parte DDE contribuycntcs cn la Dirección üeneral de ‘Valorización del Ministerio dc Obras
Artículo 5Se entenderá como incumplido este tipo de arreglo de pago, cuando el contribuyente henefic~iado por la moratoria besatienda: dos (2) letras~ de dicho arreglo, p,erdiendo por ende los beneficios dey la referida~ley. :Leer +
**Artículo 5.** Se entenderá como incumplido este tipo de arreglo de pago, cuando el contribuyente henefic~iado por la moratoria besatienda: dos (2) letras~ de dicho arreglo, p,erdiendo por ende los beneficios dey la referida~ley. : : ,, At título 6: Los arreglos de pago .a que se refiere ~la:~$esente reglameniación ‘ser& aprobados por el ~Juzgado Ejecutor de la Di~recciórr de Valorización. ., .j Articule 7: Todas aquellas fincas cuyos propietarios o poseedores que no hayan aprovechado los beneficios de esta Ley. pasados los tres meses, se les cobrarã el interés y‘ recargo sobre la ,deuda inicial que mantienen con la Institución, Artículu~H: ILa reglamentación empewr8 a regir a parlir de su promulgación. I Dado en la Ciudad de, Panamá, a los-l 5 dfas del mes de matzo de 2002. ! ! MIREYA MOSCOS0 VICTOR N. JULIA0 GELONCH ~ Presidente de la RepUblica Ministro de Obras Públicas ~SUPEMNTENDENCIA DE BANCOS m3oLwON J.D. NO.014-2032 (de 1 de marzo dey2002) LA JUNTA~DIRECTIVA Dfi LA SUPERINTENDENCIA DE BANCOS en uso de sus faculhies legales y **Considerando:** Que, mediante Resuelto No. 3 .de 6 de marzo de 200,1,~la Superintendente de Bancos delegó en cl (,lai Jefe (a) de~Depar@nento de Programas’ Especiales .’ (FECl), la, responsabilidad, autoridad y competencia para resolver consultas e imponer multas por i~umplilniento~ ‘de ,‘los Acuerdos 0, ~Resolucionei Bancarias vigentes 9 de la Ley 4 de 17 de mayo de 1994; Que, mediante Resolución J,.D. No. 8 de 7 de marzo ,de 2001, esta Junta. Directiva resolvió acoger el cilado Resuelto No. 3 de 6 de matzo~ de 2001; Que ,la Superin(eudente de Bancos ha dictado el Resuelto No. 004-2002 de I i de marzo de 2002, pck 61 cual hiits la facultad ‘de imposicien de multas por
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