. 7. Carta de la empresa con Licencia de Sede de Empresa Multinacional, firmada por el representante legal o persona facultada para tal efecto, presentada con membrete de la empresa y autenticada ante notario público panameño. 8.
**Artículo 5.** El personal extranjero que demuestre tener la tutela o guarda y crianza acreditada de una persona menor de edad, solicitarlo como dependiente. tener dependientes, aportar adicionalmente los siguientes documentos: 1. Poder y solicitud dirigido al Servicio Nacional de Migración. El poder ser otorgado de manera conjunta por el solicitante principal y su dependiente, siempre y el dependiente sea mayor de edad. 2. Tres fotografías tamaño carné del dependiente. 3. Copia de pasaporte del dependiente debidamente cotejado por un Notario Público panameño, o acompañada de la certificación de la representación diplomática acreditada en el país o de autoridad correspondiente en el lugar de emisión. 4. Certificado de Salud del dependiente expedido por un personal idóneo, dentro de los tres (3) meses anteriores a la presentación de la solicitud. 5. Declaración Jurada sobre Antecedentes Personales del solicitante, la cual ser llenada en su totalidad, sin alteraciones, ni omisiones de hechos pertinentes. 6. Para las parejas unidas sea el caso, aportar para demostrar unión, los siguientes documentos: i. Declaración Jurada ante Notario de Panamá, en la que el personal extranjero y su pareja, indiquen que tienen un mínimo de cinco (5) años de estar unidos, en condiciones de singularidad y estabilidad. ii. Certificación del corregidor del lugar de residencia, que acredite la existencia de la Unión de Hecho por un mínimo de cinco (5) años, en condiciones de singularidad y estabilidad. 7. Para los hijos o personas bajo tutela y guarda y crianza que posean mayoría de edad, pero que sean menores de veinticinco años (25), además aportar: i. Certificación de un Centro Educativo que acredite su condición de estudiante a tiempo completo y de forma regular. ii.Declaración jurada de soltería, emitida ante Notario Público panameño
**Artículo 6.** Será necesario para la presentación de este Permiso que previamente se encuentre aprobada la Residencia Definitiva al solicitante principal.
**Artículo 7.** Una vez otorgada la Residencia definitiva, el solicitante y sus dependencias tendrán derecho a un carné que los habilite para permanecer de manera indefinida en el territorio nacional.
**Artículo 8.**
**Artículo 9.**
**Artículo 10.** El presente Decreto Ejecutivo entrará a regir a partir de su promulgación.
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