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4,621palabras · 595 oraciones
CONSIDERANDO:
Que es deber del Estado velar por el mantenimiento de la salud de todos los ciudadanos que hnbitaw en el territorio nacional. :, .1 Que se ha registrndo un aumento crlcienie de las enfermedades transmitidas por alimentos ( E.T.A. ‘s), lo que representa un riesgo para la salud de la poblnción.
Que, ante los cnwhios que se han experimentpdo en el mundo a raíz de la globoliznción y competitividad en el comercio’ de los alimentos. se hace necesario adoptar medidas que aseguren su calidad sanitaria.
Que es deber de’las autoridades de salud supervisar que la, inocuidad de los alimentos se manrenga en toda la cadena de producción alimentaria.
Que ‘los prerrequisitos sanitarios (SSOP y GMF),’ asi’ como ‘la aplicación del Sistema de Análisis,de Peligros y:Control de Puntos Críticos (HACCP) han demostrado que son herramientas confiables en la industria alimentaria, por lo que resulta necesario implementarlàs.
DECXETA:
AR TíCULO PRZMERO: Se aprueba el reglamento sobre la aplicación obligatoria de los Procedimientos Estandarizados Gaceta OWal, ml(rrolrr 17 da uctubn dr 2001 w 24411 I de Ius Operaclones de Llmptcza y Dwlnfeccldn, las Buerras Pvdctlcas de Manufactura y el Sistema de Atráli~ls de Peligros y Control de Puntos’ Crftlck en has plantas y estableclmlentos que #acrflquen animales de abasto; processn,, transformen, distribuyan y expendan productos cárnicos, lhcteos, pesqueros, huevos y productos diversos para consumo humano, cuyo texto es el siguiente: 2’ ”
DE LAS DEFINICIONES No 24,411 Gaceta Oficial, miércoles 17 de octubre de 2001 33
h) Inocuo: Que no representa riesgo para la salud.
ij Límites Críticos: Uno o más rangos de tolerancias en que deben wantellerse los peligros en un punto crítico, para no. afectar la inocuidad del alijilento.
j) Medidas preventivas: Acciones que se toman con la, intención de e,vitar que exista una desviación en el proceso, a través de controles específicos.
k) Monitoreo: Secuencia planeada de observaciones y mediciones disenadas para producir un registro .fìel que tiene por objeto asegurarse de mantener la operación deltro de los límites críticos.
1) Peligros: .Agentes fisicos, químicos o biológicos que pueden causar un efecto negativo a la salud de los consumidores se encuentran presentes en los alimentos en niveles inaceptables. <.. m) Plan de Análisis de Peligros y Control de Puntos Críticos (HACCP):Documento que define los procedimientos a seguir para asegurar la inocuidad de los al&entos.
n), Plantas ,o establecimientos: Locales adttorizados por la Autoridad ~ Sanitaria Compeiente para el sacrificio de animales de ab&sto y/o el procesamiento, transformación, distribución y expendio de alima~rtos.
o) Prerrequisitos sanitarios (SSOP): Conjunto de acciones necesarias, de prevfa ,aplicacióri y de índole obligatoria, para lograr el, buen rendimiento del plan sanitario anterior.
p) Procedimientos Estandarizados de las Operaciones de Limpieza y Desinfección (SSOP): Rutinas diarias de procedimientos sanitarios, antes y durante las operaciones, para prevenir la contaminación directa o la adulteración de los productos.
q) Productos cárnicos: Alimeitfos para el consumo humano que se obtienen de la transformación de las carnes y vísceras.
s) Productos diversos: Productos alimenticios elaborados para el consumo humano de composición diferente a los señalados en, los literales s,t y II.
s) Productos Gcteos: Alimentos elaborados a partir de la leche que se utilizan para el consutno humano. 34 Gaceta Oflclal, mkcoles 17 de octubre de 2001 N” 24,411
t) Productos pesqueros: Alimentos obtenidos a ‘partir de la pesca o producción en cnutiverio de animales o partes de animales de agua snloda y de agua dulce;, que incluye #us huevos y lechadas, trtilizndos pnrn el consumo humano. Se excluyen ltis mamlferos ,ntwhlos .Yde nguo dulce, al igual que los queMos.
x) Sistema de Análisis ‘de Peligros y Control de Puntos Cridcos (HACCP): Enfoque cient&o y sistemático para asegurar la inocuidad de los alimentos haciendo evaluaciones, identijìcaciones y control de peligros sdgnificaiivk. Es un sistema basado en siete principios.
y) Validación.: Procedimiento mediante el cual la Autoridad Sanitaria Competente reconoce cam’o legítimo los documentos de SSOP, GMP Y HACCP, estén firmados por el propietario o representante legal de la compañía propietaria del establecimiento o planta registrada.
z) Ve$c&ión: Conjunto de métodos, procedimientos y análisis, ,utilizados para determinar si el Sistema de Análisis de Peligros y Control de Puntos Críticos esta funcionando adecuadamente.
CAPfTULO II
DE LOS PRERREQUISITOS
\
A~RTíCUb 2: Las plantas y establecimientos que se dediquen al ‘/ / 1 sacrifìcio de animales de abasto, así como al ,. ., 4 procesamiento, transformación, distribución y/o expendio d5 productos cárnicos, lácteos y pesqueros, lo mismo que~ de huevos y productos No 24,411 Gaceta Ofldal, nh%cdes 17 de octubre de 2001 35
diversos, deben contar obligatoriamente con una descripción escrita y detallada de los siguientes prerrequisitos debidamente implementados:
1. Procedimientos Estandarizados de las Operaciones de Limpieza y Desirlfección (SSOP).
a. Seguridad del agua: El agua que se utiliza en el establecimiento o planta debe ser de una fuente segura y el acueducto debe tener buena presión del agua o, en caso contrario, se debe disponer de un tanque de reserva’seguro. Al agua debe realizársele un analisis microbiológico mensual y físicoquímico, bianual, como mínimo. Debe existir en el establecimiento o planta un diagrama donde se identifiquen todas las tomas seguras de agua para los diferentes procesos. *
b. Limpieza de la superficie de contacto con los alimentos: La superfìcie de equipos y utensilios debe mantenerse en condiciones sanitarias adecuadas, principalmente las que tienen contacto con los productos. Debe existir un programa escrito que describa las rutinas diarias de estos procedimientos sanitarios antes, durante y después del proceso, que contemple la frecuencia,. tareas, etapas, así como los productos utilizados y sus concentraciones. Deben realizarse peri¿dicamente evallraCiòiies’ ‘visiZles’~ y organolépticas. al igual que anhlists de laboratorio, a las superficies de contacto. Debe nombrarse a una persona como responsable de supervisar la ‘. actividad y registrarla.
c. Prevención contra la contaminación cruzada: La planta debe contar cqn medidas preventivas que eviten la contaminación de los alimentos en todas las etapas de producción, procesamiento, transformación, distribución y expendio de los alimentos.
d. Higiene de los empleados: Los lavamanos deben accionarse con los pies, las rodillas o por medio de sensores eléctricos y estar distribuidos estratégicamente, de tal manera que los manipuladores puedan lavarse #Ias manos con frecuencia. Así mismo, los lavamanos deben tener dispositivos con solución desinfectante y contar con un sistema de secado de manos desechable (papel toalla o aire caliente); el número de sanitarios debe ser acorde con el número de empleados y estar separados según el género.
Deben existir letreros,’ ubicados estratégicamente, con mensajes a los manipuladores para que se laven las manos, cada vez que sea necesario. ~GacetaOflcid, mikolea 17 de octubre de 2001 N” 24,411
Debe haber una persona encargada de supervisar que esto se cumpla, quien registrar9 en archivos el comportamiento de los manipuladores, la existencia de desinfectantes, papel higienico, papel toalla y otros, al igual que los dat?os ocurridos en los sanitarios y la periocidad con que se higieniza el área. 1 l ,
e. Contaminación: La planta debe evitar que se contaminen los productos, materiales para empacar y superficies de contacto, ya sea con agentes fisicos,, químicos o biológico. Los empaques, materias primas y otros ingredientes deben inspeccionarse a SU recibo y aimacenarse de forma adecuada, que no permita su contaminación.
J Compuestos químicos y agentes tóxicos: Este tipo de sustancias deben almacenarse separadas del área de proceso, deben estar debidamente rotuladas y bajo llave. Debe llevarse un regfstro sobre el USOy manejo de mestassustancias, debe haber un responsuble de su despacho. Solo podrrin usarse sustancias químicas aprobadas por la Autoridad Sanitaria Competente,
,, ~-~~~~~~g-Sahrdde los empleados: Para poder dedicarse a la manipulacion de alimentos para la venta se requiere contar con un certl@ado de buena salud vigente otorgado por un ~Centro de Salud y con un carnet de, capacitación en manipulactbn de alimentos válido, otorgado por un Centro de Capacitación de Manipuladores de Alimentos aprobado por el Ministerio de Salud.
Cualquier empleado que padezca alguna enfermedad infecciosa o tenga alguna lesión abierta debe ser retiradoldel área de proceso hasta que mejore su condición de salud. h. Control de plagas: La empresa debe tener un programa de control de plagas debidamente documentado e implementado con su diagrama de ubicación ‘de trampas o cebos, productos químicos que se utilizan; frecuencia, método de aplicación y otros. Todo debe estar debidamente registrado en archivos y debe haber una persona responsable de que se cumpla. 2. Buenas Prácticas de Manufactura (GMP).; Como regla general, el personal debe contar con buena salud, utilizar indumentaria adecuada, mantener limpieza adecuada, lavarse bien las manos, utilizar protector para cubrir los cabellos y remover todas las joyas; además no debe comer, masticar, beber ni fumar en las áreas de trabajo.
Debe asignarse a una persona que sea la responsable de supervisar el cumplimiento de las reglas generales, untes mencionadas. La empresa es responsable por la educación y capacitación sanitaria de su personal. N”24,411 Gaceta Oficial, miércoles 17 de octubre de 2001 37
a. Edifcaciones y facilidades: La empresa es responsable de remover la basura y los desperdicios, en forma adecuada, dentro yfiera de la planta, para lo cual debe existir espacio sujkiénte para estas labores. Las áreas del proceso deben estar delimitadas y mantener las áreas sucias bien separadas. Los pisos, techos, paredes, y puertas deben ser de materiales adecuados, de fácil limpieza y desinfección: la ventilación e iluminación deben ser adecuadas y cumplir,las reglamentaciones. i b. Equipos y utensilios: El eqkpo y utensilios deben ser diseñados y construidos con un material de fácil limpieza y desinfección, que sea adecuado para las labores; debe ser proporcional al volumen del proceso.
Si e.ristetl cámaras de enfriamiento y congelación, éstas deben contar con un termógrafo para el registro de las temperaturas y su posterior archivo. El archivo debe conservarse por dos años, como mínimo.
c. Control de la producción y proceso: Todas las operaciones de producción y p,rocesamiento hasta el empacado, incluida la rotutaci6n; deben reaGGse de acu&do a los principios básicos de higiene; debe mantenerse la cadena de frío, en donde se requiera; Ias materias primas y otros ingredientes deben ser inspeccionados, manejados J almacenados adecuadamente: el transporte y distribución del producto terminado deben hacerse en condiciones que se evite In contamir!ación física, química o biológica y deben hacerse análisis de laboratorio frecuentes para verifìcar la eficacia de los controles.
DE LA APLICACIÓN DEL SISTEMA DE ANÁLISIS DE PELIGROS Y CONTROL DE PUNTOS CRíTICOS (HACCP) EAf-PLANTAS Y ESTABLECIMIENTOS DE CARNES, PRODUCTOS CARNICOS Y HUE VOS
CAPíTULO III
**Artículo 3.** La aplicación del Sistema de Análisis de Peligros~y Control de Puntos Críticos es obligatoria para las siguientes plantas y establecimientos: 1. Plantas de sacrifìcio de animales, independientemente del volumen de sacriJki0. 2. Plantas de procesamiento y transformación de la carne, tales como dkhuesadora!, destazadoras, embutidoras y otras. PARhRAFO 2: Lo9 estnblecimtmtus no contemp@dos eti &te artlcwlo no requierun de un sistema HACCP, p& si están ob&ados a contar con los prerrequisitos (GMP y SSOP), por escrito e implementados. ARTfCULO 4: El listado de peligros para la carne, productos chicos y huevos es el siguiente: ,f I. Peligros Físicos: Los peligros fkicos p-ara la seguridad de los alimenfos surgen de la presencia de materia extraña que puede les-al consumidor. Existert varios factores que causan estos peligros físicos en los productos terminados, los cuales pueden ser de varios origenes, como los siguientes: 1. Materias primas contaminadas. 2. Plantas y equipo con diseño o mantenimiento deficiente. 3. Procedimientos defectuosos durante la produ,ccich 4. Prácticas inadecuadas por parte de los empleadqs. N”24,411 Gaceta Ofiehl, miércoles 17 de octubre de 2001 39 I ---------_-_---...-YELIciKos tíIsIcOS MAS FRECWENTES Metal Vidrio Astillas de madera Insectos Pelos/ cabellos Moho, capas de, mohos Roedores /material fecal Envoltorios de goma de mascar Suciedad, piedras Escamas de pin tura Joyas,, bolone, Colillas de cigarrillas ESJyaradrapos TakwO n-0 lc, nlo bolígrafos Rótulos de idejl@kación de loS canales Agujas hipodérmicas Balas/l>erdigones Plumas de aves Grasa /lubricantes Iu.&pqlwl&~r~ plet&ica p ,’ ~~ II. Los peligros químicos son: Pesticidas, herbicidas y desfoliadores Hormonas de crecimiento y antibiáticos. Aditivos alimenticios y elementos para la elaborac& Lubricantes y pinturas. Limpiadores y agentes desinfectantes. III. Peligros biológicos: Son los microorganismos patógenos 0 sus toxinas, capaces de afectar la salud del consumidor están presentes en los’alimentos en niveles inaceptables. Las toxiinfecciones rruis comunes son causadas por bacterias. Ln nplicocith del Sistema de Análisis de Peligros y Co~rtroì de Pwttos Críticos es obligntwio pnra Ias siguierltes plnrltas y estnbiecirilieatos, que deberárr cwlplir, fldc?má.s, con los prerrequisitos rnerhmndos en el Ctrpifulo II de este Decreto: 1. Plnrtrns ~~ncior~nles de acopio y pr’ocesamierrto de leche y (productos híclc0.s. PARÁWW~O: .4 los estnbkcirnientos no contemplados eH es& artfcth; tt6 se le e.rigirá UV Sistema de Ancílisis de Peligros y Control de Ptintos~ Criticss, pero si:es obligatorio que cuenten con~hprerrequisitos SSOP’ y GMP; por escrito e implementados. E[ lis fado de peligros para leche y productos lrici~~s es el siguienfe: N” 24,411 Gaceta Oficial, miércoles 17 de octubre de 2001 41 J : PELIdROS BIOLÓGICOS 1. Brucella Abortus o Brucella Melitensis 2. Salmonella typhi; paratyphi y Dublín 3. Listeria Monocitogenes 4. E. colipatógeno 5. Campylobacter 6. Toxinas de,Staphilococus auieus 7. Yersinia enterocolítica 8. Mycobacterium tuberculosis II PELIGROS FisrCOS 1. Metales 2. Vidrios 3. Objetos personales 4. Plásticos 5. otros III PELIGROS QUiMICOS 1. Residuos, de Drogas 2. Residuos de químicos de limpieza 3. Aditivos químicos 4. Toxinas naturales 5. Residuos,de pesticidas ! PARÁGRAFO: La Autoridad ianitaria Competente agregar, en cualqirier mtitiento, otros peligros a la lista y las empresas aplicar las medidas necesarias upara evitar que afecten su producto tesminado. DE L;4 APLICACIÓN DEL SISTEMA DE ANALISls DE PELIGROS Y CONTROL DE PUNTOS CRÍTICOS EN PLANTAS Y : ESTABLECIMIEjVT@ DE PRODUCTOS PESQUEROS de este Decreto: A. BACTERIAS A WT&TOMS: 1. Clastridium botulinum 2. Vibrio sp 3. Aerowortas sp 4. Plesiomonas sp 5. Listeria sp E. BACTERIAS NO AUT&TtX%4& 1. Salmorrella sp ! *’ 2. Shigella sp 3. Escherichia co fi 4. Staphylococtrs aureus c VIRUS 1. Hepatitis Tipo A 2. Norwalk 3. Agente Nieve.de MontaGa 4. Caficivirus 5. Astrovirus I’ ‘, ,. Ij ,:(‘.,, ; MI, ~’ : N”24,411 &eta Ohal,’ mlhcoks 17 de bctubre dk’bl 43 >11,’ ) ! ! .,. D. ~~BIOTOXINAS: 1. Teti-olatoxina 2. Ciguatera : : ‘.*fS ( f 3. htoxicacióa paralizante por ingestión de moluscos (psp) 4. htoxicacih diarreica por ingestión de MOLUSCOS (dsp) 5. irrto.ric’¿icióil ‘r~¿~iirõitioik~ pop irigesti6n de nioluscos (nsp) 6. Itrto.~ictrcióir amrwkica por ingestión de moluscos (asp) 7. hlo.uicacicítt pos histamiifa E. PARÁSITOS: 1. Nemcitodos 2. Cestodos ,,\i .i . .,.I 5, ,~ <I, 3. Tremátód~s’ II : PELIGROS QUíMICOS: i ., .,~., ; ii;-. .‘. SUSTA~NCIAS QUhfICAS IN&(;ANICA~S: ,,, 1\. AWimonio 2., Arsénico 3\. Cadmio 4\. PlOlllO 7\. Slrljitos (utilizad@ ett’ Id ‘&bkwaciót+d@~, canwwm%j \: ‘:r ” ?< < ,,\, :‘: ,L ,j~‘).,:. B. SUSTANCIAS QUh4lCAS ORGÁNICAS: ” 1. biteuilos policlorados 2. dioxittas 3. Insecticidas (hidrocarburos clorados) i. Nitrosamirras ~ 2. Corltaminates relacionados con la Scuicultura (antibióticos y hormorias). ‘44 GmetaG&ied, ~nIkrkrl7&ostabredezQB1 NOa4&1 ‘1. PELIGROS FhCOS: 1. Meterles 2. Modern 3. Vidrios 4, Arena i. Plantas y establecimientos de productos diversos cuya producción se exporte. 2. Plarrtas y establecinlientos de productos diversos cuya produccih es distribuida en todo el territorio oracional. 3. Plantas v estabjecimientos de prbductos diversos cuya producción es distribuida erl ntcis de una región. 4. Platttas y establecimientos de productos diversos cuya producción se , distribuya a nivel regiorial. I PARA’GRAFO: A las plantas y establecimientos no contemplados en este articulo no se les exigir6 un Sistema de Análisis de Peligros y Control de Pwrtos Criticos, pero sí es obligatorio que cuenten con los prerrequisitos SSOP y GMP, por escrito e impplementados. No 24,411 Gaceta Oflcid, mkhvo~es~l7 de octubre de 2001 45 AR#CULO 10: El liStado de peligros para productos diversos es el siguiente: ,.. ! 1. PARA EL AGUA ENVASAbA Y kL HIELO: PELIGROS FISICOS QUíMICOS 3IOL0GICOS Piedras Bacterias: Hojas Hidrocarburos E. coli Madera l Pia g uicidas Shigella Metal Detergentes Salmonella Vidrio Desiilfectantes Compylobacter Tlerr~ Vibrio cólera Impurezas Parásitos: Criptoporidiunt ,. _‘ <~,.Y’C~ ‘,“. F&~~~ : .., Uncinaria Virus. Notwald Hepatitis PARA EL AZÚCAR: *,;“, : 46 Gq&@ Otlckd, r&reobs 17dw~tubra de ml N%411 ,3. PARA LA SAL: PELIGROS Qvmcos S¡OL~GICOS 4. PARA TORTILLAS DE MAÍZ, EMPANA DAS Y HARINA DE TRIGO: PELIGRQS FíSICOS Qm ,) BlOLdGlCOS Frngrneatos de piedras Aflato.xkas Salrnonella Metales 1. ,Plaguid& g. coli Vidsios Staple Maderas - --_ -i 5. PARA CREMAS Y CEREALES: PELIGROS FISICOS Quh4xos BIOLÓGICOS r----’ 1 Fragmentos de piedras Pluguicidas Bacik Cereus Metales ,AJatoninas Klebsiella Vidrio Stophilococus aureus Enterabacfer [ Otras imnpk-vezas .&iw-i:~ No 24,411 Gaceta Oficial,, ,@kcoies 17 de octubre de 2001 47 6. PARA FRUTAS Y VEGETALES FRESCOS: PELIGROS ,. 7. PARA HA@flAS;DE MAÍZ Y TRIGO: .,: PELIGRfk 1 ‘, FISICOS QU!MICOS BIOLÓGICOS Fragmentos de piedras Ajlatoxinas E. coli Metales Plaguicidas Salmonella Vidrios Hongos productores de toxinas Madera 10. PARA JUGOS Y NÉCTARES: PELIGROS l FlSlCOS QUh4ICOS BIOLOGKOS ,N” 24,411 Gaceta OMal, mi6rcoles 17 de octubre de 2001 49 Il. PARA CONSER VAS, MERMELADAS. .&EAj ,Y PANE& PELII;A&W FISICOS QVfMICOS BIOLOGICOS 1Detergentes Madera _,, ., 50 Gaceta Oflchl, mlkcolrr 17 da ottubre de 2801 w24#411 14. PARA PRODbCTOS DE CONFITERfA, PASTILLAS, CARAMELOS, Y BOMBONES: PELIGROS FISICOS ‘1 Quill4Icos Fragmeatos de piedras Hidrocarburo Clostridium Vidrio Grasas Me10lcs , Deterg8tlte Madera Codorflrrtes rrocivos Aditivos nocivos Preservantes nocivos 15. PARA JARABES Y MELAZAS: .Pk”tMROS r FhYICOS QUiMICOS BIOLB3ICOS Fragmentos de piedras CO 2 HO?t@S Vidrios Levaduras Materiqles extraños Clostridium Bacillus sp / ,a~, 16. PARA CALDOS. Y SOPAS DESHIDRA TADAS: PELIGROS FISICOS Q ViMICOS BIOLÓGICOS” Fragmoatos de piedras Métales pesados Bacillus cereus Vidrios Detergentes Salmonella Materiales extra!?os Qesittfectantes E. coli Plaguicldas Clostrldlum Ajlatoxinas 17. J’MA ESPECIES Y CONDIMENtOS: PELIGROS ’ FiSICOS QUiMICOs BIOLóGICOS I I .Fragmerr&os de piedras Metales pesados Bacillus subtilis Ajlatoxinas Staphilococus aureus Vidrios Materiales extrafios . E: coli Metales Sulfitus reductores No 24,411 Gaceta Oficial, mithmles 17 de octubre de 2001 51 18. PARA BEBIDAS ESThU~ANTES, CAFÉ, TÉ,, Y CACAO: PELIGROS FISICOS ~QUíMICOS BIOLOGICOS Eagtttetttos de piedras Metales pesados QQstriditim Vidrios ~Bacillus subtilis Materiales exrratlos E. coli Metales 1 \‘, 1), IJA RÁGRA FO: l.tr Atrtorid~td Swtitur(a Competentepodrá agregar, ett cualquier tttonwt~to.otrospeligros n In lista que tettdranque ser oaitsideradospor las empresas.
DE LA APLICACIÓN DEL PLAN DE ANA*LISIS DE PELIGROS Y CONTROL DE PUNTOS CRíTICOS.
ARTI’CULO II: Cada planta y establecimiento.
ARTíCULO 12: El plan HACCP debe contener wt Eroquis de las salas de proceso, wansfortnacih, ¿dtnacenaje J distribución de los productos; y estarjrtnndo ;! por el propielario, gerettie, adtninisrrador o representante legal de la empresa. ,_.. ., <. ;
ARTíCULO 13: Le corresponde a las planlas J) esrablecitttien~os Ia rksponsabilidad de asegurar la inocuidad de los alimentos que produzcan para el consumo ltwnatto.
L
CAPíTULO VII
**Artículo 14.** El Ministerio de Salud, a travh de su Auloridad Sanitaria Competente, orientará a las plantas durante el proceso de instalación y aplicución del Chata Offddí rnlkotml7 da octubre da 2001 Iv 24#11. HA CC? ‘en todas sus fases. Las empresas asumirh los gastos- de adecuación que implique la aplicacidn del, sistema. Las pl&~as y establecimi&ztos~ pueden rnortifEcar SII Plan de,,Akhis de Peligros y Control de, Puntos Críticos (WCQY) cuan& introdtican; twevos procedimientos 0 técnicas 0 , en sus verifìcaciones, d&ectew que 110.se estci gararttieandb ka inocuidad/ de los. productos. ‘Toda modificaciór~ ser not@ada a la Autoridad Sanitaria Corrtpetertw patwstr validacidn. Esios~ diaawuntos debsw, guardarse en WI sitio seguro y e,mr dfspowibh ctrrt~ldu la A,Ut&idad Satiitarh Coittppäerite los solicite6 La Autorthd: Sanitaria Competente debe mantener la conj?de&alidad: de documentos y sólo los utilizará pwa! aontroles sanitarios del respectivo establecimhto. No utilizarse para otros propósitos sin la autorización escrita de la empresa. Cada planta o establecimiento tener un ntirtiero~ de iderttificacidn diferente, aunque pertertezcn a un, mkmo propietario. ;: N” 24,411 Gaceta Oficial, mi&coks 17 de octubre de 2001 ARTiCULti 18: Para la in$ortación de alimentos ,para consumo humano a nuestro país, las plantas y establecimientos de donde proceden: deben contar con un sistema de aseguramiento de inocuidad que sea similar al Sistema de Análisis de Peligros y Control de Puntos Críticos. Estas plantas y establecimientos estar certifìcadas por la Autoridad Saniiaria Competente nacional de su país de origen.
**Artículo 19.** El importador de los productos alimenticios cumplir los requisitos y procedimientos establecidos en las reglamentaciones.
.” MI ,,: ‘~ AR TíClJLO.iii El Miiiisterio de Salud, .a través del Departamento de Protección de Alimentos, validará los planes de aseguramiénto de la inocuidad de los alimentos de cada ‘planta y establecimiento; además brindará orientación antes, durante y después de su aplicación. Los gastos que se generen por la aplicación de los planes correrán por cuenta de las plantas y establecimientos. ,
PARÁGRAFO: El Departamento de Proteccibn de Alimentos expedirá una reglamentación para establecer el, procedimiento de validación de planes HACCP.
CAPÍTULO IX .‘<~
**Artículo 21.** Todo siitema HACCP será auditado por la Autoridad Sanitaria Competente. Esta auditoría se realizará, como mírkmo. una vez al año o la Autoridad Competente lo estime conveniente. CAPfTULO X DE LAS INFRACCIONES Y MVL TAS ARTíCULO 24: infracción toda contratiención a las disposiciones de este reglamento o a las normas sanitarias establecidas por la Autoridad Sanitaria Competente. Código Sanitario a). Falta leve: 1. Mal manejo del monitoreo 2. Mai manejo de los procesos por parte del personal de In nlnntn~ N” 24,411 Gaceta Oficial, miércoles 17 de octubre de 2001 55 3. Equipo y utensilios con algunas deficiencias visibles. 4. Limpieza deficiente del sector de la planta que no está directamente an’ contacto, con los alimentos. 5. Error involuntario en la información suministrada dtrrante,la verificación oficial., 6. Cualquier otra falla que, por su naturaleza, afecte indirectamente al alimento. . ! PARA’GRAFO: la Autoridad Sanitaria Competente detecte alguna <a leve cnllfecciorlará un acta de cqmpromiso, como una amonestación. 2::. .. ...U/.’ .IJ .~..~ 6). Faltagrave: 1. Comisión de tres o más faltas leves durante la verifcación. 2. PC que rt¿~esté bajo control, o los, controles no sean los adecuados. 3. Pw@&n&,ti&~~&~& &JQ materia prikw. 4. Pérdida de eficiencia en el equipo que signifìque peligro directo al alimento. 5. h@acción de una reglamentación sanitaria dentro de la planta o el incumplimiento de ella. 6 IrlcumpliwlieFrtq de la empresa, después de 3 actas de compromiso. 7. Ciralquiet otra que -por su naturaleza Fafecte directamente al alimento. PARA’GRAFO: La Autoridad Sanitaria Competente dejará constancia por escrito a /a empresa de las infracciones y fattas ,graves, la cual tendrá un plt~:o (íí>~‘rt(r~~~rltnj’ ocho boros par hacer sus rkwargos ante la Autoridad Srurilclri(r (òlrll~c~fciltc: si eslos 110 ix~ulIos~vr ~~iikricros, se aplicará lo lli.S/~iW.Sl»1’1114fIr~tílWl0 2.24, ~lrr~~~cro~ 3, fic/ Código Sfrrlilario. 1. No ~OIII~I’ con los prersequisitos SSOP ~8 GMP por íwrito o COU1111 Plarl HACCP.’ .‘~ “,’ 2. ,No cumplir con los prerrequisitos SSOP v CMP o con el Ph HACCP. 3. Clwlrio, en los artcílisis de laboratorio oJìciales, se delccte 56 Baueta CMlalalJntlbolw 17:& OctubN da 2001 Na 24,411 .; ARTiCULOZS: Las rnultn~ impuestas por la Autoridad Sanitaria ~Co~iJpeleatcse pagarcín en las respectivas oflcinas de la Autoridad Sanitaria Competente por medio de WI documento especial que espec$que el monto y motivo de la sa,nción. EI dinero recaudado en concepto de multas sO10 podni ser hlizado en ios programas que realiza el ‘Departhenio de Protección de Alimentos del Ministerio de Salud. ARThJLO 26: Las multas serán impuestas tal como lo establece el
Sanitario 0 cualquier otra ley que se promulgue al respecto.
Capítulo IV, arh-ulos 224 y 226 del Código
**Artículo 27.** Los reclamos y reconsideraciones de las sanciones, se trawmitirán de acuerdo al Capítulo V, , 228; 229 y 230 del Código Sanitario o cualquier 00-a ley que se promulgue al respecto. Ch%? SEGUNDO: EskDecreto deroga el Decreto Ejecutivo 65 de 9 de junio de 1997 y cualquier otra disposición sobre lamateria que le sea contraria. N”24,411 Gaceta Oficial, miércoles 17 de octubre de 2001 57 ‘~.. ARï‘iCULO TERCERO: El presett~e Decreto empezará a regir a. pat?it desde su protm&aciótt. I COMUIV~~QUESE Y PlJBLíQUESE. Dado en ta ciudad de PanamA, a los diez Olas del mes de ottubre de dos mil upo (2001). . MIREYA MOSCOS0 I DR. FERNANDO GRACIA GARCIA Presidenta de la Rqpûbllca Mlnisiro de Salud SUPERINTENDENCIA DE SANCOS RESUELTO Ng 017-2001 (De 5 de septiembre de 2001) \ LASUBEBINTE:NDENTE DE BANCOS en uso de sus‘kqltades fegales; y’ 4 CONSIDERANDO: Que mcdiantc Resuelto No. 10 de 24 de julio dc 2001 se creo olaSecretaría de . Dcs.pacho y,se establecen sus funciencs. ~. .-~ .~ Que, de conformidad con el del Decreto-Ley Y de 26 de febrero de 1998, el (la) Superintendente tiene a su cargo la administración y el manejo de tas gestiones diarias de la Superintendencia; Que, de conformidad con lo dispuesto en el del Articulo 17 del Decreto-,~se atribuye al Superintendente -entre otras facultades- nombrar a los funcionarios de la Superintendencia. Que mediante Resucito No. Il dc 24 dc julio de 2001, se asignan las litnciones de Secretario de Despacho al Licenciado Carlos Mata. Que cl Licenciado Mata será trasladado a la Direccion de Asuntos y Proyectos Internacionales a partir del i 0 de septiembre de 2001. RESUELVE: AKTkULO UNICO: Dejase sin electo el Resuelto No. Il de 24 de junio de 2001, y asígnese al Licenciado Roberto De Araujo López, Asesor Legal de la Dirección Jurídica, las funciones inherentes al cargo de Secretario de Despacho. Fundamento de Derecho: Decreto-, de ‘,, 3 I de julio de 2000.
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