"POR EL CUAL SE DECLARA EL PARQUE NACIONAL SANTA FE, EN EL DISTRITO DE SANTA FE, PROVINCIA DE VERAGUAS".
**Artículo 114.** , de .la Constitución Política’de Panama establece que “Es deber fund&kwtal del Estado garantizar qwla’~población viva en un ambiente sano y libre de contaminación, ei1 donde el aire?, ti1 agua y los alimentos satisfagan 10s requeriinkntos del desarrollo adecuado de la vida humana.~” Que ,en,atencidn a lo preceptuado en la Constitución de la República, es de interés nacional la a,dministrac@n, conservación y protecci0n de 10srkcursos naturales, y el~ambiente, tomando siempre en,cuenta que existtin,$reas en el país sobtksalientes, sensibles yode una connotada importaticia que deben ser amparadas por normas legales, para la: conservación DDE la ~diversidad biológica y mantener el equilibrio ecológico para el beneficio común nacional de las presentes y futuras’ generaciones. Que en virtud de análisis y estudios; socioeconómicos, culturales, históricos, físi,co ambiental’ de Iti flora y fauna, y de los recursos hid’kicos, sen ‘~ comprueba que en el área detWminad& de 72,636 hectáreas, ubicaba ,en Santa efe, provincia de Veraguas, existen características ecológicas ‘y biológicas ’ sensibles y de grao valor que requieren ser protegidas y conservadas. Que IOs afluentes y ríos, San ,Pablo, Santa María, San Pedro~,Tabasara, Quebko, Caté,~Belén, Calovébora y Concepción; del área ,de Santa ,Fe, poseen un valor extraordinario, tanto para la provincia de Veraguas, como para todö el territorio de la República de Panamá. 72 ,‘, Gacek Cjficial, viernes 28 de diciembre de 2001 N” 24,460 Que la Ley No 41 del 1 de julios de 1998, Titulo VI, Capi~tulo 11,Artículo 66, “Crea el Sistema Nacional de Areas Protegidas, ident$cado con las siglas del SINAP conformados por todas las áYeas protegidas ~~legalmente kstablecidas, o que se establezcan por leyes, decretos, res$uciones o acuerdos municipales “, proporcionan ampliamente el asidero juridico para crear áreas,protegidas. Que~ la Resolución JD-N”09-94, de 29 de jumo de ,1994, define, en su Artículo Tercero, la categoríasde, manejo Parque Nacional, como un área terrestre o acuatica relativamente grandes~ (más de mil hectáreas), que contiene muestras ~representativassobresalientes DDElas principales regiones, rasgos o ~escenarios de importancia nacional e internacional, donde las., especies de plantas y animales, sitios geográficos y hábitats son de especial interés científico, ~educativo y recreativo. Contienen unos o varios ~~ ecosistemas completos que no han sido materialmente alterados :por loa explotación y ocupacion humana. DECR ET A:~ PWMERO: Declárese ,Parque Nacional Santa Fe, el área ubicada dentro ‘de 10s~siguientes límites que inician en la confluencia de los, brazos principales de la Quebrada Las Trancas, engloba el Cerro Tute y se dirige al Oeste, cruzando~~loscursos altos de los Ríos Cuay e ~‘Hi,guíy la quebrada Faracha; desde donde sigue hacia el Norte, hasta alcanzar el hmite provincial entre ,Veraguas, yoBocas del Toro. Se sigue el límite provincial hasta la desembocadura del, Río ,Cacique en el Río Calovébora, desde donde se/dirige hacia el Norte siguiendo algunos filos y quebradas entre la quebrada Piedra de Moler, Cerro Redondo, ~Quebrada Larga coy los Ríos Caloveborita, Guazarito y el Ají, hasta llegar al Río Guázaro. Desde este Río osestgue hacia el Este por los ,Ríos Guazarito, Santiago, Concepción, Veraguas y Guabal, hasta llegar al Río Belén, en gelLímite con la provincia de~Colón,,el cual se sigue hasta encontrar el punto.donde se encuentran los límites de las provincias de Veraguas, Colón y Co&. A partkde alli se continúa por el límite con la: provincia de Coclé hasta, la cabecera de la Quebrada Burral, desde donde se dirige, al este uniendo Cerro Burral, 10s~Rios San Antonio, Gatú y San Miguel, Cerro Los Puercos, Río Guayabito,,Cerro La Anselma, y los Ríos Narices y ‘Bermejito, hasta llegar al Rio Mulabá. En el Rio Mulabá se,sigue hacia el Sur por el primer brazo del Mulabá, cruzando la carretera Santa Fe ,: El Guabak y s,iguiendo por el filo~paralelo al camino Alto de Piedra al poblado de Tute hasta encontrar el punto de brazos principales de la Quebrada Las Trancas. El Polígono descrito,,~encierra aprbximmadamentede 72,636 hectáreas de ~~ ,~~ superficie y fraguas nacional&. Esios serán objeto de una dkscripcióri geográfka más acordescon los rtiquerimientos técnicos n&&xios, pari ,la ~.~~,’ descripcihn del lqvantamknto del Parque Nacional Santa Fe. ‘~ ~~ :~‘SEGtiNDb Declárese ‘inadjtidicables e inhabitables las tierras c~omprCn$dasdentro, de los límites establecidos del Parqtie Nacional Sant~a Fe, incluidos en el Artículõ anterior, ,, TERC~EkO: :, El Parque NaciotiaJ~que se crea mediante’~este~Decreta ‘, ., Ejecutivo se denpminar$Parque Nacional SantasFe y tiene~,los siguientes objetivos~: -\- a) ~Preservar el bosque natural para la productiión de agua en calidad y cantidad,, abasteciendo a las comunidtides con fines doniésticos~e industrial. ,~, b) Gkervar muestras ecológicas de cuatro(4) .dk las principales zonas DDEvida: ,del país: bosque mtiy húmedo premontano, bosque pluvial premontano, : bosque pluvial montano bajo y ‘eI bosque ,muy húmedo montáno bajo. C)~ Proteger y maneja<& forma racion3i e integral~los ‘recursos naturales y culiukles deleárea$rotegida quë se mencionan y a las áreas~adyacentesde acti+io cqn los prikipios del desarrollo sostenible. d) ,Proporciofiar oportunidades de investigación, ,educacibn, recreación .y tur,ism& CUARTO: I..& terrenos incluidos detkro~ de los limiks y,:sus recursos: ílora. fatina, suelo, agua,’otros, kstablecidos en el Parque Nacional Santa Fe, estargn bajo olaadministración,, cokrql, vigilancia y manejo de la Autoridad Nacional del Ambiente. \ ~~ QUl&Q: Queda piohibid%la, tala de árboles, las~quem& pastoreos, caza, ,‘~ ,~ ,~~l _..~ ,minería, destru&ió$ exp~lotación, posesión uy adjudicación de tierras Y DDE:, cualquier otra ~&ividad ~:realizada, que no rmínan, c«ndiciones ~~soïtCnïb¡~es ~’ dentro del Parque Nacional Santa Fe, sin la autorizaci6n~y~superv’isi(,n previa dcla,Auforidad Nacionai,del Ambiente. ~’SEXTO: ,La Autorid~ad~Naci6nal del Ambientes impondrá sancio!ieS a loc ‘que ~infrinjan~ellapres&te ~Decreto Ejecutivo. fundamentado en ‘&xistentes de ~dicha~[nsti~tu&n( sinl perjuicios de las sanciones q la Ley~,pue&n imponer otrosenteS u Organos del Estado. 74 Gaceta Oficial, viernes 2X de dirienhre de 2001 N” 24,460 SÉPTIMO: Las donaciones efectuadas por personas naturales o juridicas para’ los fines específicos del manejo, protección y desarrollo del Parque Nacional Santa Fe, serán deducibles del ‘impuesto sobre la renta, según 10 establecido en las normas del Código Fiscal. OCTAVO: El Ministerio de~Economía y Finanzas (MEF) establecerá tin renglón presupuestario para la protección y manejo efectivo del Parque Nacional Santa Fe. NOVENO: El presente Decreto Ejecutivo entrará a regir a partir de la fecha de su promulgación en’la Gaceta Oficial. Fundamento Legal: Constitución~ de la República de Panamá, Ley N” 41 ,de 1 de julio de 1998’, Ley No 1 de 3 de febrero de 1994, Ley N” 24 de 7 de junio de 1995 y Resolución J.D. 09-94,29 de junio de 1994.
MIREYA MOSCOS0 NORBERTO R. DELGADO DURAN Presidenta de la República Ministro’de Econòmia y Finanzas
MINISTERIO DE COMERCIO E INDUSTRIAS CONTRATO N9 213 (De 19 de novlembre de 2091)
Entre los suscritos,~ JOAQUIN E. JACOME DIEZ, varón, : panameño, mayor de edad, con cédula de identidad personal NoS-247-3 17, Ministro de Comercio e Industrias, en nombre y representación ,del Estado,, ,por una parte y por la otra, .FERNANDO ALBERTO LUCIANI FONT, varón, panameño, mayor de edad, con cédula de identidad’personal N”8-365-803, en calidad de Presidente y Representante Legal de la empresa ARENAS Y CONSTRUCCIONES, S.A., inscrita en el Registro Público a la Ficha !341437, Rollo 58332, Imagen 601de la Sección de Micropelículas (Mercantil), quien, en adelante se denominari~ LA ‘CONCESIONARIA, se celebra el siguiente Contrato de conformidad con el Código de Recursos Mine,rales aprobado por el Decreto Ley No23 de 22 de agosto de 1963, modificado por el Decreto de Gabinete ,N”264~de ‘21 de agosto de 1969, Ley 89 de 4 de octubre