Legislación
Decreto Ejecutivo 415 de 2012: Que crea dentro de la categoría migratoria de Residente Permanente, la sub categoría de Residente Permanente en calidad de Diplomático y Miembros de Organismos Internacionales de países que mantengan relaciones diplomáticas amistosas con la República de Panamá, quienes han dejado de prestar sus servicios en sus respectivas posiciones.
Una fila por artículo: qué tiene jurisprudencia, qué quiere cambiar un proyecto, qué cambió de vigencia. Ordena por cualquier columna numérica; cada fila lleva al artículo.
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| Artículo | De qué trata (primera frase) | División | Vigencia | Fallos | Reformas propuestas↓ | En trámite | Remisiones | Anotaciones | Caracteres |
|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
| Artículo 1 | Se crea dentro de la categoría migratoria de Residente Permanente, la sub categoría de Residente Permanente en calidad de Diplomáticos y Miembros de Organismos… | — (no aplica) | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 528 |
| Artículo 2 | Adicionalmente los requisitos comunes establecidos en el artículo 28 del Decreto Ley N° 3 de 22 de febrero de 2008, las personas que se acojan a este beneficio… | — (no aplica) | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 1030 |
| Artículo 3 | Las personas a quienes se les apruebe este permiso se podrán acoger a los beneficios del artículo 2 de la Ley 9 del 24 de junio de 1987, a excepción del numera… | — (no aplica) | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 313 |
| Artículo 4 | El permiso de Residente Permanente que se autorice en virtud del presente Decreto Ejecutivo autoriza a los interesados y a sus dependientes a residir en el paí… | — (no aplica) | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 256 |
| Artículo 5 | Este Decreto Ejecutivo regirá a partir de su promulgación. | — (no aplica) | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 74 |
